CNE - Resolución 15958 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 15958 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 15958 de 2023 (29 de noviembre)
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con respecto la solicit ud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño , presentada por Alexander López Maya, Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG2023-034733.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 5 de la Ley 130 de 1994, el inciso 3 del artículo 35 de la Ley 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. Mediante oficio radicado bajo el número CNE-E-DG-2023-034733 del 15 de septiembre de 2023, el señor Alexander López Maya , Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo, desde el correo electrónico presidencia@polodemocratico.net remitió solicitud en los siguientes términos:
“El motivo del presente desistimiento radica en que por errores de apreciación de los técnicos de la coalición Pacto Histórico realizaron la inscripción como si el partido Polo Democratizo Alternativo participara en esta coalición para la corporación alcaldía en el municipio de La Unión, Nariño”.
1.2. Mediante Acta de reparto Nº 094 del 20 de octubre de 2023 el asunto fue repartido al
Democratizo Alternativo participara en esta coalición para la corporación alcaldía en el municipio de La Unión, Nariño”.
1.2. Mediante Acta de reparto Nº 094 del 20 de octubre de 2023 el asunto fue repartido al despacho de la Honorable Magistrada Maritza Martínez Aristizábal.
1.3. El despacho sustanciador de manera oficiosa consultó el aplicativo “ Inscripción de candidatos 2023” de la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el c ual se pudo constatar el registro de formularios E -6 AL y E -8 AL en los que reposa la inscripción de la ciudadana Paola Jimena Fernández López, identificada con cédula de ciudadanía Nº 31.578.526 como candidata avalada por la coalición política denominada Pacto Histórico a la Alcaldía del municipio de La Unión, Nariño, para los comicios de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, así como también los documentos anexos con el acto de inscripción.Resolución No. 15958 de 2023 Página 2 de 7
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con r especto la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexand er López Maya, Presidente del Partido Político Polo De mocrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
2. ACERVO PROBATORIO
Con la solicitud del acuerdo de Adhesión, se acompañaron los siguientes documentos:
2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
2. ACERVO PROBATORIO
Con la solicitud del acuerdo de Adhesión, se acompañaron los siguientes documentos:
2.1. Formulario E-6 AL en el cual inscriben como candidat a a la Alcaldía de La Unión, Nariño de la ciudadana Paola Jimena Fernández López.
2.2. Aval para aspirar a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño, expedido por el Secretario General de Colombia Humana en favor de la ciudadana Paola Jimena Fernández López.
2.3. Coaval para aspirar a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño, expedido por las siguientes agrupaciones políticas: (i) Colombia Humana, (ii) Polo Democrático Alternativo, (iii) Unión Patriótica UP, (i v) Partido Comunes, (v) Partido del Trabajo de Colombia, (v i) Partido Esperanza Democrática, (vii) Partido Comunista Colombiano, (vi ii) Todos Somos Colombia y el Movimiento Alternativo Indigena y Social “MAIS”.
2.4. Formulario E-8 AL en el cual se evidencia como candidata definitiva a la Alcaldía de La Unión, Nariño, a la ciudadana Paola Jimena Fernández López.
3. CONSIDERACIONES
3.1. Problema jurídico
Corresponde a esta Sala resolver si procede el desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, solicitado por Alexander López Maya, Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023.
La Unión, Nariño, solicitado por Alexander López Maya, Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023.
3.2. Competencia del Consejo Nacional Electoral
En los términos del numeral 6º del art ículo 265 de la Carta Política, le corresponde al Consejo Nacional Elect oral velar por el cumplimiento de las normas sobre partidos y movimientos políticos, incluso ejer cer el control y seguimiento de los acuerdos político y electorales que hacen los Partidos y Movimientos Política con fines a presentar candidaturas a cargos uninominales o corporaciones públicas en coalición, en los términos de la Ley 1475 de 2015.Resolución No. 15958 de 2023 Página 3 de 7
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con r especto la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexand er López Maya, Presidente del Partido Político Polo De mocrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
3.3. Caso concreto
Se reitera que el Consejo Nacional Electoral tiene la función de ejercer el control y seguimiento de los acuerdos político y electorales que ha cen los Partidos y Movimientos Política con fines a presentar candidaturas uninominales o a corporaciones públicas en coalición, tal y como lo establece la Ley 1475 de 2015.
En el caso q ue nos ocupa, encontramos que frente a la coalición política denomin ada Pacto
Política con fines a presentar candidaturas uninominales o a corporaciones públicas en coalición, tal y como lo establece la Ley 1475 de 2015.
En el caso q ue nos ocupa, encontramos que frente a la coalición política denomin ada Pacto Histórico integrada por l as agrupaciones políticas : (i) Colombia Humana, (ii) Polo Democrático Alternativo, (iii) Unión Patriótica UP, (iv) Partido Comunes, (v) Partido del Trabajo de Colombia, (vi) Partido Esperanza Democrática (vii) Partido Com unista Colombiano, (viii) Todos Somos Colombia y el Movimiento Alternativo Indígena y Social “MAIS”, el Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo solicita desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico integrada por que avala la candidatura de la señora Paola Jimena Fernández López a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño.
El 20 de octubre de 2023 fue asignado mediante acta de reparto Nº 094, el presente asunto para conocimiento y trámite al Despacho de la Magistrada Maritza Martínez, no obstante debe advertirse que el lapso comprendido entre el día de asignación del expediente y el 29 de octubre de 2023 día de las elecciones de autoridades territoriales, fue insuficiente para adelantar el trámite adminis trativo correspondiente a desistimiento de coaval y participación en la coalición denominada Pacto Histórico que avaló candidatura a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño.
Debido a que , en una serie de sucesos concatenados, el procedimiento solo resul ta procedente si no se hubiera materializado el sufragio, pero como esto no es así, la
La Unión, Nariño.
Debido a que , en una serie de sucesos concatenados, el procedimiento solo resul ta procedente si no se hubiera materializado el sufragio, pero como esto no es así, la jurisprudencia ha habilitado inhibirse de emitir pronunciamiento pues la relación sustancial que originó la litis ( La solicitud de desistimiento de coaval y participació n en Coalición Pacto Histórico) varió y se tornó inexistente (debido a que ya la Registraduría Nacional del Estado civil efectuó la elección territorial para 2023).
En ese orden, teniendo en cuenta que el procedimiento de desistimiento de coaval y participación en Coalición Pacto Histórico, ante el escenario en el que ya no exista candidato, pues la contienda electoral se llevó a cabo el 29 octubre de 2023 , se advierte que carece de objeto la situación bajo estudio.
Esta figura desarrollada por la jurisprudencia alude lo siguiente:Resolución No. 15958 de 2023 Página 4 de 7
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con r especto la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexand er López Maya, Presidente del Partido Político Polo De mocrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
“La figura denominada “carencia actual de objeto por sustracción de materia”, cuyo desarrollo principal se ha dado al interior de las acciones de origen constitucional – tutela, cumplimiento y popular –, de manera general supone
“La figura denominada “carencia actual de objeto por sustracción de materia”, cuyo desarrollo principal se ha dado al interior de las acciones de origen constitucional – tutela, cumplimiento y popular –, de manera general supone que las diversas situaciones que dieron origen a una demanda desaparecieron durante el trámite del proceso antes de proferirse sentencia de primera o segunda instancia, circunstancia por la cual cualquier decisión que llegase a adoptar el juez sobre la ma teria que se puso en su conocimiento caería en el vacío, esto es, sería inútil” 1.
(…)
“La carencia de objeto por sustracción de materia es concebida como aquella circunstancia en la que las causas que originan los procesos judiciales experimentan modifi caciones o alteraciones –que incluso llevan a su desaparición–, que hacen fútiles las determinaciones que puedan ser adoptadas ante la ausencia de un “thema decidendum” sobre el que puedan recaer”2.
En efecto para este momento, una vez revisado el formul ario E-26 ALC, correspondiente a las elecciones de autoridades territoriales que se llevaron a cabo el día 29 de octubre de 2023, se pudo evidenciar que l a ciudadana Paola Jimena Fernández López , identificada con cédula de ciudadanía No. 31.578.526, no salió electa, tal y como se puede observar en las siguientes imágenes:
1 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, sentencia de 3 de septiembre de 2017, M.P. Carlos Enrique Moreno Rubio, expediente 20001-23-39-000-2016-00591-02.
1 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, sentencia de 3 de septiembre de 2017, M.P. Carlos Enrique Moreno Rubio, expediente 20001-23-39-000-2016-00591-02. 2 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Quinta, sentencia de 19 de mayo de 2022, M.P. Rocío Araújo Oñate, expediente 13001-23-33-000-2020-00529-03.Resolución No. 15958 de 2023 Página 5 de 7
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con r especto la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexand er López
Maya, Presidente del Partido Político Polo De mocrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
frente al desistimiento de coaval y partic ipación en la coalición denominada Pacto Histórico que avaló candidatura a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño de la ciudadana Paola Jimena Fernández López , identificada con cédula de ciudadanía No. 31.578.526. Por lo tanto, esta corporación declarar á la carencia de objeto en el presente caso y ordenará el archivo de la actuación.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: DECLARAR LA CARENCIA DE OBJETO respecto de la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para i nscripciones de candidatos a la Alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexander López Maya, Presidente del Partido Político Polo Democrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023.
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR por intermedio de la Subsecretaría de la Corporación de esta decisión, a la Presidencia del Partido Político Polo Democrático Alternativo al correo electrónico presidencia@polodemocratico.net
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el presente acto administrativo a la Asesoría de Inspección y Vigilancia de esta Corporación, para que conforme a lo regulado en el artículo 70 de la Ley 1437 de 2011 y a la Resolución No. 2599 de 2019 expedida po r el Consejo Nacional Electoral, se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos,
70 de la Ley 1437 de 2011 y a la Resolución No. 2599 de 2019 expedida po r el Consejo Nacional Electoral, se efectúe la correspondiente anotación en el Registro Único de Partidos, Movimiento Políticos y Agrupaciones Políticas . Adicionalmente, publíquese en la página web de la Corporación por el plazo de diez (10) días.
ARTÍCULO CUARTO: NOTIFICAR el presente acto administrativo, por medio de la Subsecretaría, a los partidos políticos que conforman la Adhesión Política a los siguientes
correos electrónicos:
ACTORES CORREOS ELECTRÓNICOS
Paola Jimena Fernández López secretaria@colombiahumana.co pao_lafer11@hotmail.com Partido Político Polo Democrático Alternativo presidencia@polodemocratico.net
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición que deberá ser interpuesto ante esta Corporación dentro de los diez (10) días siguientes a suResolución No. 15958 de 2023 Página 7 de 7
Por la cual se DECLARA LA CARENCIA DE OBJETO con r especto la solicitud de desistimiento de coaval y participación en coalición política Pacto Histórico para inscripciones de candidatos a la alcaldía municipal de La Unión, Nariño, presentada por Alexand er López Maya, Presidente del Partido Político Polo De mocrático Alternativo para las elecciones territoriales que se celebraron el 29 de octubre de 2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 74 y subsiguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
2023, expediente radicado No. CNE-E-DG-2023-034733.
notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 74 y subsiguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ARTÍCULO SEXTO: En firme la presente resolución, archívese el expediente con número de radicación CNE-E-DG-2023-034733.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Riohacha, La Guajira, a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil veintitrés (2023).
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta Magistrada ponente
Aprobado en Sala Plena del 29 de noviembre de 2023
Vo. Bo: Adriana Milena Charari Olmos, Secretaria General
Revisó: Reynel David de la Rosa Saurith
Proyectó: Freddy González B.
Revisó: Juan Felipe Orjuela
Aprobó: María Nelly Martínez