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CAR - Acuerdo 31 de 2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca

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Detalles

Título
CAR - Acuerdo 31 de 2024
Autor
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2024

Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 31 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR En uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en la Ley 99 de 1993, y en el articulo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción Cuatrienal - PAC 2024 -2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 201 O y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación.

es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación establece: ''Artículo 37. VIGENCIAS FUTURAS. Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de /as vigencias autorizadas. (. .. ) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante /as correspondientes vigencias". Que la Corporación, en el marco del proyecto 06 denominado "Ecosistemas de importancia ambiental e instrumentos de gestión para la conservación ambiental", perteneciente al programa 3202 "Conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2024-2027, adelantará un proceso contractual cuyo objeto es "Construcción y mantenimiento de infraestructuras y elementos

programa 3202 "Conservación de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2024-2027, adelantará un proceso contractual cuyo objeto es "Construcción y mantenimiento de infraestructuras y elementos complementarios del parque lineal del río Bogotá y su respectiva interventoría técnica, $,)fi@.)$.)@.@.) co,1,..¡¡; C,11¡¡.'W,l =""""" C!:.."(W,6:,fi oo¡,_¡,:,¡;,;,:,; ·:C.:,,fi.sl Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 6249 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co

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fiCorporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 31 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. administrativa, financiera, jurídica y contable", con una proyección de 9 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2024. Que el Fondo para las Inversiones Ambientales en la Cuenca del Río Bogotá - FIAB, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizo el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de la

amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizo el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de la vigencia 2025, por valor total del proyecto de $6,682,435,706. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2024 2025 TOTAL 935,825,288 5,746,610,418 6,682,435,706 Que con fundamento en lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 24 de agosto de 2024 la Dirección Administrativa y Financiera expidió los certificados de disponibilidad presupuesta! No. 24603653 y No. 24603654, para certificar la existencia de los recursos que se van a comprometer con cargo al presupuesto de la vigencia 2024. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 26 de agosto de 2024, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera

Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fue remitido por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera expedido el 29 de agosto de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que la contratación prevista en el presente acuerdo compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de la vigencia futura 2025, por lo que en atención a la justificación dada por el área correspondiente el director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico, financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. fifi@)@.)@@.) C01fiffi'e fi °""""""" """""""'' fi-,,,,..-"""> Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 2 de 4

Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 2 de 4 ' ,. _.,.,. .• l' ., Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 31 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de la vigencia fiscal futura 2025, por la suma de $5,746,610,418, según el detalle que se presenta a continuación:

PROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA

2025 Proyecto 06 - Construcción y mantenimiento de "Ecosistemas de importancia infraestructuras y elementos Rendimientos ambiental e complementarios del parque FinancierosPROYECTO CONCEPTO DE LA VIGENCIA FUENTE VIGENCIA 2025 Proyecto 06 - Construcción y mantenimiento de "Ecosistemas de importancia infraestructuras y elementos Rendimientos ambiental e complementarios del parque Financierosinstrumentos de lineal del río Bogotá y su Recursos $5,746,610,418 gestión para la respectiva interventoría técnica, FIAB conservación administrativa, financiera, jurídica ambiental" y contable

TOTAL $5,746,610,418

ARTÍCULO SEGUNDO: La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo primero del presente acuerdo, deberá incluir en el respectivo proyecto de presupuesto de la vigencia 2025 las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente.

ARTÍCULO TERCERO: Las vigencias futuras autorizadas en el artículo primero del presente acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación.

ARTÍCULO CUARTO: La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!.

Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. @.)(iil@.(i¿)fifi C01MW: COIBCO:,l<G:W, CU.'<>'lQ.<"1 CO>-- "°"''.C3t1 Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co

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VCorporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia

ACUERDO No. 31 DEL 4 DE SEPTIEMBRE DE 2024

Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión.

ARTÍCULO QUINTO: El presente acuerdo rige a partir de su fecha de publicación en el

Diario Oficial. Dado en Bogotá, D. C., a los cuatro (4) días del mes de septiembre de 2024.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

O GUTIÉRREZ SANABRIA

Presidente del Consejo Directivo - ..:-_-_-_ - -

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FREDDY GUSTA\ ORJUELA HEfiNfi Secretario del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente Acuerdo: 1-Solicitud 2-Justificación 3-CDP-24603653 4-CDP-24603654

FREDDY GUSTA\ ORJUELA HEfiNfi Secretario del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente Acuerdo: 1-Solicitud 2-Justificación 3-CDP-24603653 4-CDP-24603654 5-Concepto-OAP 6-Viabilidad-DAF Elaboró: Jair Steven Turriago Moreno - Contratista DAF Presupuesto fi LJl()(/'­

Revisó: Nelson Antonio Martinez Ariza - Profesional Especializado Presupuestru Revisó: Gabriel Alejandro Alvarez Sierra - Director Administrativo y Financier .9 1 t.o/um'rfi'J'l "'i\ Revisó: Nelson Hemán López Romero -Jefe Oficina Asesora de Planeaciót;t'.-,j,t1.:.:; >·:, Revisó Erick Johany Galeano Basa be - Contratista SGEN fi --- - fi(G)@.lfi@Jfi ro,fi¡,; fi01915'1 CCZI.-) fi"'1 COTM<I»' -=>=

Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11VERSIÓN527-08-2024 Página4 de 4 ... "\ . ..--: ...

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