CNE - Resolución 5874 de 2021
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5874 de 2021
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2021
RESOLUCIÓN No. 5874 DE 2021 (01 de octubre)
Por la cual se aclara la Resolución No. 1057 de 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824 -19, el expediente número 6565-20.”
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 265 de la Constitución Política y 45 de la Ley 1437 de 2011 y, con fundamento en los siguientes:
1.- CONSIDERACIONES
1.1.- El Consejo Nacional Electoral expidió la Resolución No. 1057 del 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente …”, ordenando en su artículo quinto lo siguiente: “(…)
ARTÍCULO QUINTO: INSCRIBIR Y REGISTRAR la modificación de los representantes de la Convención Nacional en la Junta Directiva de acuerdo a las decisiones de la Convención Nacional Extraordinaria del 20 de septiembre de 2019, la parte considerativa de la presente resolución, y la siguiente plancha a saber:
RENGLÓN CARGO PRINCIPAL SUPLENTE
PRIMER PRESIDENTE DEL
PARTIDO
JHON ARELY MURILLO BENÍTEZ SILVIO YAFETH MURILLO
CC No. 11.706.683 CC No. 1.076.320.031
SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL
PARTIDO
LEONARDO MÁRQUEZ MINA GABINO HERNÁNDEZ
CC No. 13.890.079 CC No. 73.099.758
SEGUNDO VICEPRESIDENTE DEL
PARTIDO
LEONARDO MÁRQUEZ MINA GABINO HERNÁNDEZ
CC No. 13.890.079 CC No. 73.099.758
TERCERO
DELEGADOS DEL
CONSEJO FUNDADOR
MARÍA DENNIS VIVEROS CORTES EDWARD CUERO VIVEROS
CC No. 29.352.925 CC No. 1.130.654.495
CUARTO
JHUSSY MILENA MOSQUERA
MOSQUERA ANDERSON BECERRA GARCÍA
CC No. 1.053.788.024 CC No. 12.023.783
QUINTO
CARLOS JHON JAWHUER GONZÁLEZ
ACEVEDO DIANA MARCELA GARCÍA ASTUDILLO
CC No. 1.114.730.539 CC No. 1.118.282.861
SEXTO
DIRECTOR DEL
PARTIDO COLOMBIA
RENACIENTE
WALTER VALENCIA CASTILLO
NO REGISTRA CC No. 11.705.818
SÉPTIMO REPRESENTANTES DE
LA CONVENCIÓN
CLARA LÓPEZ OBREGÓN DANIEL ALEXANDER CASTRO
CC No. 41.481.937 CC No. 1.128.282.129
OCTAVO NO REGISTRA CARLOS EDUARDO ARISZABALETA CC No. 94.369.940Resolución 5874 de 2021 Página 2 de 5
Por la cual se aclara la Resolución No. 1057 de 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824-19, el expediente número 6565-20.”
del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824-19, el expediente número 6565-20.”
NOVENO CESAR ARLEY PEDRAZA YAISA MAURIN RUBIANO LAGUNA
CC No. 11.341.234 CC No. 33.750.774
DÉCIMO
YEINER RODRÍGUEZ EBERTO ZUÑIGA
CC No. 94.428.131 CC No. 10.544.107
UNDÉCIMO ALEJANDRO RIVAS GARCÉS DANIELA ORTIZ SILVA
CC No. 71.333.204 CC No. 1.143.878.071
DÉCIMO
SEGUNDO
DIRECTOR DEL
CENTRO DE
PENSAMIENTO UBUNTU
Y SUPLENTE
NO REGISTRA NO REGISTRA
DÉCIMO
TERCERO
DIRECTOR DE
POBLACIONES Y
SECTORES
NO REGISTRA NO REGISTRA
(…)”
1.2.- Mediante memorial de 2 2 de abril de 20 21, radicado 5366 de la Subsecretaria de la Corporación, la señora Clara López Obregón, solicitó la corrección de la Resolución No. 1057 de 2021, así:
“(…) HECHOS RELATIVOS A MI RENUNCIA A LA JUNTA DIRECTIVA DEL PARTIDO COLOMBIA RENANCIENTE: 1.- La Resolución 1057 de 24 de mayo (sic), en su artículo quinto resuelve “inscribir y registrar la modificación de los representantes de la Convención Nacional en la Junta Directiva de acuerdo con las decisiones de la Convención Extraordinaria de 20 de septiembre de 2019, la parte considerativa a la siguiente plancha”.
registrar la modificación de los representantes de la Convención Nacional en la Junta Directiva de acuerdo con las decisiones de la Convención Extraordinaria de 20 de septiembre de 2019, la parte considerativa a la siguiente plancha”. 2.- En dicha plancha aparece mi nombre, Clara López Obregón, C.C. No. 41.481.937, como principal en el séptimo renglón, sin mediar aceptación de mi parte. 3.- La resolución menciona varios casos de renuncias de la Junta Directiva reconocida en la Resolución No. 2599 de 2019 pero omite mencionar que mediante Resolución No. 3497 de 20 de noviembre de 2020 dispuso el retiro de mi nombre del registro de Partidos y Movimientos Políticos conforme a la renuncia presentada al Presidente del Partido con fecha 22 de octubre de 2020 y referida por el presidente del Partido Colombia Renaciente en la Convocatoria a la Junta Directiva de 3 de marzo de 2021 en la que el numera l 3 (pagina (sic) 4) afirma. “Miembros escogidos en Convención Nacional: los miembros que hasta la fecha se encuentran vigentes son los señores DANIEL ALEXANDER CASTRO y MARIA ISABEL ACOSTA, esto debido a que las personas que fueron elegidas en la Convención Nacional extraordinaria del 14 de marzo de 2019, han presentado renuncias , estas personas son: -CLARA LÓPEZ OBREGÓN-Renuncia del 22 de octubre de 2020”, entre otros (ver prueba No. 1, p.4) copia radicada ante el CNE el día 23 de octubre de 2021 ( ver prueba No. 2) y mencionada en la respuesta de JOSÉ ANTONIO VARGAS YUNCOSA , Asesor de
copia radicada ante el CNE el día 23 de octubre de 2021 ( ver prueba No. 2) y mencionada en la respuesta de JOSÉ ANTONIO VARGAS YUNCOSA , Asesor de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral del 15 de febrero de 2021 al derecho de petición presentado por Daniel Castro al CNE (ver prueba No. 3.).
RAZONES DE DERECHO: Nadie debe ser inscrito en el registro de Partidos y Movimientos políticos sin mediar aceptación del cargo conforme a lo dispuesto en la ley. Por lo tanto, en la inscripción de la plancha solicitada por el Partido Colombia Renaciente, debió el CNE excluir mi nombre por tres razones: 1.- Haber renunciado a la Junta Directiva el 20 de octubre de 2020. 2.- El CNE expidió la resolución 3497 de 20 de noviembre de 2020 en la que ordenó inscribir en el regi stro de Partidos y Movimientos Políticos mi renuncia a Junta Directiva del Partido Colombia Renaciente.Resolución 5874 de 2021 Página 3 de 5
Por la cual se aclara la Resolución No. 1057 de 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824-19, el expediente número 6565-20.”
3.- Porque no existe aceptación del cargo en la Junta Directiva por parte mía, en caso de tratarse de una nueva designación, y haber como ya se expresó, renuncia previa presentada y registrada con posterioridad a la Convención Extraordinaria de 2019.
PETICIÓN:
de tratarse de una nueva designación, y haber como ya se expresó, renuncia previa presentada y registrada con posterioridad a la Convención Extraordinaria de 2019.
PETICIÓN: En razón a lo anteriorment e expuesto dejar sin efecto la parte del Artículo 5 de la Resolución No. 1057 de 20 de marzo de 2021 en lo que respecta a ordenar la inclusión de mi nombre como integrante de la Junta Directiva del Partido Colombia Renaciente.
(…)”
1.3.- De conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripci ón o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”
1.4.- Que, en el artículo quinto de la Resolución 1057 de 24 de marzo de 2021, erróneamente se registró el nombre de la señora Clara López Obregón como miembro de la Junta Directiva del Partido Colombia Renaciente, no obstante, haber sido protocolizada su renuncia al cargo mediante la Resolución No. 3497 de 20 de noviembre de 2020 de esta Corporación.
1.5. Con fundamento que la solicitud de la ciudadana Clara López Obregón , se procedió de oficio a realizar el respectivo cotejo de los nombres de los demás directivos incluidos en el artículo quinto del acto administrativo mencionado.
1.5. Con fundamento que la solicitud de la ciudadana Clara López Obregón , se procedió de oficio a realizar el respectivo cotejo de los nombres de los demás directivos incluidos en el artículo quinto del acto administrativo mencionado.
1.6. Que, de manera equivocada, se ordenó el registro de otros directivos que tampoco le correspondía a este despacho mencionar, ya que el objeto de la actuación era el registro de la modificación de la Junta Directiva con ocasión de las decisiones adoptadas en la convención nacional extraordinaria de 20 de septiembre de 2019 y las renuncias allegadas al proceso No. 29824-19.
1.7.- En atención a las consideraciones expuestas se procede a corregir el artículo quinto de la Resolución No. 1057 del 24 de marzo del 2021 del Consejo Nacional Electoral, en el sentido de excluir el nombre de los siguientes ciudadanos:
- Jhon Arely Murillo Benítez - CC No. 11.706.683
- Silvio Yafeth Murillo - CC No. 1.076.320.031 • Leonardo Márquez Mina - CC No. 13.890.079 • Gabino Hernández - CC No. 73.099.758Resolución 5874 de 2021 Página 4 de 5
Por la cual se aclara la Resolución No. 1057 de 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824-19, el expediente número 6565-20.”
- María Dennis Viveros Cortes - CC No. 29.352.925
- Edward Cuero Viveros - CC No. 1.130.654.495
29824-19, el expediente número 6565-20.”
- María Dennis Viveros Cortes - CC No. 29.352.925
- Edward Cuero Viveros - CC No. 1.130.654.495
- Jhussy Milena Mosquera Mosquera - CC No. 1.053.788.024
- Anderson Becerra García - CC No. 12.023.783
- Carlos Jhon Jawhuer González Acevedo - CC No. 1.114.730.539
- Diana Marcela García Astudillo - CC No. 1.118.282.861
- Clara López Obregón - CC No. 41.481.937
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: CORREGIR el artículo quinto de la Resolución No . 1057 del 24 de
marzo del 2021, el cual quedará así:
“ARTÍCULO QUINTO: INSCRIBIR Y REGISTRAR la modificación de los representantes de la Convención Nacional en la Junta Directiva de acuerdo a las decisiones de la Convención Nacional Extraordinaria del 20 de septiembre de 2019, conforme a la siguiente tabla:
RENGLÓN CARGO PRINCIPAL SUPLENTE
SEXTO DIRECTOR DEL PARTIDO
COLOMBIA RENACIENTE
WALTER VALENCIA CASTILLO
CC No. 11.705.818 NO REGISTRA
SÉPTIMO
REPRESENTANTES DE LA
CONVENCIÓN
NO REGISTRA DANIEL ALEXANDER CASTRO
CC No. 1.128.282.129
OCTAVO NO REGISTRA
CARLOS EDUARDO
ARISZABALETA
CC No. 94.369.940
NOVENO CESAR ARLEY PEDRAZA
CC No. 11.341.234
CC No. 1.128.282.129
OCTAVO NO REGISTRA
CARLOS EDUARDO
ARISZABALETA
CC No. 94.369.940
NOVENO CESAR ARLEY PEDRAZA
CC No. 11.341.234
YAISA MAURIN RUBIANO
LAGUNA
CC No. 33.750.774
DÉCIMO YEINER RODRÍGUEZ
CC No. 94.428.131
EBERTO ZUÑIGA
CC No. 10.544.107
UNDÉCIMO ALEJANDRO RIVAS GARCÉS
CC No. 71.333.204
DANIELA ORTIZ SILVA
CC No. 1.143.878.071
ARTÍCULO SEGUNDO: INCORPORAR los antecedentes de la presente Resolución en el Registro Único de Partidos y Movimientos Políticos para el Partido Colombia Renaciente.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR a la Representante Legal del Partido Colombia Renaciente y a la señora Clara López Obregón, el contenido del presente acto administrativo de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Resolución 5874 de 2021 Página 5 de 5
Por la cual se aclara la Resolución No. 1057 de 24 de marzo de 2021, “Por medio de la cual se inscribe y registran directivos del Partido Colombia Renaciente, la modificación de los estatutos de la organización política, y se acumula al radicado principal 29824-19, el expediente número 6565-20.”
Partido Colombia Renaciente Correo electrónico: info@partidocolombiarenaciente.co; direccion@partidocolombiarenaciente.co; secretariageneral@partidocolombiarenaciente.co;
29824-19, el expediente número 6565-20.”
Partido Colombia Renaciente Correo electrónico: info@partidocolombiarenaciente.co; direccion@partidocolombiarenaciente.co; secretariageneral@partidocolombiarenaciente.co;
Clara López Obregón Correo electrónico: clopezobregon@gmail.com
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar a la Asesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral para lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE, NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá D.C., el primero (01) de octubre del dos mil veintiuno (2021).
DORIS RUTH MÉNDEZ CUBILLOS
Presidenta
VIRGILIO ALMANZA OCAMPO
Vicepresidente
PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ SIERRA
Magistrado Ponente
Aprobado en Sesión Virtual de Sala Plena del primero (01) de octubre de 2021.
Salva Voto: H.M. Jorge Enrique Rozo Rodríguez.
Revisó: Rafael Antonio Vargas González, Asesoría Secretaría.
Proyectó: DPQE.
Radicado No. 29824 de 2019.