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MINAGRICULTURA - Resolución 000291 de 2023

Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural

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Detalles

Título
MINAGRICULTURA - Resolución 000291 de 2023
Autor
Ministerio de Agricultura y Desarollo Rural
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2023

REPUBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Orden

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2023

Mk 00029 1 2 5 AGO. 2073 “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” LA MINISTRA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 208 de la Constitución Política, los numerales 3 y 6 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, los artículos 3 y 6 del Decreto 1985 de 2013; y, CONSIDERANDO: Que el artículo 64 de la Constitución Política, indica que “Es deber del Estado promover el acceso progresivo a la propiedad de la tierra del campesinado y de los trabajadores agrarios, en forma individual o asociativa (...) El campesinado es sujeto de derechos y de especial protección, tiene un particular relacionamiento con la tierra basado en la producción de alimentos en garantía de la soberanía alimentaria (...) El Estado reconoce la dimensión económica, social, cultural, política y ambiental del campesinado, así como aquellas que le sean reconocidas y velará por la protección, respeto y garantía de sus derechos individuales y colectivos (...)" Que el artículo 65 de la Constitución Política, dispone que “La producción de alimentos gozará de la especial protección del Estado. Para tal efecto, se otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. De

otorgará prioridad al desarrollo integral de las actividades agrícolas, pecuarias, pesqueras, forestales y agroindustriales, así como también a la construcción de obras de infraestructura física y adecuación de tierras. De igual manera, el Estado promoverá la investigación y la transferencia de tecnología para la producción de alimentos y materias primas de origen agropecuario, con el propósito de incrementar la productividad.” Que el parágrafo 1 del artículo 102 de la Ley 101 de 1993, adicionado por la Ley 811 de 2003, establece que las organizaciones de cadenas en el sector agropecuario son órganos de concertación permanente entre los distintos eslabones de las cadenas, entre estos y el GobiernoRESOLUCION NUMERO E. 00 02 9 1 DE 2023 Página No. 2 de 6 Continuación de la Resolución. “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” Que los numerales 2, 4 y 7 del artículo 3 del Decreto 1985 de 2013, establecen como funciones del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, entre otras, “Formular políticas, planes, programas y proyectos agropecuarios, pesqueros y de desarrollo rural, fortaleciendo los procesos de participación ciudadana y planificación del territorio, bajo Jos lineamientos de la política macroeconómica”, “Formular, coordine adoptar y hacer seguimiento a la política de desarrollo rural con enfoque territorial, en lo relacionado con el ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generación de ingresos, y gestión de bienes públicos rurales” y “Formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la

ordenamiento social de la propiedad rural y uso productivo del suelo, capacidades productivas y generación de ingresos, y gestión de bienes públicos rurales” y “Formular, coordinar, adoptar y hacer seguimiento a la política de desarrollo agropecuario, en lo relacionado con las cadenas agropecuarias, innovación tecnológica, protección del riesgo sanitario y el financiamiento sectorial.” Que la ley 2294 de 2023, por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 — 2026: “Colombia Potencia Mundial de la Vida”, tiene como objetivo sentar las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, la no repetición del conflicto, el cambio de nuestro relacionamiento con el ambiente y una transformación productiva sustentada en el conocimiento y en armonía con la naturaleza. Este proceso debe desembocar en la paz total, entendida como la búsqueda de una oportunidad para que todos podamos vivir una vida digna, basada en la justicia; es decir, en una cultura de la paz que reconoce el valor excelso de la vida en todas sus formas y que garantiza el cuidado de la casa común. El Plan Nacional de Desarrollo se materializa en cinco (5) transformaciones, de las cuales frente al sector agropecuario contempla: Transformación 1. Ordenamiento del territorio alrededor del agua Transformación 3. Derecho humano a la alimentación. Transformación 4. Transformación productiva, internacionalización y acción climática. Que el artículo 3 del Decreto Ley 4145 de 2011, dispone que el objeto de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos

Transformación 4. Transformación productiva, internacionalización y acción climática. Que el artículo 3 del Decreto Ley 4145 de 2011, dispone que el objeto de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos AgropecuariosUPRA, consiste en “orientar la política de gestión del territorio para usos agropecuarios. Para ello la UPRA planificará, producirá lineamientos, indicadores y criterios técnicos para la toma de decisiones sobre el ordenamiento social de la propiedad de la tierra rural, el uso eficiente del suelo para fines agropecuarios, la adecuación de tierras, el mercado de tierras rurales, y el seguimiento y evaluación de las políticas públicas en estas materias.” Que bajo este marco, la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios — UPRA, ha apoyado en la formulación de los planes de ordenamiento productivo de las cadenas agrícolas y pecuarias del país, con un enfoque de política pública que impulsa la transformación del campo, hacia el logro de la seguridad alimentaria, laRESOLUCION NUMERO er:h 009 q PE 2023 Página No. 3 de 6 Continuación de la Resolución. “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” competitividad en el mercado y el desarrollo sostenible; a través de un instrumento de planificación estratégica que permite al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el apoyo de los actores públicos y privados, involucrados con las cadenas productivas, orientar al sector con visión de largo plazo. Que el artículo 2 de la Resolución 81 de 2011, reconoció la Organización de

involucrados con las cadenas productivas, orientar al sector con visión de largo plazo. Que el artículo 2 de la Resolución 81 de 2011, reconoció la Organización de la Cadena Agroalimentaria de la papa y su industria, como cuerpo consultivo del Gobierno Nacional en materia de política para el subsector de la papa. Que mediante Resolución 128 de 2017, modificada por la Resolución 00339 de 2022, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, adoptó las Bases para la Gestión del Territorio para Usos Agropecuarios y los lineamientos de su estrategia de planificación sectorial agropecuaria, así como los lineamientos de política para el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, los cuales constituyen el instrumento que direcciona el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural en el territorio nacional. Que el numeral 2 del artículo 5 de la citada resolución, define el Ordenamiento Productivo como “un proceso participativo de planificación multisectorial, de carácter técnico, administrativo y político, que busca contribuir al uso sostenible de los recursos en el territorio, con el propósito de mejorar la productividad agropecuaria, la seguridad alimentaria y la competitividad local, regional, nacional e intemacional, bajo principios de responsabilidad social y sostenibilidad ambiental.” Que en el artículo 1 de la Resolución 261 de 2018, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, definió la Frontera Agrícola Nacional como “el límite del suelo rural que separa las áreas donde se desarrollan las actividades agropecuarias, las áreas condicionadas y las áreas protegidas, las de especial importancia ecológica, y las demás áreas en la que las actividades agropecuarias están excluidas por mandato de la ley”, en donde en el artículo

agropecuarias, las áreas condicionadas y las áreas protegidas, las de especial importancia ecológica, y las demás áreas en la que las actividades agropecuarias están excluidas por mandato de la ley”, en donde en el artículo 4 estableció que el objetivo de la Frontera Agrícola Nacional es “Contribuir a la formulación y focalización de la política pública del sector agropecuario, pesquero y de desarrollo rural. Además de promover el uso eficiente del suelo rural agropecuario, el ordenamiento productivo y social de la propiedad rural, y el fortalecimiento de la productividad y competitividad de las actividades agropecuarias”. Que, de acuerdo con lo anterior, la Frontera Agrícola Nacional se convierte en el instrumento que establece el marco de aplicación espacial en el territorio nacional del Plan de Ordenamiento Productivo de la Cadena de la papa en Colombia. Que la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de memorando 2023-520-021588, remitió memoria justificativa, señalando entre otros los siguientes aspectos: - La cadena de la papa tiene grandes posibilidades de desarrollo y contribución a la economía nacional por la vía de aumento de la , e i3 \RESOLUCIÓN NÚMERO me 0 00 29 1 DE 2023 Página No. 4 de 6 Continuación de la Resolución. “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” productividad, la restitución de una balanza comercial positiva con altos niveles de exportación y sustitución de las importaciones de papa precocida congelada con producto elaborado en el país, el aumento del consumo interno, el mejoramiento de la calidad, la estabilización de los

niveles de exportación y sustitución de las importaciones de papa precocida congelada con producto elaborado en el país, el aumento del consumo interno, el mejoramiento de la calidad, la estabilización de los precios y la disminución del impacto ambiental en la fase primaria y de transformación industrial; no obstante, contar con suficiente área apta para el cultivo comercial tanto para el consumo en fresco como para el cultivo tecnificado con destino a la industria de procesamiento, se hace necesario mejorar la disponibilidad y acceso a bienes, servicios y tecnología que permitan el logro de los objetivos propuestos. - Con el fin de llevar la Cadena hacia la sostenibilidad económica, social y ambiental, al óptimo desarrollo de sus regiones y como parte de la estrategia de crecimiento económico del país, se formuló el Plan de Ordenamiento Productivo de la Cadena de la Papa el cual brindará a todos sus actores públicos y privados, la hoja de ruta que requiere el sector para su consolidación, en los próximos veinte (20) años. - El Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa, en Colombia para los próximos veinte (20) años, define el marco orientador de la política sectorial para la formulación y ejecución de los programas, proyectos y actividades a corto, mediano y largo plazo, que deben ser desarrolladas por actores y aliados estratégicos del sector público y privado, con el propósito de cumplir con la visión e imagen objetivo establecidas y contribuir al desarrollo competitivo y sostenible a nivel regional, nacional e internacional del sector papicultor colombiano. - LaCadena cuenta con el Consejo Nacional de la Papa, máxima instancia de concertación de la Cadena y asesora del Gobierno Nacional en materia de política para el subsector de la papa, conformada por representantes

regional, nacional e internacional del sector papicultor colombiano. - LaCadena cuenta con el Consejo Nacional de la Papa, máxima instancia de concertación de la Cadena y asesora del Gobierno Nacional en materia de política para el subsector de la papa, conformada por representantes del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, los productores primarios, los comercializadores mayoristas y minoristas, las industrias de procesamiento, los productores de semilla certificada, los proveedores de fertilizantes, agroquímicos y empaques, los centros de investigación y la academia. - Que mediante un proceso participativo de construcción y concertación con actores claves de la cadena de la papa liderado por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con el apoyo técnico de la UPRA, el Consejo Nacional de la Papa, el Departamento Nacional de Planeación, la Agencia de Desarrollo Rural, el Instituto Colombiano Agropecuario, las Secretarías de Agricultura de los departamentos de Cundinamarca, Boyacá, Nariño y Antioquia, la Corporación Colombiana de Investigación Agropecuaria - Agrosavia, la academia, los gremios del sector, las industrias de procesamiento industrial, la empresa privada y demás actores de los diferentes eslabones de la cadena productiva, se formuló el “Plan de Ordenamiento Productivo de la Cadena de la Papa en Colombia”., el cual fue presentado y aprobado por el Consejo Nacional de la Papa, en reunión realizada el día 23 de noviembre de 2022.RESOLUCIÓN NÚMERO — gy, () () 0.29 E 2073 Página No. 5 de 6 Continuación de la Resolución. “Por /a cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones”

Continuación de la Resolución. “Por /a cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” Que, en virtud de la memoria justificativa remitida por la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, documento en virtud del cual se expide la presente resolución, se hace necesario adoptar el “Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia”, como documento de planificación sectorial que aporte al desarrollo y consolidación de esta cadena productiva, constituyéndose como su política pública. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. Adopción del Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia. Adóptese el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia, el cual será marco de la política pública para los próximos 20 años, cuyo documento estará publicado en la página web del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural a partir de la expedición de la presente resolución. Artículo 2. Ámbito de aplicación. El Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa, se aplicará al interior de la Frontera Agrícola Nacional. Artículo 3. Coordinación del Plan de Acción. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, coordinará con el Consejo Nacional de la Papa, la ejecución y desarrollo del Plan de Acción contenido en el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia. Artículo 4. Implementación del Plan de Ordenamiento Productivo y seguimiento al Plan de Acción. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación

Cadena de la Papa en Colombia. Artículo 4. Implementación del Plan de Ordenamiento Productivo y seguimiento al Plan de Acción. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con el Consejo Nacional de la Papa, definirán anualmente durante el primer trimestre de cada año, el cronograma para la implementación del “Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia”, de acuerdo con los avances obtenidos en el año inmediatamente anterior, según informe de seguimiento y evaluación del plan de acción. Parágrafo. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales, con apoyo técnico de la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios - UPRA, formularán el Plan Maestro de Reconversión Productiva Agropecuaria para la cadena de la Papa, como estrategia para territorializar las acciones definidas en el Plan de Ordenamiento Productivo de esta cadena, que requieran de especial diferenciación según las características de cada región. Artículo 5. Informe de seguimiento y evaluación al Plan de Acción. La Dirección de Cadenas Agrícolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en coordinación con la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios — UPRA, presentarán El

1RESOLUCION NUMERO E”000 2 9 1 DE-2003 Página No. 6 de 6 .

Continuación de la Resolución. “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones”

1RESOLUCION NUMERO E”000 2 9 1 DE-2003 Página No. 6 de 6 .

Continuación de la Resolución. “Por la cual se adopta el Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia y se dictan otras disposiciones” al Consejo Nacional de la Papa y al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural durante el primer trimestre del año siguiente de cada año evaluado, el informe de seguimiento y evaluación del Plan de Acción. Artículo 6. Actualización del Plan de Acción. El plan de acción contenido en el “Plan de Ordenamiento Productivo para la Cadena de la Papa en Colombia” podrá ser actualizado por la Dirección de Cadenas Agricolas y Forestales del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, previo justificación técnica y aprobación escrita del Viceministro (a) de Asuntos Agropecuarios, de acuerdo con la dinámica y realidad productiva del sector, sin necesidad de modificar la presente resolución. Artículo 7. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. alos 7 5 A60. 13 JHENIFER MQJICA FLÓREZ Ministra de|Agrigultura y Desarrollo Rural Alexander Rodríguez Romero - Director Uso Eficiente del Suelo y Adecuación de TierraUPRA. 7 Elaboró: — Juan Carlos Avellaneda Micolta - Asesor Jurídico UPRA y 2 A Alejandro Flórez Vanegas — Dirección Uso Eficiente del Suelo y Adecuación de TierraUPRA AF Revisó: Héctor José Villarreal Márquez — Secretario Técnico Cadena Papa YA v

A Alejandro Flórez Vanegas — Dirección Uso Eficiente del Suelo y Adecuación de TierraUPRA AF Revisó: Héctor José Villarreal Márquez — Secretario Técnico Cadena Papa YA v Daniel Mauricio Aguillón Mayorga — Coordinador Cadenas Productos Permanentes y Hottifruticolas , Jannia Teresa Gómez Mojica — Directora de Cadenas Agrícolas y Forestales | " José Luis Quiroga. Director de Ordenamiento Social de e Rural MADR {4/~ Claudia Liliana Cortés López — Directora General UP! A Aprobó: \ — Juan Camilo Morales - Jefe Oficina Asesora Jurídica MADR _ Aura María Duarte Rojas - Viceministra de Asuntos Agropecudriós f-> -

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