CSJ - AC24-06-1959 PAG # 779
Detalles
- Título
- CSJ - AC24-06-1959 PAG # 779
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1959
“ sr f_ ¡ —:; . .,____'_ ,_' '- .'; ,.-»———_—:—.__—_— "'". e—FJ —=':. . — —” - - _.W. — . - '>í_ - >'"“? T . oo__ %_ÍX—.7N X 'v £. Tí j¡ E | — 00 o >esl .. — eel — - 27 .' — s í¡¿ N| | COBTE GUPREJA TO JUSPICIA . 900729 — — « — SADA D CASACIÓN OI9ED -7 .7 - . Se ¿' — (xapintrado pononto: aao»a=º 50€B … “ T ANBUTAS2) - E - — Begotá, vointicuatro do 3unio de m3.1 neve = eientoo oinenenta y mueve.. - ... . — Tor nentoncia cotivada en la norn para m£ar&r el 2&u80, E Sl Tribunal oupéraazr 001 Distrito Judiciol de ¿eáollin con fo= l abíerto ;;or apolaoién dol amáaate Jorga ?élez MO5, rewcó _ e ol falio de primara inotancia y 9eacívíó ón u dugas: íi "P nula y por tanto careco do todo velor 1a eentercia pro” — forida el 28 do obrál de 1955 por 108 doctoros Jalno Tosaña zon doño;. Forrando Hora Mora y Pablo 3oradi Beetzºa;;c 0n al áuiº$oaz-b3%:fal óntra l0o cofloras ?zw1&3&o 6891m" €…s£ezxas y derey Yá
les fudos para dirimio Zaa éi£emciaa gurgidas entro éatos esñ ocae$ón de los negocios a que de rolicro la mt$veoióa. “ — , “Canoóleco el mgiewfo de á3m…o £allos - — Cóndenasno al áó:nan&a&o en le cºs$&a 46 3.3 gr&mom $.aatmz» | 1 Cias _ T7 q | f Sán contas 6n el %cmºº — | .. ' Oportunamento introdujo rocurso de <maaa&61: la parto aeznan dada, quion acusa la eentancia 902 l0s cwgae qua ón aegaíáaaparecons .:¿' “Primes carnos= Dentro de la causal prinora del mzeu2.o - H¿ 320 del cádigo Sudicial, acugo la nontencia procedonto áel He _ ¡3 Tribunal Suporior de “odoliín y de fecha 9 de mayo de 3958, 9:5r violación airecta del artículo 70 de la Zay 2% de 1956, ya quó N désdo que la sentoncia arbitral 0o notifigues quoda g¿…g_ºrzc, | í._3¿ das 26 cabó rocurvo alguno y ño 09 roVvicabla, Aoí lo ha roceno= ; r cido la Es Corto Supyena de Juntioia:en sentencia, Sala do Lo= gocioo Genezaleo, 10 do octubro de 1936, DIV -SE0. d 51 Rubo denora en el <alló; el renponcable 00 01 dasandan 2; . |
| ' “ ; )( 1 . a — 000780 — te quo no hico 1a connigiación que lo corrospondía para ofoctos de los gantos y doliboradanente solicitó prórrogas cono consta = en el expa&áen%m 954 0n le5 3uícics de ce…cia del goáezº 3aáíc2a1 peOrdoterniands por la1 ey¡ fuaeea :mloa, zmnca 9oar£a la jnoñaeín ogar a dirimir nincgún liticio; pues no don poco£3 lcs 3w:ea que aéolecca de ces oirounstancia. - aTgo .- Dontro de la cansol pr£aem a91 articulo = 520 de1 6663.ga Judicial, ácuso la sontencia de pmaaáeac&a y Tos enó antea cltados por m1aeión aarw&a de 108 miema queaguí eitará y analinadós - = "Artículo 2469 y 2485 del ºóátge C1711.- prmem o loa artículon oltados entabloco que lás párteoSorminan extrajuli» edelmento un 14tigio-peridientoo precoven un 14tigio oventual, En 6l caró que contenpianos laa partos extrasuáloialmento gu:&síg To0n teminar las diferoncias que tendan. "21 2083 dice olaranento que la transacción profues ol ofec= to áa cesa3 uzga&3 enñ 3.€ím in&angáa» — firandos, Mo poaía hacerlo. 29r€> no es aable acudir a otroa Bdioó paro procurar la dilotación áe los téminos y actuacioana, — lo qúe conntituyo ana tmxºla ala 1ay, násino di 0e tiono en cuene ta que al deman&ante/ abatwa c'!a atoñder a lo or&naño por ol TAdbunad de arbitramonto. - “El tridunal de arditramoento ezx su sontencia e:;panc mw -+ claro las rasenea dol £allo", _B CONSTDERA: - Cuando ql artículo 79 do la Loy 29 de 1938 esta%uye que 1as . sºntencia9 arb1tra)es 0 eáecuto&an dosde que queden notificadas 7 a:>a ína,,eiabz.ea, do auerte que su ejóécución puedo exigirao &a Ajero q: ue la de las renclucionas dusicialos, estoblcoo m i y< Z w GQ,Q$&¿."¿.—» | — - 3- , — tuación furícsca de carácter gonero! | - fuorza vinenletoria que por a$ nicmo tienool - . 1latuto entro las partes conpronctidas per e31 Í e coso arbitrals Do modo que »i 01 follo de instancia no ha dora = tondido ece procepto por nanora dircota «que ds cono el cargovieno. formulado» nino que conoídera aula por extemporánta. le doe cisión de los árbitros, la prosperidad de 1a consura extairía la aa:esoatmién de que en conoreto alguna uom suntancial reanlte=
Ya viola&3 ton quienra de lºs Soportos en auo ácscazzaa el £allo; lo cual ño so suplo cen las Enoveraciones de que ol Aenandanto a fue 61 vzonponsablo do la úeñera& de que no con pocos los £a « llos judieiales 9rommcí&&os fuera dol témino €a ciniado N por las “ doy. Es obvío que an eiveamo extraor£ímr£c De lo es poraitis de a la Corte ilezar aíieiasamte les váelon do 1a desanda de = caaací&n» _ . _ -.zitzaybaae para tener con el carácteqrue aeeé!n3&eaé— 200 la reforéncia a lós mimoa 2469 y 2é83 681 vódico Oívil, pOr trataroo de gracep,oos que vorsan sobre la transacción cono = instituto que no 09 pombla 1amwmr con el comprenico ni con 61 lnudos en mérito de z;as aiforencios que los cepatan y eopecia fican, auñgue hayan en común ¿gunas caraotorísticao por ser ne=. dion idéneos para zanjar anigodlemonte las dioputas entro lasparteo: Apenas bastaría obcervar que quienos tranoigon llegan e por acuordo directó a resolves un litigio pondionto o a precavor un litigio oventual, nientras que gor virtud del conpromisó no = torinan ni procaven el litigio sino que lo custraón de 16 juria dicción común para soncterlo al ennocimientó de los árbitross
En consecuonoias la sieplo alaeii$n qué…1¿% denanda haéé a« loo artículos 2469 y 2483 del Código Civil careco de aptátua pc= E Ta catontor due el cargo presenta el concopto de la viblaci&: de l nA ley sustancial ún lo tocante al comprozico y a la nulidad del - = laudos en .que se Daco la sentoncía recurridoas B c00982. — “£gsbíácxea Por 10 expuesto, la forto Suprera de Justicia, en Sala de Ca cacién Civil, adninistrando suoticia en nombro de la República de Colonbia y poran£or$da& de la ley, HO ECASA la sene ltc:…x::ía del ?ríwma Suycrior del Diotrito Judicial do NMedolióín f ! proferida en 0l presente procano de Jorgt Véles Muñoz contra - !bzancxaee Copina Cárdenas con focha 9 de mayó de 1958, | m aparocon cestao cquandao en €l recurso, PUblíqueses aotífiguene, cópiºaa, íasér2m en 13 €%aceta Jue dicíz—zí y vuolva 01 precoso al mbuaa1 de su ezig,eat—x¡l C — - — d 0S5 HERJANDEZ ANDELAB% — .. ENÉIQUS CÓRAL VELASCO a e -- D HERNANDO HOBALES He — - — - ARTOU, RPOSOADA . — ICUACIO ESCALLON - - ¡GUSTAVO GALAZAR TAPIERO pemtarios 7 Z 7 V Z