CNE - Resolución 15591 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 15591 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN 15591 DE 2023 15 de noviembre Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020009705 EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 265, numeral 6 de la Constitución Política de Colombia de 1991, 13 d e la Ley 1475 de 2011, 47 y 52 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con fundamento en los siguientes,
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-803 del 21 de mayo de 2020, el Fondo Nacional de Financiación Política remitió a la Subsecretaría de esta Corporación el reporte de los candidatos que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de campaña, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre del 2019. 1.2. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO 27 de octubre del 2019. 1.2. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO conocer del asunto sobre los candidatos del Partido Alianza Verde, que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar sus informes de ingresos y gastos de campaña. 1.3 Mediante oficio CNE-FNFP-803 de 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, relaciono las candidaturas que presuntamente incumplieron la obligación de presentar el informe de ingresos y gastos de campaña en el marco de las elecciones de autoridades locales del 27 de octubre de 2 019, solicitando a la Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral que efectuara el reparto de las mismas.Resolución 15591 de 2023 Página 2 de 17
Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 1.4 Por reparto especial efectuado el día 17 de junio de 2020, le correspondió al Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como ponente del asunto que fuera radicado: CNE-E1.4 Por reparto especial efectuado el día 17 de junio de 2020, le correspondió al Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como ponente del asunto que fuera radicado: CNE-EDG-2020009705., en los cuales se relacionaron las candidaturas con presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 inscritas por el PARTIDO ALIANZA VERDE. 1.5 A través de Oficio CNE-VAO-061 del 21 de septiembre de 2020, el Despacho del Magistrado Sustanciador solicitó a la Subsecretaría de la Corporación efectuara el desglose del expediente que se surtía bajo radicados No. 5073 -20 y 5074-20, con el propósito de que los procedimientos administrativos relacionados con los candidatos a cargos y corporaciones públicas se agruparan en actuaciones susceptibles de surtirse en distintos expedientes, al considerar que esto facilita la labor de la Sala Plena al momento de decidir sobre los casos en específico, dada la complejidad de efectuar un único procedimiento administrativo respecto de más de mil (1.000) candidaturas a investigar. 1.6. A través de oficio CNE-SS/34971/VAO de 23 de septiembre de 2020, la Subsecretaría de la Corporación en cumplimiento a lo ordenado por el Despacho Sustanciador, desglosó el expediente y en consecuencia correspondió a la presente actuación administrativa el radicado No. CNE-E-DG-2020009705., respecto de las candidaturas que en adelante se relacionan y que fueran avaladas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, quienes presuntamente transgredieron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar el informe de ingresos y que fueran avaladas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, quienes presuntamente transgredieron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar el informe de ingresos y gastos de sus campañas, con ocasión a las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019:
EXCANDIDATAS Y
EXCANDIDATOS
CÉDULA
CORPORACIÓN
O CARGO
MUNICIPIO
DEPARTAMENTO
LOCALIDAD
JUAN DAVID CABELLO
MATOS 1.004.463.477
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAWILLIAM JESÚS
VILLANUEVA ORTIZ
1.082.973.092
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENALUZ STEFFANY TOBAR
GUTIÉRREZ
1.082.994.929
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAAMARILYS DE JESÚS DE
LUQUE YEPES
36.542.263
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAVIERIS MARINA
REBOLLEDO RODRÍGUEZ
39.047.603
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAKELLY MARÍA NAVARRO
CAMPO 52.294.255
CONCEJO
SANTA 39.047.603
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAKELLY MARÍA NAVARRO
CAMPO 52.294.255
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAJENNEIRIS DEL CARMEN
JIMENEZ RODRÍGUEZ
57.298.879
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAROYER DAVID ESTRADA
GUERRA
77.096.476
CONCEJO
SANTA MARTA MAGDALENA -Resolución 15591 de 2023 Página 3 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705
JEISSON DAVID
RODRÍGUEZ CARDENAS
85.151.046
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAJUAN JOSÉ CAMARGO
MOZO 85.452.428
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAMARTA
MAGDALENAJUAN JOSÉ CAMARGO
MOZO 85.452.428
CONCEJO
SANTA MARTA
MAGDALENAJUAN DAVID BOLAÑO
CUELLO
1.004.354.140 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 1
TAYRONA
SAN PEDRO
ALEJANDRIN
O
MARTHA PATRICIA
CURVELO VARGAS
1.007.744.354 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 1
TAYRONA
SAN PEDRO
ALEJANDRIN
O
JOSÉ DE JESÚS CAMARGO
MARQUEZ
1.082.928.961 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 1
TAYRONA
SAN PEDRO
ALEJANDRIN
O
DENIS MARCELA ACUÑA
RAMÍREZ
1.082.993.585 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
RAMÍREZ
1.082.993.585 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 1
TAYRONA
SAN PEDRO
ALEJANDRIN
O
HANER ALBERTO
SANABRIA FUENTES
7.634.037 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 2
HISTORICA
RODRIGO DE
BASTIDAS
NELSON MALDONADO
BALAGUERA
85.468.913 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 1
TAYRONA
SAN PEDRO
ALEJANDRIN
O
LUIS ALBERTO
MANJARRES YEPES
85.476.259 JUNTA
ADMINISTRADO
RA LOCAL
SANTA MARTA
MAGDALENA
LOCALIDAD 3
TURISTICA
PERLA DEL
CARIBE
ARCANGEL MIGUEL
RANGEL MORALES
3.753.430
CONCEJO
SITIO NUEVO
MAGDALENAJOAQUIN ALONSO
CASTRO MUÑOZ
7.593.568
CONCEJO
ZAPAYAN
CONCEJO
SITIO NUEVO
MAGDALENAJOAQUIN ALONSO
CASTRO MUÑOZ
7.593.568
CONCEJO
ZAPAYAN
MAGDALENAYEMIT ANDRÉS POLO
VASQUEZ
1.065.656.494
CONCEJO
ZONA
BANANERA
(SEVILLA)
MAGDALENADIANA MARÍA BROCHERO
LEDESMA
57.170.623
CONCEJO
ZONA
BANANERA
(SEVILLA)
MAGDALENAJORGE ARMANDO
TRUJILLO SOTO
72.269.725
CONCEJO
ZONA
BANANERA
(SEVILLA)
MAGDALENADEIVISTH ANTONIO
CONTRERAS MURILLO
85.261.608
CONCEJO
ZONA
BANANERA
(SEVILLA) MAGDALENA1.7. Mediante auto proferido el 20 de abril de 2021, el Magistrado Ponente solicitó a través de la Secretaría Ejecutiva del Despacho incorporar al expediente los formularios de inscripción deResolución 15591 de 2023 Página 4 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 las candidaturas de los ciudadanos avalados por el PARTIDO ALIANZA VERDE en marco de las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 de octubre de 2019, para efectos de conocer con certeza sus datos de notificación. 1.8.Que mediante Resolución No. 7686 del 21 de octubre de 2021, se resolvió ABRIR INVESTIGACIÓN Y FORMULAR CARGOS con tra ocho (08) excandidatas y quince (15) excandidatos inscritos a distintos cargos y corporaciones de elección popular en la circunscripción electoral de Magdalena, avalados por el PARTIDO ALIANZA VERDE, por la presunta trasgresión de normas relacionadas con la presentación del informe de ingresos y gastos campaña, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, bajo Rad. CNE-E-DG-2020009705 Que los investigados y el Ministerio Público fue notificado de la siguiente manera:
Partes en el proceso Notificación Venció término para Descargos Presentación de Descargos JUAN DAVID CABELLO MATOS Partes en el proceso Notificación Venció término para Descargos Presentación de Descargos
JUAN DAVID CABELLO MATOS
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ
RODRÍGUEZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
ROYER DAVID ESTRADA GUERRA
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó 29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentóResolución 15591 de 2023 Página 5 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705
NELSON MALDONADO BALAGUERA
26-04-2022 Cartelera 18-05-2022 No presentó
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES Cartelera 18-05-2022 No presentó
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ
17-11-2021 Correo electrónico 09-12-2021 No presentó
YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS MURILLO
29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó
PARTIDO ALIANZA VERDE
16-11-2021 Correo electrónico 10-12-2021 No presentó
MINISTERIO PUBLICO
16-11-2021 Correo electrónico 10-12-2021 No presentó 1.9. Mediante auto del 21 de julio de 2022, el despacho de conocimiento resolvió correr traslado para presentar alegatos de conclusión. El cual fue comunicado de la siguiente manera: Partes en el proceso Comunicación Venció término para Alegatos Presentación de Alegatos para presentar alegatos de conclusión. El cual fue comunicado de la siguiente manera: Partes en el proceso Comunicación Venció término para Alegatos Presentación de Alegatos
JUAN DAVID CABELLO MATOS
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
VIERIS MARINA REBOLLEDO
RODRÍGUEZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ
RODRÍGUEZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
ROYER DAVID ESTRADA GUERRA
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JEISSON DAVID RODRÍGUEZ
CARDENAS
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentóResolución 15591 de 2023 Página 6 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705
DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
NELSON MALDONADO BALAGUERA
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
NELSON MALDONADO BALAGUERA
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ
22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 No presentó
YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS
MURILLO
28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó
PARTIDO ALIANZA VERDE
22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 No presentó
MINISTERIO PUBLICO
22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 12-08-2022 Extemporáneo 1.10 El 31 de agosto de 2022, el Congreso de la Republica eligió los nuevos magistrados que conforman el Consejo Nacional Electoral, siendo elegido para el cargo el Dr. CRISTIAN Extemporáneo 1.10 El 31 de agosto de 2022, el Congreso de la Republica eligió los nuevos magistrados que conforman el Consejo Nacional Electoral, siendo elegido para el cargo el Dr. CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO, quien heredo los expedientes del Magistrado VIRGILIO ALMANZA. 1.11. Mediante Resolución 4925 de 2022, del 26 octubre, se declaró FUNDADO el impedimento presentado por el Magistrado CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO, frente a la investigación de ciento sesenta y dos (162) expedientes relacionados con posibles transgresiones a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por parte del Partido Alianza Verde y sus avalados a las elecciones territoriales celebradas el 27 de octubre de 2019, los c uales, en atención al reglamento interno de la Corporación, fueron remitidos a la Honorable Magistrada ALBA LUCIA VELÁSQUEZ, mediante oficio CNE -I-2022-007703-ALVDGC del 10 de noviembre de 2022. 1.12. De oficio el Despacho Ponente recolectó los formularios E -6CO y E -8CO, así como el formulario E-26 de la Corporación en referencia, con ocasión a las elecciones del 27 de octubre del año 2019.Resolución 15591 de 2023 Página 7 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 1.13. El estudio de responsabilidad del PARTIDO ALIANZA VERDE por los hechos que aquí se mencionan se dará exclusivamente bajo el Radicado CNE-E-DG-2020009705 1.14 Mediante Resolución 720 del 31 de enero de 2023, Resuelve Por medio de la cual le termina la actuación a veinte (20) excandidatos y sanciona tres (3) excandidatos del Partido
Alianza Verde así:
ARTICULO PRIMERO: TERMINAR la actuación administrativa en contra de los siguientes ciudadanos dentro del expediente número CNE-E-DG-2020009705 por el presunto incumplimiento al deber establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en la presentación de informe de ingresos y gastos de campaña con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
EXCANDIDATOS CÉDULA
JUAN DAVID CABELLO MATOS 1.004.463.477
WILLIAM DE JESÚS VILLANUEVA ORTÍZ 1.082.973.092
LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ 1.082.994.929
JUAN DAVID CABELLO MATOS 1.004.463.477
WILLIAM DE JESÚS VILLANUEVA ORTÍZ 1.082.973.092
LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ 1.082.994.929
AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES 36.542.263
VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ 39.047.603
KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO 57.294.255
JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ RODRÍGUEZ 57.298.879
ROYER DAVID ESTRADA GUERRA 77.096.476
JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS 85.151.046
JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO 85.452.428
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO 1.004.354.140
MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS 1.007.744.354
JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ 1.082.928.961
DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ 1.082.993.585
HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES 7.634.037
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES 85.476.259
ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES 3.753.430
JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ 7.593.568
YEMIT ANDRES POLO VASQUEZ 1.065.656.494
DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA 57.170.623
ARTICULO SEGUNDO: SANCIONAR a los siguientes ciudadanos por el incumplimiento con el deber consignado en al artículo 25 de la ley 1475, por la no
DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA 57.170.623
ARTICULO SEGUNDO: SANCIONAR a los siguientes ciudadanos por el incumplimiento con el deber consignado en al artículo 25 de la ley 1475, por la no presentación de informe de ingresos y gastos de conformidad con la parte considerativa del presenta acto administrativo
EXCANDIDATO CÉDULA MULTA NELSON MALDONADO BALAGUERA 85.468.913 $ 1.232.781
JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO 72.269.725 $ 1,144,725
DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS
MURILLO 85.261.608 $ 1,144,725
ARTÍCULO TERCERO: SANCIONAR la actuación administrativa en contra del PARTIDO ALIANZA VERDE, con NIT 800-142-005-8, por el presunto incumplimiento al deber establecido en los numerales del 1 al 8 del artículo 10 de la ley 1475 de 2011, consistente en las reglas de organización, funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
Fue notificado de la siguiente manera:Resolución 15591 de 2023 Página 8 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 Partes en el proceso Notificación
JUAN DAVID CABELLO MATOS
03-03-2023 Cartelera
WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ
03-03-2023 Cartelera
LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ
03-03-2023 Cartelera
AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES
03-03-2023 Cartelera
VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ
03-03-2023 Cartelera
KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO
03-03-2023 Cartelera
ROYER DAVID ESTRADA GUERRA
03-03-2023 Cartelera
JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS
03-03-2023 Cartelera
JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO
03-03-2023 Cartelera
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
03-03-2023 Cartelera
MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS
03-03-2023 Cartelera Cartelera
JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO
03-03-2023 Cartelera
MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS
03-03-2023 Cartelera
JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ
03-03-2023 Cartelera
DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ
03-03-2023 Cartelera
HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES
03-03-2023 Cartelera
NELSON MALDONADO BALAGUERA
03-03-2023 Cartelera
LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES
03-03-2023 Cartelera
ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES
03-03-2023 Cartelera
JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ
03-03-2023 Cartelera
YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ
03-03-2023 Cartelera
DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA
03-03-2023 Cartelera
JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO
03-03-2023 Cartelera
DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS MURILLO
03-03-2023 Cartelera
PARTIDO ALIANZA VERDE
14-02-2023 Correo electrónico
MINISTERIO PUBLICO
14-02-2023 Correo electrónico 1.15. La Resolución 720 del 31 de enero de 2023, fue notificada el 15 de febrero 2023, se 14-02-2023 Correo electrónico
MINISTERIO PUBLICO
14-02-2023 Correo electrónico 1.15. La Resolución 720 del 31 de enero de 2023, fue notificada el 15 de febrero 2023, se puede evidenciar que la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ RODRÍGUEZ no fue notificada:Resolución 15591 de 2023 Página 9 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 57.298.879
JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ
RODRÍGUEZ ARTICULO PRIMERO: TERMINAR la actuación administrativa en contra de los siguientes ciudadanos dentro del expediente número CNE-E-DG-2020009705 por el presunto incumplimiento al deber establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en la presentación de informe de ingresos y gastos de campaña con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1. COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1. COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL De acuerdo con lo establecido en el artículo 265 de la C.P., modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, el Consejo Nacional Electoral tiene facultades para adelantar investigaciones administrativas contra los partidos, movimientos, candidatos u otras personas que infrinjan las disposiciones sobre materia electoral e imponer la sanción correspondiente:
“ARTÍCULO 265. Modificado por el art. 12, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:
(…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías (…)”.
El artículo 13 de la Ley 1475 de 2011 , establece la competencia del Consejo Nacional Electoral y el procedimiento para imponer sanciones a los partidos y movimientos:
“ARTÍCULO 13. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES Electoral y el procedimiento para imponer sanciones a los partidos y movimientos:
“ARTÍCULO 13. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES A LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. El Consejo Nacional Electoral es titular del ejercicio preferente en la competencia y procedimiento para imponer sanciones a partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. (…)” De otra parte, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011 se aplica a todos los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, a los órganos autónomos e independientes del Estado y a los particulares, cuando cumplan funciones administrativas.Resolución 15591 de 2023 Página 10 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 Esta normatividad consagró que las autoridades sujetarán sus actuaciones a los procedimientos que se establecen en este código, sin perjuicio de los procedimientos regulados en leyes especiales. 2.2. SOBRE LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA procedimientos que se establecen en este código, sin perjuicio de los procedimientos regulados en leyes especiales. 2.2. SOBRE LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA La Corte Constitucional en sentencia C-401 de 2010, mencionó que la potestad sancionadora está sometida al principio de prescripción que garantiza que los particulares no pueden quedar sujetos de manera indefinida a la puesta en marcha de los instrumentos sancionatorios1. De dicha jurisprudencia constitucional se desprende el criterio conforme al cual la facultad sancionadora del Estado es limitada en el tiempo y que el señalamiento de un plazo de caducidad para la misma, constituye una garantía para la efectividad de los principios constitucionales de seguridad jurídica y prevalencia del interés general. Dicho plazo, además, cumple con el cometido de evitar la paralización del proceso administrativo y, por ende, garantizar la eficiencia de la administración2. La Corte Constitucional ha coincidido en repetidas oportunidades 3, destacando dentro de las características de la facultad sancionadora del Estado, lo atinente a su caducidad:
“(…) - La facultad sancionadora del Estado es limitada en el tiempo. - El señalamiento de un plazo de caducidad de la acción sancionadora del Estado, constituye una garantía para la efectividad de los principios constitucionales de seguridad jurídica y prevalencia del interés general. - Las garantías procesales se consagran para proteger los derechos fundamentales del individuo y para controlar la potestad sancionadora del Estado. - La finalidad de establecer un plazo de caducidad de la acción sancionadora no es otra - Las garantías procesales se consagran para proteger los derechos fundamentales del individuo y para controlar la potestad sancionadora del Estado. - La finalidad de establecer un plazo de caducidad de la acción sancionadora no es otra que la de evitar la paralización del proceso administrativo y, por ende, garantizar la eficiencia de la administración”4. En relación con la garantía de los particulares a no estar sujetos de forma indefinida a la acción sancionatoria de la administración, la misma Corporación ha expresado5:
1 Argumentos presentados por el ex magistrado Armando Novoa García en salvamento de voto Resolución 0045 de 26 de enero de 2016 2 Dirección Jurídica Distrital, Subdirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, Concepto unificador de doctrina, No. 004 de 2011, 22 de diciembre de 2011. Tema: Caducidad de la Potestad Sancionatoria del Estado. 3 Sentencia C-046/94 y Sentencia C-394/02 entre otras. 4 Dirección Jurídica Distrital, Subdirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, Concepto unificador de doctrina, No. 004 de 2011, 22 de diciembre de 2011. Tema: Caducidad de la Potestad Sancionatoria del Estad
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