CNE - Resolución 10948 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 10948 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 10948 DE 2023 (26 de septiembre) Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de El Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las conferidas por el inciso quinto del artículo 108 y el numeral 12 del artículo 265 de la Constitución Política y la Ley 1475 de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1.Mediante escrito radicado ante la Corporación el 30 de agosto del 2023 con el consecutivo CNE-E-DG-2023-028933, un ciudadano solicitó de manera anónima, para evitar represalias, la revocatoria de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ al CONCEJO del Municipio de El Socorro-Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades locales a celebrarse el 29 de octubre de 2023, por incurrir presuntamente en la inhabilidad contemplada en el numeral 3 del artículo 40 de la ley 617, en los siguientes términos: PRIMERO: La Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante Resolución No. 28229 del 14 de octubre de 2022 "Por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de autoridades territoriales (gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas
octubre de 2022 "Por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de autoridades territoriales (gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales) que se realizará el 29 de octubre de 2023" adoptó el calendario electoral determinando las etapas preclusivas y actividades que se deben desarrollar para las elecciones del próximo 29 de octubre de 2023.
SEGUNDO: De acuerdo a 105 términos establecidos en la Resolución No. 28229 del 14 de octubre de 2022 "Por la cual se establece el calendario electoral para las elecciones de autoridades territoriales
(gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles o miembros de las juntas administradoras locales) que se realizará el 29 de octubre de 2023", la fecha limite para inscripción de candidatos fue el día 29 de julio de 2023.
TERCERO: Que el pasado 08 de Agosto de 2023 la Registradurfa Municipal del Socorro, Deparramento de Santander, publico en la cartelera municipal el listado definitivo de aspirantes inscritos a la Corporación Publica - Concejo Municipal del Socorro, de las diferentes listas de partidos o movimientos políticos.
CUARTO: Que al revisar la lista de aspirantes al Concejo Municipal del Socorro inscrita por el partido Liberal Colombiano se observa que la integra en su número 10 el ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ, identificado con la eeclula 91.104.119.
QUINTO: Que el ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ, suscribió con el Municipio del Socorro, Santander', el contrato de prestación de servicios N° MC-SOC-2023-012 de
QUINTO: Que el ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ, suscribió con el Municipio del Socorro, Santander', el contrato de prestación de servicios N° MC-SOC-2023-012 de fecha 12 de mayo de 2023, cuyo objeto es «SERVICIO DE REVISION TÉCNICO MECANIC.A
DE GASES Y EXPEDICION DE Los CERTIFICADOS RESPECTIVOS PARA LOS VEHICULOS PERTENECIENTES AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO SANTANDER", por un plazo de 6 meses, contados a partir del acta de inicio.Resolución 10948 de 2021 Página 2 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933.
SEXTO: Que el día 17 de mayo de 2023, :are. suscrita el acta de :'sucio al contrato de prestación de ser:idos N° MC-SOC-2023-012. entre JORGE ALBERTO ARGUELLO G01411?..Z y el Municipio
del Socorro. Santander. SI1PTIMA: Que cualquier ciudadano colombiano que desee aspirar a cargos de elección popular debe respetar las reglas furias en la constitución y la ley y no podrá ser inscrito como candidato ni elegido coneeal municipal o distrital, quien re encuentre en causales de INHABILIDAD,
INCOMPATIBILIDAD PROHI3ICION. 2
respetar las reglas furias en la constitución y la ley y no podrá ser inscrito como candidato ni elegido coneeal municipal o distrital, quien re encuentre en causales de INHABILIDAD,
INCOMPATIBILIDAD PROHI3ICION. 2
OCTAVA: Que el artículo .10 de la Ley 617 de 2000, que modifico el Artículo 4_,3 de la Ley 136 de 1994, estableció las inhabilidades de los concejales, así: No podni ser inscrito corno candidato ni elegido conceial municipal o distrital:
3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del rive! municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban elccutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo. quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones. o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito.'
NOVENA: Que de acuerdo a la Resolución No. 28229 del 14 dc octubre de 2022 Por la cual se establece el calendario electoral para las cinedottes de autoridades territoriales (gobernadores, alcaldes, diputados, concejales t erlik:s C1 miembros de las juntas administradoras locales) sme„,se ~asá el 29 de octubre de 202.3r, el ciudadano JORGE ALI3ERTO ARGUELLO GOMEZ, celebro el contrato de prestaeW ■11 dr servicios MC-SOC-2023-012 de frrha 12 de mayo de 2023, con el Municipio del
de octubre de 202.3r, el ciudadano JORGE ALI3ERTO ARGUELLO GOMEZ, celebro el contrato de prestaeW ■11 dr servicios MC-SOC-2023-012 de frrha 12 de mayo de 2023, con el Municipio del Socorro, Santander, ente territorial al cual desea aspirar como Concejal Municipal, dentro do 19112 Jrneses antes de la elección= DECEVIA: Que cl ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ y el partido liberal Colonibiauo. transtoedieron la inhabilidad estab:ceida en el art. 40 tic la :ey 617 de 2000, debido a que la norma en m ención es clara al establecer "No podrá ser inscrito como candidato, quien dentro del al» anterior a lo elección haya intervenido en la celebración de contratos siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio" y r.d como se demuestra el ciudadano en mención suscribió tio COM ..1:1-:(> con la Alcald(a Municipal del Socorro el pasado 12 de mayo de 2023. (dentro de la fecha prohibida por la ley para quien desee aspirar) A partir de las anteriores consideraciones, formuló las siguientes pretensiones: PRETENSIONES Señores Magistrados, por los argumentos y pruebas aportadas, solicito que en uso de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las otorgadas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, PRIMERO: Se REVOQUE, ANULE y se MODIFIQUE,. la inscripción del ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ. idenlificado con la cedula 91.104.119, como aspirante al cargo
PRIMERO: Se REVOQUE, ANULE y se MODIFIQUE,. la inscripción del ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ. idenlificado con la cedula 91.104.119, como aspirante al cargo Conceial del Municipio del Socorro Departamento de Santander, dentro de :a lista conformada por el partido Liberal Colombiano, número 10.
Lo anterior por encontrarse incurso en causal objetiva de INHABILIDAD. al haber suscrito el contrato de prestación de servicios MC -SOC -2023 -012 de fecha 12 de mayo de 2023, con el Municipio del Socorro, dentro de los 12 meses antes de la elección.
SEGUNDO: Se sancione el partido político Liberal Colombiano, por hacer la inscripción irregular del ciudadano JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ, identificado con la eedula 91.104.119. al no verificar que se encuentra incurso en causal de inhabilidad.
TERCERO: Sc compulsen copias a la procuraduría por las violaciones al nigitrien disciplinario en calidad de contratista que derce funciones publica como lo estipula la ley 1952 de 2019. 1.2. Que, mediante acta de reparto número 65 del 4 de septiembre de 2023 expedida por la Subsecretaría de la Corporación, le correspondió al Magistrado ÁLVARO HERNÁN PRADA ARTUNDUAGA conocer del asunto radicado No. CNE-E-DG -2023-028933. 1.3. Mediante Auto del 8 de septiembre de 2023, se avocó conocimiento de la petición de revocatoria radicada CNE-E-DG -2023 -028933, se incorporaron unas pruebas y se decretó la práctica de otras, y se corrió traslado para ejercer derecho de defensa y contradicción.
revocatoria radicada CNE-E-DG -2023 -028933, se incorporaron unas pruebas y se decretó la práctica de otras, y se corrió traslado para ejercer derecho de defensa y contradicción. 1.4. La Corporación por intermedio de la Subsecretaría, comunicó el Auto de fecha 8 de septiembre de 2023, a los ciudadanos que a continuación se relacionan, así:Resolución 10948 de 2021 Página 3 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. Sujetos procesales Oficio / fecha de Comunicación del Auto Pronunciamiento frente al auto 08 de septiembre de 2023
PETICIONARIO
ANÓNIMO CNE-SS-AVE/74860/AHPA 202300028933 / 12 de septiembre de 2023 No se pronunció.
PARTIDO LIBERAL
COLOMBIANO CNE-SS-AVE/74862/AHPA 202300028933 / 12 de septiembre de 2023 No se pronunció.
Al Candidato: JORGE
ALBERTO ARGUELLO
GÓMEZ 2023
CNE-SS-AVE/74861/AHPA 202300028933 / 12 de septiembre de 202300019301-00 / 15 de agosto de 2023 Sí se pronunció.
ALCALDÍA MUNICIPAL
DE EL SOCORROSANTANDER
CNE-SS-AVE/74864/AHPA
202300019301-00 / 15 de agosto de 2023 Sí se pronunció.
ALCALDÍA MUNICIPAL
DE EL SOCORROSANTANDER CNE-SS-AVE/74864/AHPA 202300028933 / 12 de septiembre de 2023 No se pronunció. MINISTERIO PÚBLICO CNE-SS-AVE/74865/AHPA 202300028933 / 12 de septiembre de 2023 No se pronunció.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1. Marco Normativo. 2.1.1. Constitucional. "(...) ARTÍCULO 108. El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso. Toda inscripción de candidato incurso en causal de inhabilidad será revocada por el Consejo Nacional Electoral con respeto al debido proceso. ARTÍCULO 265. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y 9Resolución 10948 de 2021 Página 4 de 20
controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y 9Resolución 10948 de 2021 Página 4 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:
12. Decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y la ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos. (...)".
(Negrillas y Subrayado fuera de texto). 2.1.2. Ley Estatutaria 1475 de 2011. "(...) ARTÍCULO 28. INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS. Los partidos y movimientos políticos con personería jurídica podrán inscribir candidatos a cargos y corporaciones de elección popular previa verificación del cumplimiento de las calidades y requisitos de sus candidatos, así como de que no se encuentran incursos en causales de inhabilidad o incompatibilidad. Dichos candidatos deberán ser escogidos mediante procedimientos democráticos, de conformidad con sus estatutos. Las listas donde se
de sus candidatos, así como de que no se encuentran incursos en causales de inhabilidad o incompatibilidad. Dichos candidatos deberán ser escogidos mediante procedimientos democráticos, de conformidad con sus estatutos. Las listas donde se elijan 5 o más curules para corporaciones de elección popular o las que se sometan a consulta -exceptuando su resultadodeberán conformarse por mínimo un 30% de uno de los géneros. ARTÍCULO 31. MODIFICACIÓN DE LAS INSCRIPCIONES. La inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular sólo podrá ser modificada en casos de falta de aceptación de la candidatura o de renuncia a la misma, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de cierre de las correspondientes inscripciones. Cuando se trate de revocatoria de la inscripción por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobreviviente o evidenciada con posterioridad a la inscripción, podrán modificarse las inscripciones hasta un (1) mes antes de la fecha de la correspondiente votación. (...)". 2.1.3. Ley 1437 de 2011.
"(...) ARTÍCULO 34. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN Y PRINCIPAL.
Las actuaciones administrativas se sujetarán al procedimiento administrativo común y principal que se establece en este Código, sin perjuicio de los procedimientos administrativos regulados por leyes especiales. En lo no previsto en dichas leyes se aplicarán las disposiciones de esta Parte Primera del Código. ARTÍCULO 35. TRÁMITE DE LA ACTUACIÓN Y AUDIENCIAS. Los procedimientos administrativos se adelantarán por escrito, verbalmente, o por medios electrónicos de
aplicarán las disposiciones de esta Parte Primera del Código. ARTÍCULO 35. TRÁMITE DE LA ACTUACIÓN Y AUDIENCIAS. Los procedimientos administrativos se adelantarán por escrito, verbalmente, o por medios electrónicos de conformidad con lo dispuesto en este Código o la ley.Resolución 10948 de 2021 Página 5 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. Cuando las autoridades procedan de oficio, los procedimientos administrativos únicamente podrán iniciarse mediante escrito, y por medio electrónico sólo cuando lo autoricen este Código o la ley, debiendo informar de la iniciación de la actuación al interesado para el ejercicio del derecho de defensa. Las autoridades podrán decretar la práctica de audiencias en el curso de las actuaciones con el objeto de promover la participación ciudadana, asegurar el derecho de contradicción, o contribuir a la pronta adopción de decisiones. De toda audiencia se dejará constancia de lo acontecido en ella. (...)". 2.1.4. Ley 617 del 2000:
"ARTÍCULO 40 DE LAS INHABILIDADES DE LOS CONCEJALES
(...)
3. Quien dentro del año anterior a la elección haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el
negocios ante entidades públicas del nivel municipal o distrital o en la celebración de contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo municipio o distrito. Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en el régimen subsidiado en el respectivo municipio o distrito".
3. ACERVO PROBATORIO
Constituye el acervo probatorio lo siguiente: 3.1. PRUEBAS INCORPORADAS DE OFICIO 3.1.1. Formulario de inscripción de candidatos y constancia de aceptación de la candidatura E6 — CON nr.s.9:92115=.4 SOLICITUD SOMA LA thiSCIMPCION DE CANDIDATOS Y CONSTANCIA DE ACCOVALGOOM DE CANCEDIMMit D.A.Y1.441tto.senEsmos DOLITSCOS CON CONCEJO .:41:144!VAIBIN. ELECCIONES 'TERRITORIALES 29 Dé OCTUBRE DE 2023 E - 6 CO
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LOVA DECANO..
RELEE...DE NOMBRES APELLIDOS SEXO c4c....s. EDEO FIRMA OE EcEo -racIDIE 1 JOHN WALTER WARE° CAMAC HO O 91.109.701 44 C15-21585208 2 591550. ZAPATA PAC210.1 X 10.160.588 43 05-21585002 3 HERR:1E RTO s 44ENEZ PARRA X 13.901,059 75 EI5.21545505
GANA WIZE71-1 RODRIGUEZ VIO-ALBA X 1.034.702.353 32 VS-215E6504
5 J101,41-14.4.N EDUARDO 5.4.1480038 X 1.101685.717 35 E1,21585380
6 BLANCA LIGIA PINZON X 52.188.397 48 E15.21585507 7 ANDREA CAROUNA TOLEDO GOMEZ X 1.101.693.053 29 EIS-21583320 4 LUC AA 0182 X 37.943.359 60 E15-21002845 9 CRISTIAN JAVIER COLMENARES 17152074 X 1.035.484.423 22 EIS-21507279 10 WILLIAM ENRIQUE LIARON DUARTE X 91.112.184 39 .S-21008782 11 SAVIA MARA CMAVEZ 0,82 X 1.101E90185 26 .15.21594050 12 LILIANA MARCE1.3. TIRADUIZA M E RR e RA X 1.101.694.420 27 015.21586030 13 SORGE EN RIDUE ESPINEL PINTO X 5.765..75 54 EI5.21585827Resolución 10948 de 2021 Página 6 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. 3.1.2. Lista definitiva de candidatos E8CON nr191:1:1111''":
PARTIDOS O MOVIMIENTOS POLITICOS CON PERSOIKERIA JURIDICA DEL
CONCEJO NACIONAL ELECTORAL . _.-...
LISTA DEFINITIVA DE CANDIDATOS INSCRITOS '
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PARTIDOS O MOVIMIENTOS POLITICOS CON PERSOIKERIA JURIDICA DEL
CONCEJO NACIONAL ELECTORAL . _.-...
LISTA DEFINITIVA DE CANDIDATOS INSCRITOS ' CONCEJO amlint."144.119~ ELECCIONES 29 DE OCTUBRE DE 2023 E - 8 CO DEPARTAMtN16 -MUNICIPIO: CÓDIGO SANTANDER SOCORRO 27 1 199
- NOMBRE DEL PARTIDO O MOVIMIENTO POLITICO:
1: PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO ....
... OPCION DE VOTO
VOTO 1 X j VOTO NYE I
INFORMACION DE LOS CANDIDATOS
LISTA DE CANDIDATOS
(SOMBRES APELLIDOS CE DULA SEXO EDAD 1 10. 74 IVALT.R ELENCO CENACHO S1141121 X 44 2 WIL5011 ZAPA", PAC .074 21.15154.1 X 43 3 14CIIM1KTO ,11.1( 011 PARRA 131101051 X 75 1 !OSE MAURICIO VE LASOLIer. FERNANDEZ 71110117 X 43 5 )cr.i.sr,...u, EDUARDO SA1,40 P.... 130043717 X 35 O 131...IC A 1 IGIA 111742014 31011W X .1.0 7 ARCOSA CA.101..11,14 TOLEDO GOMEZ :10.033022 X 29 8 Loc.,. OF.Z. 21./44321 X 00 9 CR !ATAN .1 AVIE a COLMENARES 82.200 1045414423 X 22 10 JORGE 41.1115 R r O ARG1-111LO 00002 11(04101 X 13
9 CR !ATAN .1 AVIE a COLMENARES 82.200 1045414423 X 22 10 JORGE 41.1115 R r O ARG1-111LO 00002 11(04101 X 13 n 111916 VARIA C ..4VE2. D142 :101535143 X 25 12 LILIAN.. 74411C /LA ".4110.1: A 3E4 4 ERA 1:0:0344:4 X 27 13 JORGE CURILIld . ES 4'1,41. P17:0 3.53475 X 51
ESPACIO EXCLUSIVO PARA SER DILIGENCIADO POR FUNCIONARIOS ELECTORALES
DELEGADOS DEL REGISTRADOR NACIONAL ft REGISTRADOR NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
NOWIU.
g CARLOS MAURICIO RAMIREZ NEIP.A
•••....114, ...”..... 1 ........... 3.1.3. Propuesta Económica presentada dentro del proceso de contratación MC-SOC2023-012.
Socorro, mayo 03 de 2023
PROPUESTA ECONOMICA
Doctora
CLAUDIA LUZ ALBA PORRAS RODRIGUEZ
Alcaldesa Muructpal
Socorro Santander REFERENCIA: PROCESO DE SELECCIÓN DE MININA CUANTIA No. MCSOC-2023.012 objeto: -SERVICIO DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE GASES Y EXPEDICIÓN
DE LOS CERTIFICADOS RESPECTIVOS PARA LOS VEHICULO PERTENECIENTES
AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO".
JORGE ALBERTO ARGUEU_O GOMEZ. mayor de edad. cfcrnobado en Socorro Santancer, identificado con la cédula
AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO".
JORGE ALBERTO ARGUEU_O GOMEZ. mayor de edad. cfcrnobado en Socorro Santancer, identificado con la cédula do ciodadania número 91.108 309. por modo del presente me perrnrto presentar dentro Set proceso do seloccIOn do Le reforencua. cuyo objeto es: SERVICIO DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE GASES Y EXPEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS RESPECTIVOS PARA LOS VEHICULO PERTENECIENTES AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO. do acuerdo a las condiciones y obligaciones contractuales. la siguiente oferta eccnenuca: 17E51 VLIOCAILO RALA VALOR ARTES DE MA IVA 0TROLNIPUESTOIL NELINT.SICOVNECAUDO) ''''''« °<>" 39. 1 CA101000. 1A 2(.0(,20 1 203.1. S 23 /MI 5 46934 1 711,120 2 0A4507.E. VA 036130 1 203.714 5 30 700 / 40030 I 201210 1 C241.501,11 YA 0.16122 1 203.714 5 35 100 1 400110 S 2171.103
A 0000C.C.J51. 1241 21C S 12/.074 1 24 220 1 401.30 S 19151100
S morCOCLETA ~v.. I 127.474 E 24200 1 44 710 1 104.000 5 vOLOVE I. OSE 143 5 361.001 1 00.937 5 45431 5 46!275
VALOR COSTOS DIRECTOS S1.201.•21.
5 vOLOVE I. OSE 143 5 361.001 1 00.937 5 45431 5 46!275
VALOR COSTOS DIRECTOS S1.201.•21.
VALOR COSTO INIDEDICTO• (ESTADA...LAS. TASAS 0 CONTRISVC/ONEE DE TODO ORDEN) 1IES.104
VALOR TOTAL DEL CONTRATO 110..002
VALOR TOTAL DOS MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL PESOS (52.034.000.00) MONEDA CORRIENTE r <1.--C, ice .'"
JORGE ALBERTO ARGUELLO GOMEZ C.C. 91.108.300 Socorro Representante Lega COA COOTRASARAVTIA SAS. .3=.1 r„Ezzcl ió,:..:11 9. •Resolución 10948 de 2021 Página 7 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ, al Concejo del Municipio de Socorro - Santander, avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. 3.1.4. Propuesta Económica presentada dentro del proceso de contratación MC-SOC2023-012.
CARTA DE PRESENTACION DE LA PROPUESTA So:ono, mayo 03 á 2123
Dociam CLAUDiA LUZ ALBA PORRAS RODRIGUEZ ittddesa 'Aria p21
SD:D-DSZITUnce•
REFERENCE'.: PROCESO DE SELECODN DE NIMIA CURIA flo: WO•SCC.2623412
Dociam CLAUDiA LUZ ALBA PORRAS RODRIGUEZ ittddesa 'Aria p21
SD:D-DSZITUnce•
REFERENCE'.: PROCESO DE SELECODN DE NIMIA CURIA flo: WO•SCC.2623412
[cítola: "SERVICIO DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE GASES Y EXPEDICIÓN
DE LOS CERTIFICADOS RESPECTIVOS PARA LOS VEHICULO PERTENECIENTES
AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO'.
El susecto ,IORGE ALBERT O .ARGUELLO GOMEZ Ilcreficado coma aparece al pie de rni arma de acuerdo con la Iramoan Publna hawn-os la mg:narro aroputa cara SERVIC/O DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA Y DE GASES Y EXFIEDICIÓN DE LOS CERTIFICADOS RESPECTIVOS PARA LOS VEIiCULO PERTENECIENTES AL PARQUE AUTOMOTOR DEL MUNICIPIO DEL SOCORRO y, en caso cpc ros sea aceptada, por Alcakla Municipal de El Socecro, nos comptc~mos a arenare ouvrala aartmsyoandienie.
Declararnos col mismo: Gua esta propuesta y el corecato d.° llegare a celebrarse seta oompro naian a los firmamos de esta corta Que ninguna anudad o persona amarla a les !erran: es ten» ~es correr •:mi en esta ixepuesla ni en el cacicato probabk QUO da ala se derive.
Que carecemos la cCormacion ganará y damas documentos de la pesan» CadraiatieD y que accpcarros las rinswoecs en ellá contenidas. Que conocernos el 1:11k) de e..loco:con del contrato y hemos tomado aárda nota da sus
que accpcarros las rinswoecs en ellá contenidas. Que conocernos el 1:11k) de e..loco:con del contrato y hemos tomado aárda nota da sus caralárisocas y de las coad,cbras que puedan aladar su ciccucdn. Que nonos halamos intliDoS encausa! alguna Ce tnhakadac e inoompaltolel ad scAaaloa en a Ley y que ro nos encontramos en nnguno de los ciertos ce pu:Pinzones espaciales para contraer. Que no hemos sido sanocrados mediante acto aerranisamlno ajad:tarado por ninguna Ectidaa Oh:Miden/lodo los Mimas dos (21~ a Menores ala lacha de cierre del pW2a de la preserá con:taloa:en Que la presente propuesta consta de Lauree Cabudarrecte numerados. rinsnaart. Lata Una r-~al 1.1rksa - Vio Mr.a...Y Kr, 1 - Val 23.7.2 • 003.9 • errardr •••-•2,51.~-. a • Lana Urda.
Casta: ile7771011, t'Ud:__vas ,Xt . .E ,r1 11~: - 501~,1.1 -41trt191 •• •••••• ••••••••-•■ Qua ol vaa• dela prapl-K• Ira os CO 00$ MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL PCSOS. (52-034.000,00) MONEDA. CORRIENTE CS•zp sl so nos aiyackca al crwtrata. r•-aa a•araprlarr•ercrrrasa cona; P•rer I as barlaa5 remuondas
CUATRO MIL PCSOS. (52-034.000,00) MONEDA. CORRIENTE CS•zp sl so nos aiyackca al crwtrata. r•-aa a•araprlarr•ercrrrasa cona; P•rer I as barlaa5 remuondas y a aa,,,11•11' riese y .4.4 dont., Co los Fernmnn-..% acnalnacc para .11". suCtW.arnanta. "CDA COOTRASARAVIfA SASNI T. 90! .!.14 . 1 19 JORGE ALBERTO ARGUELLO OCRIEZ Cédula.. Cuettcbría dios 41 1503ca• Sccorrn Cfroanarr Lola tare C•caarawr. tát.ra • 14a Natboarr len 1 - Ala SUPTO - Enuada lva 010pwa Lecu C...1u1.- 2137172.50. 3,41. Oril4 Men C1.1. ..corro - Sarga r.dar ,7115.15WARZIOGUEUZI 130 SIIW flgorsucraart.1.~ C174. 0003~17."9111AResolución 10948 de 2021 Página 8 de 20 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura de JORGE ALBERTO ARGUELLO GÓMEZ. al Concejo del Municipio de Socorro - Santander. avalada por el PARTIDO LIBERAL COLOMBIANO, para las elecciones de autoridades territoriales del 29 de octubre de 2023, dentro del radicado CNE-E-DG-2023-028933. 3.1.5. Aceptación de la oferta presentada por la sociedad C.D.S: Cootrasaravita -S.A.S. dentro del proceso de contratación MC-SOC-2023-012.
3.1.5. Aceptación de la oferta presentada por la sociedad C.D.S: Cootrasaravita -S.A.S. dentro del proceso de contratación MC-SOC-2023-012.
ALeAudimi P.e wu in a: me. ~1 0. AM -.
Inh .fáktre•Otelemnár Wel ole 411 6144:111 IMOLI k ■T
CARTA DE ACEPTACIÓN De t A OPER TA DE LA
INVITACIÓN PUU LICA NIC-5CC-2021012
Saura, Walandr, 12 de reno or-Z123
CDS, DDOTIkella,RAVDA 8AS
NIT 901.104.119-3
RL..1(111(iE ALBERTO ARCVELLO DAYIEZ
CC 11 Samna 3187172451,— turno &(rente:: cctacconma-ainalornai.aam Garla Sriuda. Cls zentVuirldad con b dIsy.oesló aef el mitbk dale Ley 1474 a 2011 Y Decreto En de 24515, rre permito minntillurki qua. al Molope de &cerero, Seireeenlir, fiHInetseda la Inirkinde mte~1.010 rvinLváliaite irmlanS - p blíra delLw refemnaa Pita talco les eltesen a que Paya losr, se. tren, zoo cut Ileti4n0 ininke qua uno la Gamo Mea han suscit3 el malialn4,11:4419 ene del prausaa <la mirarle C11111U, ww a la lecha ca.eda tietkainerrki = Pg< Y1 rsilcrir, usted Mera c_enelr con lz eiecech:r cerdominico de cdeiradiNdad cal Las
ww a la lecha ca.eda tietkainerrki = Pg< Y1 rsilcrir, usted Mera c_enelr con lz eiecech:r cerdominico de cdeiradiNdad cal Las anido -es preoras en 13 luvit.:ei• mtii:71 Ni: rAC-8CC-21121012 y con las «maniere), brrnamius érn a pul:Le:II Leo ~enea ?mollas SZ11 t-S 111115111111: º.1.811~egellgE81;-.9141£12:_L mitrzleign ee denn ',ere cal iti Lthfileirip de E Swerre, sommiDr, u dewrzlil y .01 4x..11:,11,: 4trpir Molp 10: SERVIC0 DE RE/t51014 lECPIRCO leiticArnce y Oti OiLliFfV? PV:PFDIDION DE L08 CERTIFICADOS RESPECTIODS.pARA L03 VEHICVLOS PERTENECIENDO AL PARQUE AUTOMOTPRui t millilielP10 DEL BORRO, dL conicrrnli:n cci-N !u irtioiesla art:Nio la z2.11 ~rala Y ttelolUS oarzll~ted-frna rpsif Fo4 CUMULA 9EGLINDA1.41~12491.1rTO: El oiniab de! c uI ki lerv4sá mena los ~laces porrillo de. le ~be onlir.rArm dn celeallas aultyncteres coairdme aan lae narrree quo neer! la materia Y el reit al el adIc4162.01 2012, rd.arlieUla 51 de G. Ley len do DX2 y el I • cJa 11 do el.iry I ábl. W;0100 U ?gnu q-le 111 ~Ven a
reit al el adIc4162.01 2012, rd.arlieUla 51 de G. Ley len do DX2 y el I • cJa 11 do el.iry I ábl. W;0100 U ?gnu q-le 111 ~Ven a 1 Realzar la revisión lácnkra - mesuro y eerr>útS Y de pelo da ros vehículos mchourlolas presfiedod de la Alzakid dei ri‹il Mema y que se ero.relren reled:retem W 19 eche nem isee cómala rol ~Mar le siguen/a% E1 adeipiodp talada de la aun:cera, nere4es de ernitdb degkiaº y eiefrectos rxemarnhardas a:ardes corla lepOtistei 'atarle sobre lo molerla. El tuenArdeolinelina del sistema mecento. Fu:YA:1~1k~ ademado dei »lama ~dee5 cid conlait lic0, Erldende del eltdymme die IlirtitustiSrlitium D. Elemenee de ;orginidad buen entoo ce, 34tenlo, romos ctosutoodo eseiestireerei, n, ted iarolel «: qua «le cpere cen aire, ola ad cual.; seriales aci.olcos por klerjthl de las Oídas Pennbrin ck4 tmhz lo _Até u V 14 <4 Id &VII' ,;1 =a": • Clal 1« 1 hl:M/71 • CCM Rite~111. 101 7; X , .7. 1k1fn 'Ab aler3.wornakoltts- • klamluit.111M4Adh112400009. DO Re4YERO 15.01.JSMO e:retxre,
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