CNE - Resolución 16331 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 16331 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN N° 16331 DE 2023 (13 de diciembre)
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, las leyes 1475 de 2011 y 1437 del mismo año, y con fundamento en los siguientes:
1. ANTECEDENTES
1.1. Mediante oficio CNE-I-2022-007267-FNFPCE-900 de fecha 7 de octubre de 2022, la Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, remitió a la Subsecretaria de la Corporación para someter a reparto la relación de NO presentación de informes de ingresos y gastos de campaña – Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz – Elecciones 2022, en los siguientes términos:
(…)
“En atención a la obligación dispuesta en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en
Elecciones 2022, en los siguientes términos:
(…)
“En atención a la obligación dispuesta en el Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en los Artículos 7° y 8° de la Reso lución No. 5881 de 2021, remitimos un (1) archivo formato Excel la relación de los Candidatos por cada una de las Circunscripciones, que incumplieron con la presentación de los Informes de ingresos y gastos, así:
1. Candidatos que NO presentaron en físico ante el Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales”. (…)Resolución No. 16331 de 2023 Página 2 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
ORGANIZACIÓN /
MOVIMIENTO POLÍTICO CIRCUNSCRIPCIÓN MARCA CANDIDATO NOMBRES Y APELLIDOS
ASOCIACIÓN
AFRODESCENDIENTES DE
NUEVO TAYAFRODENUTAY 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
FRANKLIN EDUARDO DE
LA VEGA GONZALEZ 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
NUEVO TAYAFRODENUTAY 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
FRANKLIN EDUARDO DE
LA VEGA GONZALEZ 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA FERNANDA
ANAYA SEDAN
ASOCIACIÓN DE
CAMPESINOS DEL SUR DE CÓRDOBA - ASCSUCOR 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS ROCIO PINEDA ARRIETA 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS
ARNOBI DE JESUS
ZAPATA MARTINEZ
ASPROPISAT 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS
MARLEYDIS SOTO
TIRADO 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS
LUIS FRANCISCO
DUARTE PASTRANA
FUNAFROPECOR 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA DELCI AMIN
BLANQUICET 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
ISMAEL RODRIGO
CASTELLANOS
GUEVARA
FUNDACIÓN SOLUCIONES
SOCIALES Y EMPRESARIALES - SOCIEM 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
AGUEDA DEL PILAR
QUIÑONEZ RODRIGUEZ 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIO MIGUEL
QUINTERO BUENO
ORGANIZACIÓN DE ÉTNIAS
AFRODESCENDIENTES DE
NUEVO TAY MUNICIPIO DE
TIERRALTA CÓRDOBAAFROTAY
SOCIALES
MARIO MIGUEL
QUINTERO BUENO
ORGANIZACIÓN DE ÉTNIAS
AFRODESCENDIENTES DE
NUEVO TAY MUNICIPIO DE
TIERRALTA CÓRDOBAAFROTAY 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA ROSA MARTINEZ
GONZALEZ 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
RAFAEL EMIRO
MORENO GARAVITO
RESGUARDO INDÍGENA
ZENÚ DEL ALTO SAN JORGE
14 - CÓRDOBA RESGUARDO INDÍGENA YEIMIS JUDITH
PATERNINA PEREIRA
14 - CÓRDOBA RESGUARDO INDÍGENA PEDRO JACOB PRADO
MORA
1.2. A través de acta de reparto No. 12 FNFP de fecha 20 de octubre de 2022, le correspondió al suscrito Magistrado CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO , actuar como ponente del presente asunto, que fuera radicado con el número CNE-E-DG-2022-023365.
1.3. Mediante Auto del 23 de enero de 2023, se inició indagación preliminar, con el fin de recaudar elementos de juicio suficientes para iniciar actuación administrativa relacionada con la presunta NO presentación del informe de ingresos y gastos de campaña de los candidatos inscritos a la CITREP No. 14 por diferentes Organizaciones Promotoras de Lista.Resolución No. 16331 de 2023 Página 3 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus
Lista.Resolución No. 16331 de 2023 Página 3 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
1.4. La comunicación de dicho Auto se surtió de la siguiente manera:
ORGANIZACIÓN /
MOVIMIENTO
POLÍTICO
CIRCUNSCRIPCIÓN MARCA
CANDIDATO NOMBRES Y APELLIDOS FECHA COMUNICACIÓN
AUTO DEL 23/01/2023
ASOCIACIÓN
AFRODESCENDIENTES
DE NUEVO TAYAFRODENUTAY 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
FRANKLIN EDUARDO DE
LA VEGA GONZALEZ
25/01/2023 Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA FERNANDA ANAYA
SEDAN 25/01/2023 Correo Electrónico
ASOCIACIÓN DE
CAMPESINOS DEL SUR
DE CÓRDOBAASCSUCOR 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS ROCIO PINEDA ARRIETA 25/01/2023
Correo Electrónico
ASOCIACIÓN DE
CAMPESINOS DEL SUR
DE CÓRDOBAASCSUCOR 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS ROCIO PINEDA ARRIETA 25/01/2023
Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS
ARNOBI DE JESUS ZAPATA
MARTINEZ
25/01/2023 Correo Electrónico
ASPROPISAT 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS MARLEYDIS SOTO TIRADO 25/01/2023
Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
CAMPESINAS
LUIS FRANCISCO DUARTE
PASTRANA
25/01/2023 Correo Electrónico
FUNAFROPECOR 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA DELCI AMIN
BLANQUICET
25/01/2023 Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
ISMAEL RODRIGO
CASTELLANOS GUEVARA
25/01/2023 Correo Electrónico
FUNDACIÓN
SOLUCIONES
SOCIALES Y
EMPRESARIALESSOCIEM 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
AGUEDA DEL PILAR
QUIÑONEZ RODRIGUEZ
25/01/2023 Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIO MIGUEL QUINTERO
BUENO 25/01/2023 Correo Electrónico
ORGANIZACIÓN DE
ÉTNIAS
AFRODESCENDIENTES
DE NUEVO TAY
MUNICIPIO DE
SOCIALES
MARIO MIGUEL QUINTERO
BUENO 25/01/2023 Correo Electrónico
ORGANIZACIÓN DE
ÉTNIAS
AFRODESCENDIENTES
DE NUEVO TAY
MUNICIPIO DE
TIERRALTA CÓRDOBA - AFROTAY 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
MARIA ROSA MARTINEZ
GONZALEZ
25/01/2023 Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA ORGANIZACIONES
SOCIALES
RAFAEL EMIRO MORENO
GARAVITO
02/02/2023 Aviso en Cartelera
RESGUARDO
INDÍGENA ZENÚ DEL
ALTO SAN JORGE 14 - CÓRDOBA RESGUARDO
INDÍGENA
YEIMIS JUDITH PATERNINA
PEREIRA
25/01/2023 Correo Electrónico 14 - CÓRDOBA RESGUARDO
INDÍGENA
PEDRO JACOB PRADO
MORA 07/02/2023 Aviso en Cartelera
1.5. Vencidos los quince (15) días concedidos a los excandidatos para que se pronunciarán sobre los hechos objeto de indagación, ninguno de ellos emitió pronunciamiento alguno.
Sin embargo, el día 4 de marzo de 2023, los excandidatos ARNOBI DE JESÚS ZAPATA MARTÍNEZ y ROCIO PINEDA ARRIETA , mediante abono CNE-E-DG-2023-006068, presentaron escrito precisando:Resolución No. 16331 de 2023 Página 4 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus
presentaron escrito precisando:Resolución No. 16331 de 2023 Página 4 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
“(…) Nosotros, (…) representantes de la organización ASOCIACIÓN DE CAMPESINOS DEL SUR DE CÓRDOBA ASCSUCOR de la circunscripción 14CÓRDOBA respetuosamente le informo que la organización presentó el libro de contabilidad con todos los gastos debidamente diligenciados de la campaña el día 13 de abril del 2022 así como lo dice la norma, los candidatos deben reportar la información contable en el aplicativo Cuentas Claras en el módulo del libro de ingresos y gastos, información que automáticamente el sistema procesa y genera el formulario 5B y anexos. De acuerdo al Artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, la presentación del informe de ingresos y gastos por parte del candidato ante la organización política que lo avaló se debe realizar un mes después de la fecha de elección. (…)”
A su escrito adjuntan como prueba los documentos y soportes de los gastos de la respectiva campaña.
lo avaló se debe realizar un mes después de la fecha de elección. (…)”
A su escrito adjuntan como prueba los documentos y soportes de los gastos de la respectiva campaña.
Del mismo modo, el ciudadano FRANKLIN DE LA VEGA GONZÁLEZ , se pronunció sobre los hechos de la indagación, a través del abono CNE-E-DG-2023-006385 del 09 de marzo de 2023, indicando que, el día 31 de enero de 2023, remitió al Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, el informe físico de su campaña, de lo cual únicamente aporta guía de envío de la transportadora Servientrega con fecha de recibido por el FNFP del 2 de febrero de 2023.
1.6. A través de Auto de fecha 11 de mayo de 2023, se solicitó al Fondo Nacional de Financiación Política, allegar a la presente actuación los formularios individuales de ingresos y gastos de campaña de los excandidatos avalados por las diferentes organizaciones promotoras de lista para la circunscripción transitoria especial de paz No. 14, así como sus respectivos informes de auditoría interna e informe consolidado de ingresos y gastos.
1.7. En cumplimiento de la anterior solicitud, el Fondo Nacional de Financiación Política remitió archivo en formato Excel en el cual se encuentran relacionadas las campañas de la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 que presentaron s us informes de ingresos y gastos, así como informe de ingresos y gastos y sus respectivos informes de soporte.
- Respecto del excandidato FRANKLIN EDUARDO DE LA VEGA GONZALEZ
ingresos y gastos, así como informe de ingresos y gastos y sus respectivos informes de soporte.
- Respecto del excandidato FRANKLIN EDUARDO DE LA VEGA GONZALEZ inscrito por la ASOCIACIÓN AFRODESCENDIENTE DE NUEVO TAY – AFRODENUTAY, se allega oficio radicado No. CNE-E-FN-2023-000257 de fecha 03 de febrero de 2023, suscrito por este en el cual indica enviar al Fondo NacionalResolución No. 16331 de 2023 Página 5 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
de Financiación Política en físico el informe de ingresos y gastos de su campaña, aporta:
- Formulario 17 (Informe Individual de Ingresos y Gastos de la Campaña) debidamente firmado, sin fecha y sin número de radicación en Cuentas Claras, del cual se logra determinar que como gerente de campaña designó a la ciudadana NELSY ROSIRIS RAMOS VEGA identificada con cédula de ciudadanía No. 26.230.591, la cual será vinculada en la presente actuación administrativa.
determinar que como gerente de campaña designó a la ciudadana NELSY ROSIRIS RAMOS VEGA identificada con cédula de ciudadanía No. 26.230.591, la cual será vinculada en la presente actuación administrativa.
- Formulario 17.1 (Créditos o aportes que provengan del patrimonio de los candidatos, des sus cónyuges, o de sus compañeros permanentes, o d e sus parientes) debidamente firmado, sin fecha y ni número de radicación en Cuentas Claras.
- Formulario 17.8 (Propagada electoral) debidamente firmado, sin fecha y sin número de radicación en Cuentas Claras.Resolución No. 16331 de 2023 Página 6 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
- Libro de ingresos y gastos de campaña.
- Soportes de ingresos y gastos.
- Acta de nombramiento y contrato gerente y contador de campaña.
- Respecto de la excandidata MARLEYDIS SOTO TIRADO inscrita por la organización campesina ASPROPISAT, se allega oficio radicado No. CNE-E-FN-
- Acta de nombramiento y contrato gerente y contador de campaña.
- Respecto de la excandidata MARLEYDIS SOTO TIRADO inscrita por la organización campesina ASPROPISAT, se allega oficio radicado No. CNE-E-FN2023-000562 de fecha 09 de marzo de 2023, el cual contiene:
- Informe individual de ingresos y gastos de campaña debidamente diligenciado y sus respectivos anexos. Del mismo se logra determinar que como gerente de campaña designó al ciudadano JORGE LUIS VERGARA JIMENEZ identificado con cédula de
ciudadanía No. 1.066.510.259, quien será vinculado en la presente actuación administrativa.
- Informe integral de ingresos y gastos de campaña suscrito por el representante legal de la organización campesina, en el cual se ve reflejado lo presentado en el informe individual de la excandidata MARLEYDIS SOTO TIRADO.
- Respecto de la excandidata MARIA DELCI AMIN BLANQUICET inscrita por la organización social FUNAPROPECOR, se allega oficio radicado No. CNE-E-FN2023-004438 de fecha 07 de diciembre de 2022, el cual contiene:
- Algunos anexos del libro de ingresos y gastos de campaña.
- Contrato de prestación de servicios suscrito entre ésta y el ciudadano CESAR SABIT
GAVAL AMIN identificado con cédula de ciudadanía No. 1.067.863.262 como gerente de campaña, el cual será vinculado a la presente actuación administrativa.
- Contratos de prestación de servicios suscrito entre el gerente de campaña y otros ciudadanos en calidad de asesor, contador, asesor jurídico, secretaria.
de campaña, el cual será vinculado a la presente actuación administrativa.
- Contratos de prestación de servicios suscrito entre el gerente de campaña y otros ciudadanos en calidad de asesor, contador, asesor jurídico, secretaria.
- Respecto de los excandidatos ARNOBI DE JESÚS ZAPATA MARTÍNEZ y ROCIO PINEDA ARRIETA, el Fondo Nacional de Financiación Política no allega documentación alguna, solo aporta cuadro de Excel en donde indica que, laResolución No. 16331 de 2023 Página 7 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
Asociación de Campesinos del sur de Córdoba – ASCSUCOR, organización campesina que inscribió a los excandidatos en cuestión, no presentaron informe físico de ingresos y gastos de campaña.
2. COMPETENCIA
De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, y según lo presupuestado en el artículo 265 Constitucional, esta Corporación es competente para adelantar las investigaciones administrativas paras verificar el estricto cumplimiento de las normas conten idas en la ley
De acuerdo con el artículo 39 de la Ley 130 de 1994, y según lo presupuestado en el artículo 265 Constitucional, esta Corporación es competente para adelantar las investigaciones administrativas paras verificar el estricto cumplimiento de las normas conten idas en la ley electoral y para sancionar con multas su incumplimiento. Ahora bien, el procedimiento administrativo tendiente a investigar y sancionar a partidos políticos, movimientos y grupos significativos de ciudadanos se encuentra regulado en el artículo 13 de la Ley 1475 de 2011.
Con relación a la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece el término que tienen los candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, así como las organizaciones promotoras de las listas que hayan avalado sus correspondientes candidaturas, señalando que en el primer caso deberán hacerlo ante la colectividad dentro del mes siguiente a la fecha de la elección, mientras que, en el se gundo caso, éstas consolidarán la información y la presentarán dentro de los dos (2) meses siguientes ante el Consejo Nacional Electoral, so pena de que, al realizarse fuera de tales lapsos, se entienda hecha extemporáneamente, o bien al no realizarse, dé lugar a la aplicación de las sanciones respectivas.
Adicionalmente, con relación al conocimiento de recursos de reposición interpuestos contra decisiones de ésta Corporación, es la misma Sala Plena, conforme señala el artículo 74 1 del CPACA, la que habrá de conocerlos y decidirlos.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
3.1. LEY 1475 DE 2011
(…)
CPACA, la que habrá de conocerlos y decidirlos.
3. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
3.1. LEY 1475 DE 2011
(…)
ARTÍCULO 25. ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS Y PRESENTACIÓN DE INFORMES. Los recursos de las campañas electorales cuyo monto máximo de gastos
1 ARTÍCULO 74. RECURSOS CONTRA LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS. Por regla general, contra los actos definitivos procederán los siguientes recursos:
1. El de reposición, ante quien expidió la decisión para que la aclare, modifique, adicione o revoque.Resolución No. 16331 de 2023 Página 8 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
sea superior a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales originados en fuentes de financiación privada serán administrados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones públicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas
fuentes de financiación privada serán administrados por los gerentes de campaña designados por los candidatos a los cargos uninominales y a las corporaciones públicas cuando se trate de listas con voto preferente. En los casos de listas cerradas el gerente será designado de común acuerdo por los candidatos o, en su defecto, por el partido, movimiento o comité promotor del grupo significativo de ciudadanos.
(…)
Los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos presentarán ante el Consejo Nacional Electoral los informes consolidados de ingresos y gastos de las campañas electorales en las que hubiere participado dentro de los dos meses siguientes a la fecha de la votación. Los gerentes d e campaña y candidatos deberán presentar ante el respectivo partido, movimiento político o grupo significativo de ciudadanos los informes individuales de ingresos y gastos de sus campañas dentro del mes siguiente a la fecha de la votación.
PARÁGRAFO 1o. L os informes que corresponde presentar a los partidos y movimientos políticos ante el Consejo Nacional Electoral se elaborarán con base en los informes parciales que les presenten los gerentes y/o candidatos, de conformidad con la reglamentación a que se refiere el artículo anterior. Dichos informes incluirán el manejo dado a los anticipos y los demás gastos realizados con cargo a los recursos propios.
3.2. RESOLUCIÓN No. 5881 DEL 1 DE OCTUBRE DE 20212
(…)
“ARTÍCULO CAPITULO II
PRESENTACIÓN Y REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE
CAMPAÑA, RECONOCIMIENTO Y PAGO DEL DERECHO A LA REPOSICIÓN DE
GASTOS
(…)
“ARTÍCULO CAPITULO II
PRESENTACIÓN Y REVISIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE
CAMPAÑA, RECONOCIMIENTO Y PAGO DEL DERECHO A LA REPOSICIÓN DE
GASTOS
ARTÍCULO SÉPTIMO. OBLIGATORIEDAD DE LA PRESENTACIÓN DE INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA. Los candidatos, gerentes de campaña y las Organizaciones Promotoras de Listas deberán presentar de manera obligatoria y en físico, el informe individual y consolidado de ingresos y gastos de campaña, respectivamente en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011. La presentación en formato electrónico del informe de ingresos y gastos de campaña a través del software aplicativo cuentas claras será opcional.
ARTÍCULO OCTAVO. RESPONSABILIDAD Y TÉRMINO PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS INFORMES DE INGRESOS Y GASTOS DE CAMPAÑA. Los candidatos a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz, son responsables de presentar ante las Organizaciones Promotoras de la Lista, el informe individual de ingresos y gastos de campaña en el término establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
Las organizaciones promotoras de la lista presentarán al Consejo Nacional Electoral por conducto del Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales o los Tribunales Electorales Transitorios de Paz el informe consolidado de ingresos y gastos de las campañas a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz en las que hubieren participado, en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
de las campañas a las Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz en las que hubieren participado, en los términos establecidos en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011.
2 Por medio de la cual se establece el procedimiento para el registro de libros contables, la presentación de informes de ingresos y gastos de campañas electorales, y la reposición de gastos de campaña para las elecciones de las 16 Circunscripciones Transitorias Especiales de Paz para la Cámara de Representantes 2022-2026 y 2026-2030.Resolución No. 16331 de 2023 Página 9 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
PARÁGRAFO. Las Organizaciones Promotoras de la lista al momento de la radicación de los informes de ingresos y gastos de campaña, deberán entregar una relación de los candidatos que no cumplieron con su deber de presentar el informe. El Fondo Nacional de Financiación de Partidos y Campañas Electorales remitirá dicha información a la Sala Plena de la Corporación, quien adelantará las investigaciones a las que haya lugar.
(…)”
4. ACERVO PROBATORIO
de Financiación de Partidos y Campañas Electorales remitirá dicha información a la Sala Plena de la Corporación, quien adelantará las investigaciones a las que haya lugar.
(…)”
4. ACERVO PROBATORIO
4.1. Oficio CNE-I-2022-007267-FNFPCE-900 de 7 de octubre de 2022 suscrito por la doctora Zamira Gómez Carrillo, Asesora del Fondo Nacional de Financiación Política del Consejo Nacional Electoral, el cual relaciona a los candidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. que no presentaron el informe de ingresos y gastos de sus respectivas campañas en el marco de las elecciones celebradas el 13 de marzo del año 2022, en atención a la obligación dispuesta en el a rtículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y en los artículos 7° y 8° de la Resolución No. 5881 de 2021.
4.2. Formularios de inscripción de los excandidatos inscritos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Territorial de Paz No. 14, obtenidos de oficio y que serán incorporados a la presente actuación administrativa.
4.3. Aportada por los ciudadanos ARNOBI DE JESÚS ZAPATA MARTÍNEZ y ROCIO
PINEDA ARRIETA:
- Soportes de los ingresos y gastos de la campaña.
4.4. Aportada por el ciudadano FRANKLIN EDUARDO DE LA VEGA GONZÁLEZ:
- Copia guía de envío Servientrega.
4.5. Allegada por el FONDO NACIONAL DE FINANCIACIÓN:
4.4. Aportada por el ciudadano FRANKLIN EDUARDO DE LA VEGA GONZÁLEZ:
- Copia guía de envío Servientrega.
4.5. Allegada por el FONDO NACIONAL DE FINANCIACIÓN:
- Cuadro Excel donde se encuentran relacionadas las campañas de la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 que presentaron sus informes de ingresos y gastos en físico.
- Soportes contables de las campañas que presentaron los informes de ingresos y gastos en físico.Resolución No. 16331 de 2023 Página 10 de 23
Por medio del cual se ABSTIENE de continuar actuación administrativa a los excandidatos, sus exgerentes de campaña y sus organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, por el presunto incumplimiento del inciso 5° del artículo 25 de l a Ley 1475 de 2011, referente a la no presentación de informes de ingresos y gastos de campañas en las elecciones de Congreso de la República del 13 de marzo de 2022, y se adoptan otras decisiones dentro del expediente radicado CNE-E-DG-2022-023365.
5. CONSIDERACIONES
5.1. Problema Jurídico
De acuerdo con la situación objeto de estudio, corresponde a esta Sala Plena determinar si, con ocasión a no haber presentado el respectivo informe de ingresos y gastos de campaña algunos excandidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, en los términos señalados por el artículo
algunos excandidatos a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14 del departamento de Córdoba, en los términos señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, y la Resolución No. 5881 de 2021 del Consejo Nacional Electoral; existe mérito suficiente para considerar que l os ciudadanos pudieron haber trasgredido el ordenamiento jurídico respecto de la financiación de campañas políticas, y si como consecuencia de ello debe iniciárseles actuación administrativa sancionatoria.
Así mismo, debe la Sala de ésta Corporación establecer si las organizaciones inscriptoras a la Cámara de Representantes por la Circunscripción Transitoria Especial de Paz No. 14, que avalaron las candidaturas relacionadas, tuv ieron responsabilidad en la omisión objeto de estudio, y con ello incurrieron en falta a la misma prerrogativa legal.
Para absolver tales cuestionamientos se expondrá de manera general lo relacionado con los deberes señalados por el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 respecto de la financiación de campañas políticas, para, finalmente, examinar el caso concreto.
5.2. Respecto de los deberes señalados en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011
Sobre la presentación del informe de ingresos y gastos de la campaña
El inciso quinto del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 establece la obligación que tienen los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos de presentar ante el Consejo Nacional Electoral, los informes consolidados de ingresos y gasto s de las campañas electorales en las que hubieren participado, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de
partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos de presentar ante el Consejo Nacional Electoral, los informes consolidados de ingresos y gasto s de las campañas electorales en las que hubieren participado, dentro de los dos meses siguientes a la fecha de votación, los cuales deben ser elaborados a partir de los informes parciales que les presentan los gerentes y/o candidatos dentro del mes siguiente a la fecha de votación, también de forma obligatoria.Resolución No. 16331 de 2023 Página 11 de 23
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