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DIAN - Resolución 600647 de 16-12-2024

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600647 de 16-12-2024
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2024

13 ——— DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 (16 dic. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación ArancelariaOrdinaria EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LASUBDIRECCIÓN TECNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de laResolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS. Mediante radicado No. 235410000001792 del 12 de agosto de 2024 la Sra. ANGELA XIMENATORRES CELIS, identificada con cédula de ciudadanía No QM. representante legal de. la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS S.A.S. NIVEL 2, con —: mandataria de la sociedad ITALCOL S.A, con NIT QE presentó una solicitud deresolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamentecomo “PREMEZCLA DE BACITRACINA ZINC” y comercialmente como “BACITRACINA ZINC10% GRÁNULO, BACITRACINA ZINC 10% POLVO, BACITRACINA ZINC 15% GRÁNULO, BACITRACINA ZINC 15% POLVO”.La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en: dos (2) páginas, ficha técnica en una (1) página, hoja de seguridad en siete (7) páginas,“mandato aduanero en ocho (8) páginas y comprobante de pago en una (1) página.- La solicitante pagó seiscientos cincuenta y ocho mil pesos Mcte ($ 658.000,00) segúntransferencia electrónica número 48976970 del 15 de julio de 2024 del Banco Davivienda S.A.al Banco de Bogotá.Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2024000100165398000517 del06 de septiembre de 2024 este Despacho solicitó a la usuaria:“Explicar cómo se obtiene la forma física en “gránulos” o en “polvo” del producto.2.

Indicar sobre una base del 100% la composición del producto y la función de sus componentes(bacitracina de zinc, harina de maíz, carbonato de calcio, otros, sí los hay). 3. Precisar sí los porcentajes'indicados (10%, 15%) de ¡Ja bacitracina-zinc se refiere a suconcentración máxima por cada 150 gramos, sobre una base de 900 gramos._ 4. Aclarar la forma y el momento, en que se incorpora el producto cuando se utiliza como aditivopara piensos.5. Decir el tipo de pienso al que se adiciona el producto.6. Esclarecer sí el producto se utiliza directamente (sin mezclar con otros productos) cuando seusa como artículo medicinal para animales y cómo se utiliza.7. Relacionar las proporciones en gramos del producto, según corresponda, cuando se utilizacomo aditivo para piensos o artículo medicinal para animales.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria ;

8. Mencionar el sector al que esta dirigido (ovino, porcino, caballar, etc.).9. Señalar el tipo de animal según su edad (crio o adulto).10. Explicar los beneficios reportados del producto cuando se utiliza como aditivo para piensos «oartículo medicinal para animales.11. Remitir una imagen con la presentación comercial de producto donde se pueda observar ¡1etiqueta con sus componentes.”La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2024000100165398000569 del 12 d::noviembre de 2024, con seis (6) páginas, renunciando al término restante para atender elrequerimiento en mención. En el mismo comunicado la peticionaria solicitó el cambio en la razónsocial del titular de la resolución de clasificación arancelaria ordinaria, precisando que el titule:rdel presente acto administrativo corresponde a la sociedad LABORATORIOS AUROFARM.,S.A.S con NIT 800.007.355-3, para ello, adjuntó:1. Escrito solicitud cambio razón social del titular de la resolución de clasificación arancelari..ordinaria, en una (1) página.2. Copia del RUT de LABORATORIOS AUROFARMA S.A.S, en cuatro (4) páginas.3. Mandato aduanero otorgado por LABORATORIOS AUROFARMA S.A.S., a la AGENCIA D®:ADUANAS SECURITYS S.A.S NIVEL 2, en cinco (5) páginas.Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. ANGELA XIMENA4TORRES CELIS, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesad::- GIO o por correo en la dirección

FUNDAMENTOS DE DERECHOConvenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexc,aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.Acuerdo de Cartagena aprobado-por Colombia mediante Ley 8 de 1973.Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Text:único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas'/otras disposiciones.Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y texto de partida:Regla General Interpretativa 1:“Los fítulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidasisde las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidasyNotas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”Texto de la partida 23.09:“Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales”.RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria Regla General Interpretativa 6:- “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidasdel mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capitulo,_ salvo disposición en contrario.”- Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución declasificación arancelaria ordinarias.Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas_ Nacionales mediante las cuales se reglamentan, entre otros, las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO_ Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000001792 del 12 de agostode 2024 y E2024000100165398000569 del 12 de noviembre de 2024, la mercancía objeto de_ clasificación arancelaria, se describe como una preparación utilizada en la alimentación animal,de aspecto sólido (granos o polvo), color marrón claro o tostado y olor característico, con lassiguientes características:_ Producto que contiene bacitracina zinc al 15% como componente activo, el cual, se obtienemediante un proceso de fermentación seguido de complejación con zinc y secado por_ pulverización. Para conseguir el producto en polvo, se añade carbonato de calcio, mientras que,para obtener el producto en gránulos, se añade harina de maíz y agua para la granulación. Elproducto presenta la siguiente composición:Concentracióna nena CAS Carrier CASroducto ctivo En 100 %

90% bacitracina zinc 15% (150Bacitracina zinc Carbonato gramos de bacitracina zinc en 1.000Polvo 15% 1405-89-6 de calcio 471-34-1 gramos de producto final.) ycarbonato de calcio q.s. 100%;Bacitracina zinc Harina de 90% bacitracina zinc 15% (150Gránul 15% 1405-89-6 maíz IFN no: 4-08 | gramos de bacitracina zinc en 1.000ranulo 024 gramos de producto final.) y harinade maíz q.s. 100%Observaciones: “el componente activo de bacitracina zinc es un concentrado de fermentación complejado seco debacitracina zinc con una actividad del 10-19%”. El producto se utiliza como preparación para piensos en la alimentación animal. Puedeincorporarse antes o al momento de preparar el pienso, dependiendo del resultado deseado,como mejorar la salud intestinal, aumentar la ganancia de peso y la eficiencia alimentaria, ycontrolar enfermedades como la enteritis necrótica. La bacitracina zinc en esta concentraciónes ideal para inhibir bacterias susceptibles como “Clostridium perfringens”, lo que contribuye amantener un intestino sano y mejorarel rendimiento del animal. Las instrucciones para su usoRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 4Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificaciór:Arancelaria Ordinaria

incluyen mezclar con 10-20 kg de pienso antes de mezclarla completamente con el pienso igranel.A continuación, se detalla la dosificación del producto según la especie y edad: Premezcla Bacitracina de zinc Como producto (g/tonelada de | Como bacitracina (ppm)alimento)10% 15% 10% 15%Pollo de engorde (en crecimiento) 270 400 200 270 27 40 30 41 7Gallina (Pollitas ponedoras) 280 400 200 270 28 40 30 41 }Cerdita 0 500 | 600. | 333. | 400. | 50 60 50 60 |Cerdo en crecimiento 450 550 300 370 45 55 45 56 1Ganado (en Crecimiento) 960 1200 640 800 96 120 96 120,Acuicultura 500 600 333 400 50 60 50 60 |

Según lo anterior, el producto objeto de solicitud se describe como una preparación que seañadea la dieta de los animales de las especies citadas. Se mezcla en dosis específicas conel pienso, ya sea antes o durante su integración con el pienso a granel, con el objetivo demejorar la salud, la absorción de nutrientes y prevenir enfermedades bacterianas.En la nomenclatura del Sistema Armonizado, las preparaciones utilizadas en alimentaciónanimal se encuentran comprendidas en el texto de la partida 23.09 conforme a lo establecid: )en la Regla General Interpretativa 1.Ahora bien, como el producto se utiliza añadiéndolo al pienso en una proporción fijada por un1formulación zootécnica específica según la especie y edad correspondiente, se considera u:1aditivo con principio activo de acción bactericida sobre soporte, con una concentración al 15%,la cual no representa una naturaleza medicamentosa con un fin profiláctico especifico.Con relación a lo expuesto, y recurriendo a las notas explicativas del Sistema Armonizadc.,recordemos que las notas explicativas son elaboradas y aprobadas por el Consejo de !:Organización Mundial de Aduanas (OMA) y constituyen la interpretación oficial a nivel internacione:,aceptadas por el Consejo de Estado como criterio auxiliar de interpretación, estas notas explicativascontienen información adicional y aclaraciones sobre la correcta clasificación de las mercancíasque contribuyen a interpretar de manera correcta la nomenclatura arancelaria. En las note3explicativas se precisa que la partida 23.09 comprende, entre otras preparaciones:"b) las preparaciones compuestas por una sustancia activa del tipo considerado en el párrafo 7)anterior y un soporte; por ejemplo: los

productos resultantes de la preparación de antibióticosobtenidos por simple secado de la masa, es decir, de la totalidad del contenido de la cuba defermentación (se trata esencialmente del micelio, del medio de cultivo y del antibiótico). La sustanciaseca así obtenida, esté o no normalizada por adición de sustancias orgánicas, tiene un contenidode antibiótico que se sitúa generalmente entre el 8% y el 16% y se utiliza como materia básica en :la preparación de premezclas, principalmente.Las preparaciones comprendidas en este grupo no deben confundirse, sin embargo, con ciertaspreparaciones de uso veterinario. Estas últimas se distinguen, en general, por la naturalezanecesaniamente medicamentosa del producto activo, por su concentración manifiestamente máselevada de sustancia activa y por una presentación con frecuencia diferente.”Según la información técnica suministrada, el producto contiene bacitracina zinc al 15% comdcomponente activo, obtenido mediante un proceso de fermentación seguido de complejacióncon zinc y secado por pulverización. Este producto se utiliza como preparación para piensos enRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 5

  • Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

la alimentación animal, mezclándose con el pienso en proporciones específicas para mejorar la_ salud intestinal, aumentar la ganancia de peso y la eficiencia alimentaria, y controlar. enfermedades., Dado que el producto se ajusta a la descripción de las preparaciones compuestas por unasustancia activa con soporte, y se utiliza como aditivo en alimentación animal, se clasifica bajo“ la subpartida 23.09.90.90.00 en aplicación de la Regla General Interpretativa 6.En cuanto a la subpartida 2309.90.20.00 que se refiere específicamente a "premezclas”, elproducto en cuestión no se clasifica como tal porque:1. Naturaleza del producto: el producto es una preparación compuesta por una sustanciaactiva (bacitracina zinc) y un soporte (carbonato de calcio o harina de maíz), lo que lo definecomo un aditivo según las Notas Explicativas del Sistema Armonizado de la partida 23.09._ 2. Concentración del antibiótico: la concentración de bacitracina zinc en el producto final esdel 10% al 15%, lo cual está dentro del rango del 8% al 16% mencionado en las NotaExplicativa del Sistema Armonizado de la partida 23.09 para preparaciones básicasutilizadas en la preparación de premezclas. Aunque la bacitracina zinc tiene propiedadesmedicinales, su concentración y uso como aditivo alimentario lo distinguen de losmedicamentos veterinarios que tienen concentraciones más altas y presentacionesdiferentes.3. Proporción fijada por formulación zootécnica: el producto se utiliza añadiéndolo alpienso en una proporción específica según la especie y la edad del animal. Esto implica

queestá diseñado para ser dosificado directamente en la alimentación animal, en lugar de ser; una mezcla previa que luego se incorpora a otros ingredientes._ 4. Uso del producto: se utiliza como aditivo en los alimentos para animales, mezclándose conel pienso para mejorar la salud y el rendimiento de los animales, lo que es consistente conlas preparaciones incluidas en la partida 2309.90.90.00.~~ Porlo tanto, el producto debe clasificarse en la subpartida 2309.90.90.00 y no bajo la subpartida2309.90.20.00 - - Premezclas, sugerida por la usuaria en la solicitud.- En conclusión, este Despacho determina que según la Regla General Interpretativa 1 la. mercancía en mención arancelariamente se encuentra comprendida en la partida 23.09 de la” Nomenclatura del Sistema Armonizado, y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6~~ se clasifica en la subpartida 2309.90.90.00 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta lo establecido«en el artículo 5° de la Resolución 0063 de 10 de abril de2024, el servicio de clasificación arancelaria para un producto tiene un valor equivalente aSEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO PESOSMCTE. ($657.645) incluido el IVA, de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite” queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO PESOS, ($355), del cual: podra solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 10° ibidem.i En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinacion de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVEARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en lasubpartida 2309.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como un aditivo a base bacitracina zinc al_ 15%, que se incorpora en la preparación de piensos para animales, en aplicación de las ReglasRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide :una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 18€:|de 2021 y sus modificaciones.ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presentResolución a la señora ANGELA XIMENA TORRES CELIS identificada con cédula daciudadanía No. (BB n calidad de representante A AGENCIA DizADUANAS SECURITYS S.A.S NIVEL 2, con NIT , a las direccioneselectrónicas informadas en la solicitud:A conformidad con lo establecido en el artículo 759 del oe0e modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de ::Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo sínotificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, en la QM> o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de !aDirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en losartículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativeprocede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberainterponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con le)establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 delDecreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.ARTÍCULO

CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificadopor el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y élarticulo 119 de la Ley 489 de 1998.ARTICULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pcrmedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirecció:Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección TécnicaAduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

¡O| AN Coordinación de Notificacione= ‘tl Central Bogotá D.C. § ENE a De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez, Yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. HECTOR ARTURO GARAY LEALJefe (A) Coordinación de Clasificación ArancelariaSubdirección Técnica AduaneraRESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600647 de 16 dic. 2024 Hoja No. 7 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria Ordinaria

. Proyecto: RICARDO HERRERA DAZARevisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

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