CNE - Resolución 14721 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 14721 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 14721 DE 2023 (26 de octubre)
Por medio de la cual se DA CUMPLIMIENTO al fallo de tutela proferido por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, el 17 de octubre de 2023, dentro el radicado 19001-33-33003-2023-00183-00 que ordena dejar sin efectos el trámite administrativo dentro de la entidad con radicado CNE-E-DG-2023-32073 desde el auto del 20 de sep tiembre de 2023, incluida la resolución No. 11329 de 27 de septiembre de 2023 que revocó al señor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO como candidato a la alcaldía del municipio de Suarez, Cauca y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso para garantizar su derecho fundamental al debido proceso.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, la Ley Estatutaria 1475 de 2011 y,
CONSIDERANDO
Que el señor JOHAN JAIRO OSORIO BRAVO, presentó acción de tutela contra el Consejo Nacional Electoral, ante el Tribunal Superior de Cauca con el fin de que se le proteja su derecho fundamental al debido proceso administrativo, invocando la presunta vulneración de este derecho por parte del Consejo Nacional Electoral al expedir la Resolución No. 11329 de 2023, dentro del proceso con radicación CNE-E-DG-2023-032073, amparo que por reparto fue
derecho por parte del Consejo Nacional Electoral al expedir la Resolución No. 11329 de 2023, dentro del proceso con radicación CNE-E-DG-2023-032073, amparo que por reparto fue asignado el número de radicado 19001-33-33-003-2023-00183-00 del Tribunal Superior de Cauca, magistrado ponente CARLOS HERNANDO JARAMILLO DELGADO.
Que, mediante fallo de primera instancia, del 17 de octubre de 2023 proferido por el Tribunal Superior de Cauca, magistrado ponente CARLOS HERNANDO JARAMILLO DELGADO , providencia que no fue recurrida por la oficina jurídica y de defensa judicial de esta entidad, se dispuso lo siguiente:
“(…) SEGUNDO: En consecuencia, se dejará sin efectos el mencionado trámite, desde el auto del 20 de septiembre de 2023, y en su lugar, ORDENAR a la CONSEJO NACIONAL ELECTORAL notifique al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso y le g arantice su derecho fundamental al debido proceso, de conformidad con la parte motiva de esta providencia. (…)”RESOLUCIÓN N o. 14721 de 2023 Página 2 de 3
Por medio de la cual se DA CUMPLIMIENTO al fallo de tutela proferido por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, el 17 de octubre de 2023, dentro el radicado 19001-33-33-003-2023-00183-00 que ordena dejar sin efectos el trámite
administrativo dentro de la entidad con radicado CNE-E-DG-2023-32073 desde el auto del 20 de septiembre de 2023, incluida la resolución No. 11329 de 27 de septiembre de 2023 que revocó al señor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO como candidato a la alcaldía del municipio de Suarez, Cauca y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso para garantizar su derecho fundamental al debido proceso.
Que se hace necesario dar cumplimiento al numeral segundo de la parte resolutiva de la acción de tutela que ordena dejar sin efectos el trámite administrativo contenido en el expediente del Consejo Nacional Electoral de radicado CNE-E-DG-2023-032073 desde la notificación del AUTO del 20 de septiembre de 2023, en relación con el señor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO : DAR CUMPLIMIENTO al fallo de tutela proferido por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, el 17 de octubre de 2023, dentro del radicado 19001-33-33003-2023-00183-00 que ordena dejar sin efectos el trámite administrativo dentro de la entidad con radicado CNE-E-DG-2023-32073 desde el auto del 20 de septiembre de 2023, incluida la resolución No. 11329 de septiembre 27 de 2023 que revocó al señor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO como candidato a l a alcaldía del municipio de Suarez, Cauca , y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso
BRAVO como candidato a l a alcaldía del municipio de Suarez, Cauca , y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso para garantizar su derecho fundamental al debido proceso.
ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNÍQUESE la presente decisión por intermedio de la Subsecretaría de la Corporación, a la Registraduría Nacional del Estado Ci vil, para lo de su competencia a los correos candidatos2023@registraduria.gov.co lhoyos@registraduria.gov.co
sdduque@registraduria.gov.co
ARTÍCULO TERCERO : COMUNÍQUESE al TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, al correo electrónico: stadmcauca@cendoj.ramajudicial.gov.co , el cumplimiento de la orden de tutela del 17 de octubre de 2023.RESOLUCIÓN N o. 14721 de 2023 Página 3 de 3
Por medio de la cual se DA CUMPLIMIENTO al fallo de tutela proferido por el TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAUCA, el 17 de octubre de 2023, dentro el radicado 19001-33-33-003-2023-00183-00 que ordena dejar sin efectos el trámite administrativo dentro de la entidad con radicado CNE-E-DG-2023-32073 desde el auto del 20 de septiembre de 2023, incluida la resolución No. 11329 de 27 de septiembre de 2023 que revocó al señor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO como candidato a la alcaldía del municipio de Suarez, Cauca y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso para garantizar su derecho fundamental al debido proceso.
la alcaldía del municipio de Suarez, Cauca y en su lugar ordena notificar al actor JOHN JAIRO OSORIO BRAVO en debida forma de la existencia del proceso para garantizar su derecho fundamental al debido proceso.
ARTÍCULO CUARTO : Contra la presente resolución no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los veintiséis (26) días del mes de octubre de dos mil veintitrés (2023).
ALFONSO CAMPO MARTÍNEZ
Presidente Magistrado Ponente
MARITZA MARTÍNEZ ARISTIZÁBAL
Vicepresidenta
Aprobado en la Sala Plena, del (26) de octubre de dos mil veintitrés (2023).
V.B: Adriana Milena Charari Olmos – Asesoría Secretaria General
Revisó: Reynel David De La Rosa SaurithAuxiliar Administrativo
Revisó: Fernando Mora y Roberto José Rodríguez Carrera – Asesor
Proyectó: Felipe Trigos FT
Radicado No CNE-E-DG-2023-32073