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JEP - Auto SRVR-078 08-noviembre 2018

JEP - Jurisdicción Especial para la Paz

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Detalles

Título
JEP - Auto SRVR-078 08-noviembre 2018
Autor
JEP - Jurisdicción Especial para la Paz
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Transicional
Año
2018

jURiSOCCÓN AL PARA LA PAZ

REPÚBLICA DE COLOMBIA

JURISDICCIÓN ESPECIAL PARA LA PAZ

SALA DE RECONOCIMIENTO DE VERDAD, DE RESPONSABILIDAD

Y DE DETERMINACIÓN DE LOS HECHOS Y CONDUCTAS

• CASO N°005

AUTO No. 078 de 2018 Bogotá D.C., 8 de noviembre de 2018

Asunto: Se avoca conocimiento de la situación territorial en la región del norte del Cauca, en los municipios de Santander de

Quilichao, Suárez, Buenos Aires, Morales, Caloto, Corinto, Toribío y Caldono; que incluye los hechos presuntamente cometidos por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, entre el 1 de enero de 1993 y el 1 de diciembre de 2016. La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, en ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias y

I. CONSIDERANDO Que el artículo transitorio 12 del Acto Legislativo 01 de 2017 creó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición (en adelante SIVJRNR) y la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante JEP) como uno de sus componentes.

Que, el artículo transitorio 5° del Acto Legislativo 01 de 2017 dispone que a esta Jurisdicción le corresponde administrar transitoriamente justicia, de manera 1 Carta 7 1, 13-44 Boaot Coon ajO fl : L_777,

ECI AL PA LA PAZ

autónoma, preferente y exclusiva respecto de las demás jurisdicciones, para conocer "de las conductas cometidas con anterioridad al TI de diciembre de 2016, por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, por quienes participaron en el mismo, en especial respecto a conductas consideradas graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario o graves violaciones de los Derechos Humanos" en armonía con el bloque de constitucionalidad de Colombia. 7Q Que, el artículo transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017 creó la Sala de Reconocimiento de Verdad, Responsabilidad y Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante Sala de Reconocimiento) de la JEP y señaló la competencia de la Sala para desarrollar su trabajo "conforme a criterios de priorizución elaborados a partir de la gravedad y represen tatívidad de los delitos y del grado de responsabilidad en los mismos ". Que, en este sentido y al revisár la constitucionalidad de la Ley 1820 de 2016, la Corte Constitucional en Sentencia C - 007 de 2018 concluyó que: "el numeral (tercero del artículo 281 se ajusta a la Constitución, por cuanto los criterios de selección y priorizacíón son admisíbles, y en tanto -de acuerdo con el Acto Legislativo N-° 01 de 2017los criterios de selección serán los que fije el Legislador, mientras que los de priorización serán establecidos por la Sala de Definición de las Situaciones Jurídicas y la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas ".

Que, los literales b y c del numeral 48 del punto 5 del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera (en adelante Acuerdo Final) otorgan la facultad de recibir informes, tanto de entidades del Estado como de organizaciones de víctimas o defensoras de derechos humanos para determinar la ocurrencia de hechos y conductas de competencia del Sistema, a saber: "b. Recibir los informes que le presentarán la Fiscalía General de la Nación, los órganos competentes de la justicia penal militar, la Comisión de acusaciones de la Cámara de Representantes o el órgano que la reem place, la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República y cualquier jurisdicción que opere en Colombia, sobre todas las investigaciones en curso relativas a las conductas cometidas con ocasión del conflicto armado, incluidas las que ya hayán llegado a juicio o concluidas por la Procuraduría o la Contraloría o por cualquier jurisdicción. Los informes clasificarán los hechos por presuntos autores y agruparán las conductas semejantes en una misma categoría sin calificarlas jurídicamente. A la Sala también se le remitirá un informe de las sentencias pertinentes proferidas por la justicia, enviado por el órgano de Administración de 2 .44 Boot J, , J.DCCÓP4 ESPWAL P LA PAZ la Rama Judicial o por los condenados. Los órganos competentes de la justicia penal militar enviarán también las sentencias proferidas. Cualquier órgano administrativo que haya proferido sanciones por conductas relacionadas con el

conflicto enviará igualmente las resoluciones en las que consten. En todos los anteriores casos se acompañarán copias de las sentencias o resoluciones. ( ... ) c. Recibir los informes de las organizaciones de víctimas y de derechos humanos colombianas relativos a las conductas cometidas con ocasión del conflicto armado, así como de fuentes judiciales o administrativas ( ... ) ". Que, de acuerdo con el artículo transitorio 10 del Acto Legislativo 01 de 2017, los enfoques: territorial, diferencial y de género, son transversales al SIVJRNR para desarrollar sus actividades. Asimismo, son objetivos que se garantizan según lo establecido en el punto 5 referentes al SIVJRNR "[miedíante el tratamiento diferenciado de territorios y poblaciones, en especial de las víctimas mujeres, de los niños y las niñas; de las poblaciones y de los colectivos más humildes y vulnerables ". Que, en el mismo sentido, el Acuerdo Final pretende evidenciar las formas diferencialés en que el conflicto afectó "(..) a los pueblos indígenas, a las comunidades campesinas, a personas en razón de su religión, de sus opiniones o creencias, a las poblaciones afrocolombianas, negras, palenqueras y raizales, al pueblo Rom, a la población LGBTI, a las personas desplazadas y exiliadas, (...), entre otros ". Que, conforme a lo señalado, la Sala de Reconocimiento mediante decisión de fecha 28 de junio de 2018, adoptó los "Criterios y metodología de priorización de casos y situaciones" (en adelante Criterios de priorización) que definen el proceso

de priorización a partir de tres grandes etapas: agrupación, concentración y priorización: "(a) por agrupación se entiende la construcción y delimitación de universos provisionales de casos y situaciones competencia de la SRVR, (b) por concentración, el conjunto de labores preliminares que le permiten a la SRVR focalizar su trabajo en la recolección y el análisis de información sobre determinados grupos de personas o de casos, con el fin de contar con los presupuestos necesarios para adoptar decisiones de priorización. Finalmente, la etapa concreta de (c) priorización, supone la aplicación de criterios de carácter estratégico que le permiten a la SRVR determinar el orden de gestión de los casos, así como la asignación diferenciada de recursos de acuerdo con las necesidades de estos ". 1 Acuerdo Final, Punto 5.1.2, Numeral 7, Página 144. 3 Crei / ¡ €3 44 800t (Coo íTT1

9. Que, en la primera fase de agrupación, la Sala desarrollando los objetivos y criterios orientadores del SIVJRNR aplicó el enfoque territorial como una de las estrategias para lograr una mejor comprensión de las dinámicas regionales del conflicto y de las particularidades del contexto en las zonas afectadas, con miras a la rendición de cuentas, la construcción de la verdad plena, detallada y exhaustiva, la reparación de las víctimas y la reconciliación. En este marco, el enfoque territorial adoptado "su pone reconocer y tener en cuenta las necesidades, características y particularidades económicas, culturales y sociales de los territorios y las comunidades, garantizando la sos tenibilidad socioanibiental; y procurar implementar las diferentes medidas

de manera integral y coordinada, con la participación de la ciudadanía. La implementación se hará desde las regiones y territorios y con la participación de las autoridades territoriales "2 y los diferentes sectores de la sociedad En el mismo sentido, la Sala definió en los Criterios de Priorización el territorio como: "el conjunto de relaciones múltiples y de distintos niveles que establecen los sujetos, individuales y colectivos, con el entorno que ocupan, y que a la vez los define como sociédad"3 . 10 Que, el Departamento del Cauca es especialmente representativo frente al conflicto armado ya que en él han confluido todos los actores armados, los grupos sociales especialmente vulnerables (pueblos indígenas, afrodescendientes y comunidades campesinas) y las violaciones mas representativas a los Derechos Humanos que deben ser investigadas y juzgadas por la Jurisdicción Especial para la Paz ', situación que lo ha convertido en uno de los epicentros de la violencia en Colombia5. Estas circunstancias se concentraron en el norte del Cauca67, debido a que 2 Acuerdo Final, Introducción, Página 6. Criterios y metodología de priorización de casos y situaciones en la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, 2018. Acuerdo Final, Punto 5.1.2.1.2. Informe No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación sobre estructuras y perfiles del Bloque Occidental de las FARC, 2018. 6 De acuerdo con el Plan de Desarrollo PDD 2016-2019. Pág. 22. El municipio de Morales entra a hacer

parte de la subregión centro. https://drive.google.com/file/d/OB88B9ZZI5mHkMzV0THRJX2hhOTA/VieW 7 El suroccidente colombiano ha sido una de las áreas de mayor relevancia para las FARC-EP, grupo que fue consolidando su presencia en este sector a través de la creación sucesiva de frentes: el Sexto en 1973, el Octavo en 1978, el Veintinueve en 1985, el Sesenta (o Jaime Pardo Leal) en 1989 y el frente Urbano "Manuel Cepeda Vargas" en 1991. En 1993, en la Octava Conferencia Nacional Guerrillera, se creó el "Comando Conjunto de Occidente", el cual operaría en los departamentos de Cauca, Valle del Cauca, Nariño y algunas zonas ubicadas en el sur del departamento del Chocó (Informe No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación sobre estructuras y perfiles del Bloque Occidental de las FARC, 2018, pág. 11.) En enero de 2012, se constituyó el Bloque Occidental "Comandante Alfonso Cano", el cual para ese año es conformado por los frentes que hacían parte del Comando Conjunto de Occidente (Frentes 6, 8, 29, 30, 60 y el Frente Urbano Manuel Cepeda Vargas.), más el Bloque Móvil "Arturo Ruiz "(conformado por cinco columnas móviles: "Libardo García ", "Miller Perdomo ", "Alirio 4 3 - 44 BTwá(Coonib). :CCÓNESP p L LAPA% esta región fue el centro de las acciones del Bloque Occidental o Bloque Alfonso

Cano de las FARC-EP8 y se replegaron numerosos frentes que buscaban aprovechar sus características geoestratégicas para ocultarse de la Fuerza Pública, lo cual afectó de manera profunda a la población en general y, en especial, a la población indígena, afrocolombiana y campesina que habita ese territorio9 . Que, en la primera fase de agrupación, la Sala realizó un análisis de los diferentes informes que se han recibido, teniendo en cuenta que debía revisarse el universo de hechos ocurridos en todo el territorio del Departamento del Cauca. Que, durante la primera fase de agrupación se revisaron, entre otros, los siguientes informes: • Informe N. 01 de la Fiscalía General de la Nación: Inventarío de delitos del conflicto armado, 2018. • Informe No. 02 de la Fiscalía General de la Nación: Retención ilegal de personas por parte de las FARC-EP, 2018. • Informe No 04 de la Fiscalía General de la Nación: Vinculación y utilización de niños, niñas y adolescentes (NNA) por parte de las FARC-EP, 2018. • Informe No. 05 de la Fiscalía General de la Nación "muertes ilegítimamente presentadas como bajas en combate por agentes del Estado", 2018. Torres ", "Ismael Romero" y "Gabriel Galvis") y la Columna Móvil "Jacobo Arenas". De esta manera, desde mediados de los años noventa, luego de la creación y consolidación del Comando Conjunto de Occidente, aumentaron las acciones en el Cauca, siendo uno de los departamentos en el cual funcionaba un mayor número de frentes y compañías de las FARC-EP. De esta manera el Comando

Conjunto de Occidente se consolida con los frentes: Sexto, Sesenta, Octavo, Veintinueve y Frente Urbano Manuel Cepeda Vargas y las compañías móviles Ambrosio González, Gabriel Galvis, Jacobo Arenas y Miller Perdomo, Daniel Aldana y Mariscal Sucre. Por su parte, La División del Ejército con mayor cobertura en el occidente colombiano es la Tercera, la cual se encuentra en los departamentos de Cauca, Nariño, Caldas, y Valle del Cauca. La conformación de esta división ha cambiado sucesivamente (Entre 2002 y 2008, la Tercera División estuvo integrada por las Brigadas 3, 8, 24 y 29, así como por las Brigadas móviles 6, 14, 19 y 20) y actualmente está constituida por las Brigadas Tercera, Vigésima Tercera y Vigésima Novena y las Fuerzas de Apoyo de Tarea Apolo y Pegaso. En el Departamento del Cauca concretamente funcionan en la actualidad: - La Tercera Brigada en los municipios de Padilla, Puerto Tejada, Santander de Quilichao, Suárez, Timbío, Guachené y Villa Rica (Disposición No. 0004 de 2005 del 22 de febrero de 2005 del Ejército Nacional). - La Vigésimo Novena Brigada, con jurisdicción en los municipios de: Popayán, Argelia, Almaguer, Balboa, Bolívar, Cajibío, Caldono, El Bordo, El Tambo, Florencia, Guapi, La Sierra, La Vega, López de Micay, Mercaderes, Morales, Piendamó, Puracé, Rosas, San Sebastián, Santa Rosa,

Silvia, Sucre, Sotará, Timbío, Timbiquí, Totoró. Su comando queda en Popayán. (Disposición No. 0004 de 2005 del 22 de febrero de 2005 del Ejército Nacional). 8 En esta región se creó inicialmente el Frente 6 de las FARC y tendría una importancia especial en el Bloque Occidental. Centro de Memoria Histórica (2012), Nuestra Vida ha sido nuestra lucha. Resistencia y Memoria en el Cauca Indígena, Bogotá, CNMH, págs. 375 a 377. 5 Cara 1 863 42 Boqot (Coomt .). • Informe No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación "estructuras y perfiles del Bloque Occidental de las FARC", 2018. • Informe No. 07 de la Fiscalía General de la Nación, Violencia Basada en Género cometidas por agentes del Estado, 2018. • Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC): Informes sobre afectaciones a los Pueblos Indígenas de Colombia. • Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC): Informe sobre criminalización y ataques contra los pueblos y comunidades indígenas que defienden sus derechos en Colombia, 2.018. • Centro Nacional de Memoria Histórica, Nuestra Vida ha sido nuestra lucha. Resistencia y Memoria en el Cauca Indígena, Bogotá. 2012. • Centro Nacional de Memoria Histórica, Hasta encontrarlos. Drama de la desaparición forzada en Colombia, Bogotá, 2016. • Centro Nacional de Memoria Historica, 1BASTA YA1 Colombia Memorias de guerra y dignidad,. Bogotá, 2013.

  • Centro Nacional de Memoria Histórica, Una Nación Desplazada. Informe nacional del desplazamiento forzado en Colombia, Bogotá, 2015 • Centro Nacional de Memoria Histórica, Tomas y ataques guerrilleros (1965-2013), Bogotá, 2016. • Centro Nacional de Memoria Histórica, La guerra inscrita en el cuerpo, Bogota, 2017. o Centro Nacional de Memoria Histórica, Una guerra sin edad, Bogotá, 2017.

13. Que, dentro del proceso de priorización se buscó construir y agrupar en distintas categorías, universos provisionales de hechos que cumplan con los factores de competencia material, temporal y personal10 : 13.1. La competencia material busca determinar el objeto sobre el cual versará la investigación, la cual en virtud de un proceso de priorización exige la "construcción de macroprocesos que responden a una serie de elementos comunes determinados por factores relacionados con la gravedad y la representatividad como el lugar, el tiempo, la forma de comisión, los sujetos pasivos o grupos sociales afectados, los sujetos activos, la escala de comisión o la evidencia disponible"11. En este sentido, el proceso de priorización consiste en una "técnica de gestión de la investigación criminal, que consiste en reagrupar casos individuales, de conformidad con patrones criminales, construidos a partir del cruce de ° Criterios y metodología de priorización de casos y situaciones en la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, 2018, pág. 9. 11 Corte Constitucional, Sentencia C-579 de 2013. 6 cr ¡46344 8ogo CCoorrc.

' iiSDICCJN PiP.A LA PAZ dferentes variables (temporales, geográficas, calidad de la víctima, etcétera), y de esta forma, concentrar los esfuerzos investigativos hacia determinados sospechosos u organizaciones criminales"12 En virtud de ello se realizó un análisis de diversos criterios, tales como los sujetos pasivos, los sujetos activos, la importancia geoestratégica y geoeconómica y la escala de comisión de hechos victimizantes 13 . 13.1.1. En relación con los sujetos pasivos, el Cauca es uno de los departamentos con mayor porcentaje de población perteneciente a pueblos étnicos en Colombia, la cual constituye más del 40 por ciento de la población total 14. Si bien gran parte de la población afrocolombiana habita en el Pacífico y de la población indígena en la Cordillera, en el norte del departamento cohabitan ambos pueblos étnicos, constituyendo la mayoría de la población en casi todos los municipios15. En concreto en los municipios del norte del Cauca encontramos la siguiente población:

MUNICIPIO POBLACIÓÑ POBLACIÓN OTROS POBLACIÓN INDÍGENA AFRODESCENDIENTE TOTAL Buenos Aires 3.694 (16.2%) 15.620 (68.5%) 3.490 (15.3%) 22.804

Caldono 21.917 (70.6%) 155 (0.5%) 8.973 (28.9%) 31.045 Caloto 8.561 (23.2%) 23.026 (62.4%) 5.314 (14.4%) 36.901

Corinto 10.111 (44.3%) 6.254 (27.4%) 6.460 (28.3%) 22.825 Morales 14.990(43.6%) 1.536(6.3%) 7.855(32.1%) 24.381 > Santander de 15.645 (19.4%) 26.776 (33.2%) 38.321 (47.5) 80.653 Quilichao Suárez 4.028 (21.2%) 11.040 (58.1%) 3.934 (20.7%) 19.002 Toribío 25.524 (95.9%) 53 (0.2%) 1.039 (3.9%) 26.616

TOTAL 104.470 84.460 75.386 264.316

Fuente: Dane - Censo General 2005 12 Corte Constitucional, Sentencias C-694 de 2015 y C-674 de 2017. 13 Las valoraciones aquí realizadas no pueden entenderse como una forma de calificación jurídica de hechos de violencia relacionados con el conflicto armado, ni involucran determinaciones probatorias de ningún tipo. 14 Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE. Censo General 2005. Resultados Conciliación Censal por Departamentos. 15 La cohabitación en el departamento del Cauca no ha sido en todos los casos pacífica. No sólo se encuentra población indígena y afrodescendiente, sino que también hay una población campesina consolidada. A partir de estas dificultades se ha podido constatar cuestiones tales como el concepto de territorialidades superpuestas (Agneu y Oslender 2010), en donde cada uno de los pueblos étnicos

ha realizado delimitaciones territoriales invisibles como fronteras con los demás pueblos. 7 1 6314 Bogota !fl• L (N EPECIALPARALA PAZ 13.1.1.1. La población que se autodefine como indígena en el departamento del Cauca, según el DANE (2005) es la segunda del país con 248.532 personas, los cuales equivalen al 17,85% del total nacional (1.392.623). 13.1.1.2. El conflicto ha tenido un especial impacto en los pueblos indígenas del Cauca, siendo para la Organización Nacional Indígena de Colombia -ONICuno de los departamentos en los cuales se han presentado una mayor violación de sus derechos individuales y colectivos16 . Esta situación ha sido reconocida por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la cual ha proferido las medidas cautelares MC255/1117, MC-301 200818, MC del 31 de octubre de 200519. MC 14 de octubre de 200420 y MC del 7 de enero de 199821, todas las cuales incluyen municipios ubicados en el Norte del Cauca. 16 Organización Nacional Indígena (ONIC): Infórme sobre criminalización y ataques contra los pueblos y comunidades indígenas que defienden sus derechos en Colombia, 2.018, pág. 4: "Hoy esta criminalización hacia los líderes indígenas en el país se ha traducido igualmente en la sistemática y continua violación a los derechos individuales y colectivos de los Pueblos Indígenas, es así que en lo que llevamos del proceso de Post acuerdo de Paz, se han presentado 48 muertes en todo el país. Los departamentos con mayores

violaciones han sido: Cauca: 22 casos; Chocó: 7 y Nariño: 4; dentro de los homicidios ocurridos se evidencia la participación de agentes del Estado y grupos armados al margen de la ley". 17 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida Cautelar MC255111: a favor de los indígenas pertenecientes a los Resguardos de San Francisco, Toribío, Tacueyó y lambaló, del Pueblo Nasa, ubicados en los Municipios de Toribío y Jambaló en el Departamento del Cauca, por hechos relacionados con homicidios, desaparición forzada, reclutamiento, contaminación de territorio con armas de guerra, destrucción de bienes (viviendas, cultivos, animales) de subsistencia de las familias indígenas, amenazas, señalamientos, confrontación armada en medio de la población civil, ataque indiscriminado con armas no convencionales (tatucos), instalación de minas antipersonales, restricción de la movilidad, restricción de acceso de alimentos al territorio, en el marco del conflicto armado interno. 18 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida cautelar MC-301 2008, a favor de 32 dirigentes y asesores del Consejo Regional Indígena del Cauca -CRIC, pertenecientes, entre otros, al Pueblo Nasa, Misak, Yanaconas, Eperara Siapidara, Totoroes y otros, ubicados en el Departamento del Cauca, por hechos relacionados con amenazas contra la vida e integridad personal, asesinatos y estigmatización realizada por los actores armados, en razón a sus labores dirección y liderazgo del

movimiento indígena. 19 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida cautelar del 31 de octubre de 2005, a favor de líderes indígenas de la Asociación de Cabildos Indígenas del Norte del Cauca-ACIN, pertenecientes al Pueblo Nasa, ubicados en los municipios de la zona norte del Departamento del Cauca, por hecho relacionados con amenazas y actos de violencia realizadas por los actores armados en conflicto y el Ejército Nacional. 20 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida cautelar 14 de octubre de 2004, a favor de los integrantes de la Asociación Caucana de Desplazados del Naya ASOCADEINA, pertenecientes algunos de ellos Pueblo Nasa, Reubicados en el sitio la Laguna, Municipio de Tibío en el Departamento del Cauca, por hechos relacionados con amenazas, desplazamientos forzosos, a causa de la masacre del Alto Naya ocurrida en abril del año 2001. 21 Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Medida cautelar del 7 de enero de 1998, a favor de líderes indígenas, pertenecientes al Pueblo Nasa, ubicados en el Municipio de Caloto, Norte del Departamento del Cauca, por hechos relacionados con el trámite del caso 11.101 masacre de Caloto 8 C1rrefo 863-44 B090',á (Cc1om L • -/ 1 /1 u 1 'LA PAZ 13.1.1.3. Por otra parte, el DANE reportó que para el 2005 en Cauca se identificaban

165.228 afrodescendientes y aunque la mayor parte de esta población se ubica en la Costa Pacífica del departamento, también se ha reconocido titulación colectiva a un número significativo de pobladores afrocolombianos en territorio de Buenos Aires, donde se halla el Consejo Comunitario de la Cuenca del río Cauca -al que pertenecen cerca de 17 mii personas-. Adicionalmente, en el norte del Cauca las comunidades se han organizado para conformar la Asociación de Consejos Comunitarios del Norte del Cauca que congrega 32 consejos comunitarios en esta región. Estos consejos abarcan Padilla, Caloto, Santander de Quilichao (municipio con mayor número de población afrodescendiente del departamento 26.720 en total), Corinto, Suárez, Miranda, Puerto Tejada, Guachené y Villa Rica. La comunidad afrodescendiente en el Cauca ha sufrido una afectación especial por el conflicto armado, pues muchos de sus miembros huyeron de la violencia en el Pacifico Colombiano23 pero llegaron a otra , región muy violenta, teniendo que soportar estas condiciones de revictimización o siendo nuevamente desplazados a otras regiones del país. 13.1.2. En el estudio del análisis de sujetos activos se determinó la concentración y la presencia de todos los actores del conflicto, esto es de las FARC-EP (en especial del Bloque: Occidental), de la créación de la Tercera División del Ejército como respuesta al mencionado bloque y otros actores tales como el Bloque Calima de las AUC. El despliegue de las FARC-EP en la región ha sido muy amplio, pues este grupo guerrillero se fundó en los límites del Tolima y el Cauca y luego se extendió

a través de los Frentes Sexto, Octavo, Trece, Veintinueve, Treinta y Sesenta y las Columnas Móviles Jacobo Arenas y Arturo Ruiz24. Por su parte, el ELN cuenta con las compañías Milton Hernández y Omaira Becerra y las Columnas Móviles Camilo Cien Fuegos y Manuel Vásquez Castaño. En los años 80, ingresaron las AUC al departamento a través del Frente Libertadores del Sur y los Bloques Calima, Farallones y Pacífico25. Para responder a estos grupos se creó la Tercera División del ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, y amenazas de los paramilitares que hacen presencia en la zona. Fundación Ideas para la Paz / USAID / OIM: Dinámicas del Conflicto Armado en el Sur Del Valle y Norte Del Cauca y su Impacto Humanitario, Área de Dinámicas del Conflicto y Negociaciones de Paz Unidad de Análisis 'Siguiendo El Conflicto' - Boletín # 72, Bogotá, 2014. 23 Fundación Ideas para la Paz / USAID / OIM: Dinámicas del Conflicto Armado en el Sur Del Valle y Norte Del Cauca y su Impacto Humanitario, Área de Dinámicas del Conflicto y Negociaciones de Paz Unidad de Análisis 'Siguiendo El Conflicto' - Boletín # 72, Bogotá, 2014, págs. 71 y ss. 24 Informe No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación sobre estructuras y perfiles del Bloque Occidental de las FARC, 2018. 25 Indepaz (2015), XI Informe sobre presencia de grupos narcoparamilitares 2014 -Descripción General-,

Bogotá, 2015. 9 .3 4' Bogozá lColombia) • L cci LA PAZ Ejército, dentro de la cual se destacan las Brigadas Tercera y Vigésimo Novena 26. La presencia de todos estos actores del conflicto tuvo un impacto masivo en la victimización de los habitantes del área, pues en los últimos 25 años han existido fuertes disputas de control territorial.27 13.1.3. Como factor geoestratégico y geoeconómico se determinó que el departamento del Cauca está ubicado en el suroccidente colombiano, entre las Cordilleras Central y Occidental y los departamentos del Valle del Cauca, Nariño, y Huila. Cuenta con una porción territorial de 140 kilómetros de costa en el Pacífico y fronteras de menor tamaño con Tolima, Huila, Caquetá y Putumayo 28 lo cual lo hace , un corredor estratégico y una región con las condiciones agrícolas propicias para el cultivo de coca, marihuana y amapola, circunstancia que le dio particular relevancia para varios grupos armados. Los municipios de Corinto, Caloto y Toribío se encuentran entre los 10 municipios con mayor cantidad de cultivos de coca 2930 lo , cual a su vez ha afectado profundamente a los otros 5 de la región, convirtiéndola en una zona de permanente disputa territorial entre las FARC, las Autodefensas y el Ejército Nacional31. Ello se ve reflejado en que estos 8 municipios concentran el 71 por ciento de minas antipersonales del departamento, siendo una de las zonas más

afectadas por el confinamiento en Colombia, circunstancia que tiene un impacto adicional por la gran presencia de pueblos étnicos que se desplazan por la región. 32 26 Disposición No. 0004 de 2005 del 22 de febrero de 2005 del Ejército de Colombia. lnforme No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación sobre estructuras y perfiles del Bloque 27 Occidental de las FARC, 2018. Ministerio de Justicia / Departamento del Cauca / UNODC: Plan departamental de reducción de la 28 oferta de sustancias psicoactivas, 2014 - 2015, Cauca, 2014. 29 Informe de Monitoreo de territorios afectados por cultivos ilícitos 2016 Julio 2017 (en hectáreas). 30 El cultivo de coca había permanecido en niveles relativamente bajos hasta 2006. A partir de ese año el área sembrada se triplicó alcanzando en 2009 un total de 6.144 hectáreas, pasando a integrar el grupo de los tres departamentos con mayor área sembrada de esa planta en el país 30. De acuerdo al "Informe de Monitoreo de territorios afectados por cultivos ilícitos 2016 - Julio 2017", realizado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC), el mayor crecimiento de los cultivos de coca se presentó en las zonas de los ocho municipios priorizados durante los últimos 10 años así: 5.422 hectáreas (2008); 6.597 (2009); 5.908 (2010); 6.066 (2011); 4.325 (2012); 3.326 (2013); 6.389 (2014);

8660 (2015): 12.595 (2016). La tendencia identificada en el país evidencia que 10 municipios a nivel nacional concentran el 48% del área sembrada con coca en 2016, de los cuales, según la tabla No. 2 del informe, tres están ubicados en el Norte del Cauca, como son Corinto, Caloto y Toribío. Es de señalar que en el departamento del Cauca el cultivo de coca había permanecido en niveles relativamente bajos hasta el 2006, ya que a partir de este año el área sembrada se triplicó alcanzando en 2009 un total de 6.597 hectáreas, convirtiéndose así en el tercer departamento con mayor área sembrada con coca en el país. A partir del 2010 comienza a mostrar una importante tendencia a la reducción pasando de 5.908 a 4.325 hectáreas cultivadas en el 2012. 31 Informe No. 1179653 de la Fiscalía General de la Nación sobre estructuras y perfiles del Bloque Occidental de las FARC, 2018. 32 http://www.accioncontraminas.gov.co/estadisticas/Pagiflas/victimas-minasantiPersonal.asPX 10 63 3ogot (Coorn' - . 13.1.4. En relación con la escala de la comisión de los hechos victimizantes cuya competencia corresponde a la Jurisdicción Especial para la Paz, se determinó que el norte del Cauca es una de las régiones que mayores efectos sufrió por el conflicto armado en Colombia: (i) es la zona en la cual se presentaron mayor cantidad de tomas y ataques guerrilleros , (ji) es la tercera re

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