CAR - Acuerdo 84 de 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CAR - Acuerdo 84 de 2024
- Autor
- Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- 2024
CUNCHNAMARCA
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DE CUNDINAMARCA - CAR, en uso de sus facultades legales y estatutarias, especialmente las contenidas en el literal I del artículo 27 Ley 99 de 1993, y en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación y demás normas que reglamentan la materia, y CONSIDERANDO Que el Consejo Directivo en sesión extraordinaria realizada el 31 de mayo de 2024, mediante Acuerdo No. 09 de la misma fecha, aprobó el Plan de Acción CuatrienalPAC 2024 - 2027, instrumento en el cual, a través de su componente Plan Financiero, se definen los proyectos y programas, indicando los ingresos y gastos de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión, con una proyección a cuatro (4) años. Que el Estatuto Presupuesta! de la entidad, aprobado por el Consejo Directivo mediante el Acuerdo No. 06 del 07 de abril de 201 O y modificado mediante los Acuerdos No. 01 del 22 de enero de 2013, No. 35 del 21 de noviembre de 2017 y No. 02 del 27 de enero de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos
de 2021, es el instrumento con el cual se regula lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución y control del presupuesto, financiado con recursos propios de la Corporación. Que el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la Corporación, en relación con la figura de vigencias futuras establece que "(. . .) Cuando se requiera celebrar compromisos que trasciendan la vigencia fiscal en curso, se deberá obtener la autorización para comprometer vigencias futuras, así: a) Tratándose de Gastos de Inversión, el Consejo Directivo de la Corporación autorizará la asunción de estos compromisos cuando su ejecución se inicie con presupuesto de la vigencia en curso y el objeto del compromiso se lleve a cabo durante la vigencia en curso y en cada una de /as vigencias autorizadas. (. . .) Para la aprobación de vigencias futuras se debe contar con la respectiva justificación económica y el certificado de disponibilidad presupuesta/ de los recursos que se van a comprometer durante la vigencia en curso. Adicionalmente, con el concepto de la Oficina Asesora de Planeación de la Corporación, cuando se trate de proyectos de inversión, basado en la justificación técnica de la oficina responsable de la ejecución del proyecto. Igualmente, deberá expedirse la respectiva viabilidad financiera o de disponibilidad de recursos durante las correspondientes vigencias". Que el Consejo Directivo de la Corporación, mediante el Acuerdo No. 56 del 13 de septiembre de 2024 autorizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales futuras 2025, 2026 y 2027 por la suma de
septiembre de 2024 autorizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales futuras 2025, 2026 y 2027 por la suma de $8.000.000.000, para realizar un proceso contractual cuyo objeto es "Aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros entre la CAR y una Institución de Educación Superior /ES, para implementar estrategias de educación ambiental y participaciónct' C020!%2403 Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.gov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 1 de 5CUNDlNAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR, Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. ciudadana en los sectores productivos y las comunidades ubicadas en los municipios que hacen parte de cuenca del Río Bogotá". Que la Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al Ciudadano - DCASC, manifiesta que conforme a la actual crisis derivada del desabastecimiento del recurso hídrico en el territorio de la Corporación, se considera necesario incorporar en el marco del proyecto acciones relacionadas con la innovación a través de la gobernanza, el conocimiento, la
que conforme a la actual crisis derivada del desabastecimiento del recurso hídrico en el territorio de la Corporación, se considera necesario incorporar en el marco del proyecto acciones relacionadas con la innovación a través de la gobernanza, el conocimiento, la implementación de proyectos con enfoque en ahorro y uso eficiente del agua, el seguimiento y monitoreo a partir de participación empresarial y comunitaria en los municipios y sectores productivos priorizados en la Cuenca del Río Bogotá, con el fin de aportar a la mitigación de los impactos asociados con el cambio climático a través de la resiliencia y la adaptación. Para ello, se tiene previsto incluir en el marco del proyecto, la implementación de metodologías asociadas con el uso eficiente del agua a través del cálculo del Índice de Seguridad Hídrica Empresarial, el Índice de Circularidad, el desarrollo de -modelos de negocios circulares, la implementación de proyectos de simbiosis industrial para el flujo de agua, entre otros, como mecanismos que contribuyen a la toma de decisiones, la gobernanza alrededor del agua y la seguridad hídrica del territorio. Que dadas las nuevas especificaciones técnicas del proyecto, este resulta de interés no solamente para Instituciones de Educación Superior IES, sino también para otro tipo de entidades que cuentan con el conocimiento y la experiencia en el desarrollo y ejecución de esta clase de proyectos. Que de conformidad con los nuevos aspectos técnicos del proyecto y teniendo en cuenta que el concepto de la vigencia del citado Acuerdo, establece dentro de su objeto las partes del vínculo contractual, es necesario obtener la autorización para comprometer vigencias futuras con un concepto diferente al establecido en este acto administrativo, por lo que la Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al Ciudadanolas partes del vínculo contractual, es necesario obtener la autorización para comprometer vigencias futuras con un concepto diferente al establecido en este acto administrativo, por lo que la Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al CiudadanoDCA SC, considera que es necesario derogar el Acuerdo No. 56 del 13 de septiembre de 2024. Que de acuerdo con lo anterior, la Corporación, en el marco del proyecto 17. "Entornos sostenibles para la Cultura Ambiental, Educación, Participación y Servicio al Ciudadano", perteneciente al Programa "3208 - EDUCACIÓN AMBIENTAL", contemplado en el Plan de Acción Institucional - PAC 2024-2027, adelantará un proceso contractual cuyo objeto es "Implementar estrategias de economía circular, con un enfoque de innovación y apropiación del conocimiento, a través de la articulación de actores, la educación, la cultura ambiental, la participación empresarial y comunitaria en los municipios y sectores productivos priorizados en la Cuenca del Río Bogotá", con una proyección de 36 meses, contados a partir del mes de noviembre de 2024. Que la Dirección de Cultura Ambiental y Servicio al Ciudadano - DCASC, para amparar el proceso al que se refiere el considerando anterior, realizó el trámite administrativo interno presentando los correspondientes documentos de justificación técnica y económica para el cálculo de los recursos, tanto de la vigencia 2024 como de la vigencia 2025, 2026 y 2027, por valor total del proyecto de $9,000,000,000. El memorando de solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co
solicitud de autorización del cupo de la vigencia futura y los documentos de soporte, Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página2 de 5CUNDlNAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. forman parte integral del presente acuerdo y en ellos se sustentan los valores a comprometer, de conformidad con el siguiente detalle: 2024 2025 2026 2027 Total 1,000,000,000 5,000,000,000 2,000,000,000 1,000,000,000 9,000,000,000 Que con fundamento en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, la Dirección Administrativa y Financiera expidió el certificado de disponibilidad presupuesta! No. 24604 720 del 24 de octubre de 2024, mediante el cual se hace constar que en el presupuesto de la vigencia 2024, existen recursos para amparar los compromisos que se van a ejecutar con cargo a la vigencia actual, por un valor de $1,000,000,000 entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 24 de
$1,000,000,000 entendiendo que el trámite corresponde a una vigencia futura ordinaria. Que de conformidad con el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad, el 24 de octubre de 2024, la Oficina Asesora de Planeación con fundamento en la justificación técnica y económica y sus respectivos anexos, expidió el concepto previo favorable para el trámite de autorización de vigencias futuras en lo correspondiente a los gastos de inversión, documento que forma parte integral del presente acuerdo. Que la justificación técnica y económica y el concepto previo favorable, emitido por la Oficina Asesora de Planeación, para comprometer los recursos a los que se refiere el presente acuerdo, fueron remitidos por la dependencia ejecutora del presupuesto de inversión a la Dirección Administrativa y Financiera, quien emitió certificado de viabilidad financiera para las vigencias 2025, 2026 y 2027 expedido el 26 de octubre de 2024, documentos que forman parte integral de este. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 37 del Estatuto Presupuesta! de la entidad y teniendo en cuenta que el proceso contractual compromete recursos del presupuesto de gastos de inversión de las vigencias futuras 2025, 2026 y 2027 por lo que, en atención a la justificación dada por el área correspondiente, el Director de la Corporación solicita la autorización del Consejo Directivo para comprometer dichos recursos. Que el Consejo Directivo encuentra viable el uso de la figura presupuesta! de vigencias futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico
futuras presentadas a consideración por la administración, de conformidad con los documentos remitidos y aplicando la presunción de buena fe, bajo el entendido que los soportes financieros y técnicos se encuentran ajustados al ordenamiento jurídico vigente, considerando que el Consejo Directivo no coadministra y que la responsabilidad de la adecuada y oportuna ejecución de los diferentes proyectos es competencia de la administración de la entidad, así como el cumplimiento de los requisitos del orden técnico, jurídico, financiero establecidos en la norma, previo a la contratación de los mismos. Que el Consejo Directivo al aprobar la autorización para comprometer vigencias futuras, no asume responsabilidad alguna en relación con la planeación y ejecución contractual y exhorta a la administración a determinar la modalidad de contratación con apego a fi
SGS C02()f9!>2403
Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 3 de 5 iOCUND!NAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR· Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia.
presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. los principios de selección objetiva y transparencia regulados por la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007 y demás normas que reglamentan la materia. Que, en mérito de lo expuesto, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO. Autorizar al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales 2025, 2026 y 2027, por la suma de $8,000,000,000, según el detalle que se presenta a continuación: TIPO DE CONCEPTO DE FUENTE VIGENCIA VIGENCIA VIGENCIA TOTAL GASTO LA VIGENCIA 2025 2026 2027 "IMPLEMENTAR 80 R.BESTRATEGIAS DE RENDIMIENT ECONOMÍA os CIRCULAR, CON UN FINANCIEROS 4,000,000,0 o o 4,000,000,0
ENFOQUE DE - RECURSOS 00 00
INNOVACIÓN Y FIABPROYECTO APROPIACIÓN DEL RECURSOS
17. CONOCIMIENTO, A DEL BALANCE ENTORNOS TRAVÉS DE LA 30SOSTENIBLE ARTICULACIÓN DE RENDIMIENT S PARA ACTORES, LA os 1,000,000,0 1,000,000,0 2,000,000,0
LA CULTURA FINANCIEROS 00 o 00 EDUCACIÓN, LA 00
AMBIENTAL, CULTURA RECURSOS
EDUCACIÓN, AMBIENTAL, LA FIAB
PARTICIPACI
ÓN Y PARTICIPACIÓN
SERVICIO AL EMPRESARIAL Y
CIUDADANO COMUNITARIA EN 2350%
AMBIENTAL, CULTURA RECURSOS
EDUCACIÓN, AMBIENTAL, LA FIAB
PARTICIPACI
ÓN Y PARTICIPACIÓN
SERVICIO AL EMPRESARIAL Y
CIUDADANO COMUNITARIA EN 2350%
LOS MUNICIPIOS Y PORCENTAJE SECTORES AMBIENTAL o 2,000,000,0 o 2,000,000,0
PRODUCTIVOS DISTRITO 00 00
PRIORIZADOS EN LA CAPITAL FIAB
CUENCA DEL RÍO BOGOTÁ", TOTAL 5,000,000,0 2,000,000,0 1,000,000,0 8,000,000,0 00 00 00 00
ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración de la Corporación, una vez comprometidos los recursos a los que se refiere el artículo segundo del presente Acuerdo, deberá incluir en los respectivos proyectos de presupuesto de las vigencias 2025, 2026 y 2027, las partidas necesarias para cumplir con los compromisos adquiridos, y realizar los ajustes presupuestales necesarios de conformidad con la normatividad vigente. ARTÍCULO TERCERO. Las vigencias futuras autorizadas en el artículo segundo del presente Acuerdo, no utilizadas a 31 de diciembre de 2024, caducan de conformidad Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-1 1 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 4 de 5CUNDINAMARCA Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca CAR Consejo Directivo República de Colombia
ACUERDO No. 84 DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2024
Por el cual se autoriza al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto, correspondientes a gastos de inversión y se dictan otras disposiciones. con lo establecido en el artículo segundo del Acuerdo No. 02 de 2021, que modificó el Estatuto Presupuesta! de la Corporación. ARTÍCULO CUARTO. La Dirección General debe presentar al Consejo Directivo un informe semestral relacionado con la ejecución de los recursos sobre los cuales versan las autorizaciones otorgadas en el presente Acuerdo. Así mismo, en los informes financieros presentados al Consejo Directivo, a futuro se deberán discriminar las inversiones y el avance de los proyectos ejecutados haciendo uso de la figura de vigencias futuras, a efecto de poder realizar un seguimiento adecuado al uso de esta herramienta presupuesta!. ARTÍCULO QUINTO. Derogar el Acuerdo No. 56 del 13 de septiembre de 2024, mediante el cual se autorizó al Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca - CAR, para comprometer vigencias futuras ordinarias que afecten el presupuesto de las vigencias fiscales futuras 2025, 2026 y 2027 por la suma de $8. 000. 000. 000. ARTÍCULO SEXTO. El presente Acuerdo rige a partir de su fecha de publica Diario Oficial. fi Dado en Bogotá, D. C., al primer \día del mes de noviembr
PUBLÍQUESE Y CÚMP ASE
uu ERIKA ELIZABETH SABOGAL CASTR
Diario Oficial. fi Dado en Bogotá, D. C., al primer \día del mes de noviembr
PUBLÍQUESE Y CÚMP ASE
uu ERIKA ELIZABETH SABOGAL CASTR Presidente del Consejo Directivo Los siguientes documentos, hacen parte del presente acuerdo: 1-Sol icitud 2-Justificación 3-CDP-24604720 4-Concepto-OAP 5-Viabilidad-DAF
Elaboró: Dianna Daney Sáenz Soto - Contratista DAF PresupuestJg.
Revisó: Hernando Benavides - Profesional Especializado Presupuesto fi Revisó: Gabriel Alejandro Álvarez Sierra - Director Adminis.trativo y Finan • ro l!. fi ;rh/lJÍWfiA.,)"';> Revisó: Yenny Marcela Chaparro Rodríguez - Jefe Oficina Asesora de PI neación ) • fi Re,;só ec;,k Johaoy Galeaco Basabe - Coo1ra1;s1a SGEN fi
Bogotá, D. C. Avenida La Esperanza No. 62-49 www.car.gov.co Conmutador 5801111. Email sau@car.qov.co GJU-PR-03-FR-11 VERSIÓN 5 27-08-2024 Página 5 de 5