CSJ - SP D.Velásquez(29-08-1980)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP D.Velásquez(29-08-1980)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1980
le • . ,
CORTE SUPREMA. DE JUSTICIA
PENAL
SALA DE CASAC I
'. , \\'1 Aprobado Acta Ji 6 Magietra40 ponente: Dr. DARlO VEIASQUEZ GAVIRIA Bogotá, D.E., veintinueve. (29) de de mil novecientos agosto oohenta oV I S T. O S : D~o1de la Corte la solicitud de libertad formulada por ~ el apoderado de los sent~nc1adoB JAMESMAYAESPIBOSA y DR- '. NADO DE lEGUa G~Z\RCIA¡OLIVAR fundamento en el artioulo 00n -.' .~.. . .... . 'if ." . 453"d81 e6digo de Procedimiento Penal ( Ley 17 de 1975. artículo 7 numeral 6Q ) y la Ley '2 de 1.971. 2 ._ El "'rocurador Primero Delegado en lo Penal expresa opi n16n fav·orabl.e a la petic1dn de libertad, en conoepto queconoluy:.· la 8~g\iient .. formal .. Oomo quiera que los sen- ;én o' teno1adoe no son reinoidentes ni su conduota fué oalificada en la sentencia de "alta peligrosidad', dan requisi Be 106 tos legales para ooncederles la .libertad condicional, soli citud que de manera respetuosa formula esta agencia del Mi nisterio ~blioo a la H. Corte " ( tI.l«e). ,. .. ' El Tribunal Superior de Medellín, med~ante sent encaa de
1.977 28 de septiembre de oondenó definitivamente a JAMESMAYA ESPINOSA Y aERNANDO DE JltBUS GAROIA BOL IVAR. a la pena- , principal de siete (7) de presidio, y multa de cienaí'10a mil pesos ( • lOO.aOO.oo ) por 1nfracci6n al Decreto 1188de 1974 ( tIa. 511 a 521 del cuaderno principal ). , ... 2 - .-l. . Oontornte a las pres0t.iPCionee del artículo 85 del 06d1go Pena~, y por. tratarse de pena de presidio, se req.uiere h! ber las tres ouartas (3/4) partes de la aenc.íén im OUJfiplido puesta para poder otorgar el beneficio de libertad condioio nal, proporci6n que, en el caso que se exs.mina, equivale 8·- ... . 71!!-?sent.~.Z .tres (63) meses. Los procesados Maya Espinosa García Bolívar, en razón y encuentran privados libertad desde de este se de su 1)r00880, (7) 1.976 ( el siete de junio de fl. 1 del ouaderno princ1pal ), lo cual significa que, al momento de esta providencia, han descontado un tiempo de cincuenta (50) meses y veintitrés (23) dias. De aouerdo oon las cone tanc í.ae ag~l:gada8 a la 801101tud de libertad ( fls. 140, 143 Y 144 del cuaderno de la Corte ),
. queda comprobado que el proo·eeado JAMES estud16 MAYA ESPINOSA y trabaj6· en el estableoimiento oarcelario un total de 1.188- - días, 10 cual quiere de~1r que, realizados loa c6mputoB perti . . nentes ( u~ día de pena por oada tres de trabajo o estudio ), el oondenado Maya Espinosa ha aesoontado por este aspectotrescientos noventa y seis ( 396 ) días ( treoe meses y -8-818d!ss ) de la sanción impuesta. Respeoto del prooesado HERNANDODE JESUS GAROIA BOLIVAR" advierte que, por loe miamos oonoeptos, ha descontado unS8 ('93 ) total de tresoientos noventa tres días de la pena, - y que oorresponden a los 1.179 días que traba.jeS estudieS en el y establecimiento carcelario ( t1a. 146, 149 y 150 del cuaderno • de la Corte ) Y que equivalen a t:;!'9! m!!,es L. t.r~s, días. t Sumado el tiempo de redenci6n por trabajo estu·dio aly que lleva MAYA ESPIHOSA en detenci6n efectiva, se tiene que - (6,) ha purgado total de sesenta tres meses veintinue y y .UD de ve (29) días la pena, tiempo que sobrepasa las t~e8 cuar85 tus par'tes a que ee refiere el artíQulo del C<SdiJ, Pena.l, , • , "J:
I. - .,1 ...
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Sumado el tiempo de redeno1dn al que GAROIA BOregistra L.rvAR en detenci6n f::[e1oa, Be ttene que ha pagado un total de ',... pesenta y tres (63) meses y ve1ntift~~(2$) días de la aan -- . . . ". . ). , c16n impuesta .n el tiempo superior en veintitrés días fallo, en al que ee refiere la pr·oporo16n exigida el artículo 85 del C6digo Penal. Las oertificaciones 'sobre conduc ta de ambos PE1ticion.8rioa, expedida. por las directivas del establecimiento caroe lario donde purgan su pena, la califican de excelente ejemy . pla.r, destacan el heoho de que han venido laborando y pernootando en la granja externa, donde es mínima la vigila.neia, y- .. conceptúan acerca de eu v í.eí.bl,e readaptao16n ( tIs. 139 y -- 145 )'11 Tambi4n ee acompañó a la solicitud de libertad laa correapondientes cartillas biográficas ( tIa. 142 y 14·7 ). No exist~ constancia en al proceso de que los solicitan tes sean reinoidentes, ni de que se les haya condenado oomopersonas de ~alta peligrosidad"o No están, por tanto, exc1u1dos del beneficio ds la rede'ei6n de pena por trabajo y Gstu- \~. ':"t,~ dio ( artículo 1º de la ley ~2 de 1971 ). en La eLuuf.én que, la sentencia de asgunda instancia, se hace a"peligrosidad 9St' referida no a loa condenados, ~8to
K, G es a Jame.s Maya Espinosa y Hernando de JeJlllls 'arc!a 1301~ar,- en cuanto a su comportamiento concreto, sino a la conducta d-e 1iotiva relaoionada con el trdfico de drogas a Que se refiere 1974. el Deoreto 1188 de de la cual se dice que "envuelve pe ri , ligrosi:lad sooial" (. 520 ). , Es indiscutible la nooividad que, para la sociedad, repr'e s en'ta este tipo de c cmpór tamí.en'to e , tanto que se les repri- ,» me en estatuto especial y' se les oonmina con elevadas penas , ... , pero el <sentido de la ley ;2 de 1971, al e:¡oluir d et ermí.nadoa "'e caSQ8 d.e beneficio de la reducoi6n de pena por trabajo y esl, tudio, consulta connotaciones de carácter personal del sentel-. ciado ( ~Ber reincidente", "haber sido oonsiderado Oomo de al- . ta pel.i·g;roaidad" ), no. apreQiaciones lactas del ente de - . ~ l1ctivo, porque, dé ser lo o onürar-í,o se habría hecho la ex-- clue16n del beneficio refir1ándola era concretaa loe de - ...• ~ ,p,," • . ' '. :,'t ,\. ",.'. ,- ,. " \ ' , ' • ~.4 - . .. l1tQs que Be quisiese eliminar~ . :·.t· conaecuenc í.a , la petición es prooedente.
Visto lo anterior, la CORTE SUPREMA DE JUSTIOIA - SALA DE OASACION PENA.L ... de aeue rdo con el Procurad.or Primero De Lagado ~onced. en lo Penal, a .rÁME·S M.A.YAESPINOSA Y a HERNANDO DJ!! JE aienl SUS G·ARCIABOLIVAR el benefício de 11 hertad provisional, pre y cuando otorgen ftanza prendaria por valor de ve1Ilte m11peBQB ( • 2·0.000.00 m/cte ) oad.a uno, y se comprometan a presentarse a la Secretaria de esta Corporaci6n, cada quinc~ (15) días, hasta que termine el trámi te del recurso extraordinario de revisión pendiente, y una vez cumplido ~stef lo seguiránhaoiendo al_te el JUJgado Primero Penal del Circuito dé Itagui ( Antioquia ), quien~ deberá firme, lo relativo a..;,. deoidir, en , - la petición de libertad eond1cional que ha originado este pro . . nunc1.~mlento, y atende con Quidado a la satiafacci6n de lata pena de m'-\l impuesta en el ;fallo. La boleta de libertad. se expedir!Í con la anotaci6n de hacerse efectiva en cuanto no e- . xieta en contra de Maya Espinosa Gareia Bolívar un motivoy d1~t1nto de detenci6n. 06pieee, notifíquese y cWnplase.
A~ONSO· J?.'EYES ECHAJI
DARlO VEIA8QUE~ GA
VICENTE LAVERDE TE
LIZANDRO
:MJJtTlNEZ ZU.NIGA
.. . O'onjuez Oonjuez
TAROISIO ROLDAN PALAC10 ttMA.!.\.
EDlJARDO LUNA
. ... Oonjuez Conjuez
~ICTOR ARENAS SANDOVAL
OARLOS UPEGUI ZAPA.tA
Conjuez Conjuez Alberto Mora Cogollos