🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CNE - Resolución 15591 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CNE - Resolución 15591 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

RESOLUCIÓN 15591 DE 2023 15 de noviembre Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020009705 EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 265, numeral 6 de la Constitución Política de Colombia de 1991, 13 d e la Ley 1475 de 2011, 47 y 52 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y con fundamento en los siguientes,

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. Mediante oficio CNE-FNFP-803 del 21 de mayo de 2020, el Fondo Nacional de Financiación Política remitió a la Subsecretaría de esta Corporación el reporte de los candidatos que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar su informe de ingresos y gastos de campaña, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre del 2019. 1.2. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO 27 de octubre del 2019. 1.2. El 17 de junio de 2020, a través de Acta de reparto especial de la Sala Plena de la Corporación, le correspondió al Honorable Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO conocer del asunto sobre los candidatos del Partido Alianza Verde, que presuntamente incumplieron con la obligación de presentar sus informes de ingresos y gastos de campaña. 1.3 Mediante oficio CNE-FNFP-803 de 21 de mayo de 2020, la asesora del Fondo Nacional de Financiación Política, relaciono las candidaturas que presuntamente incumplieron la obligación de presentar el informe de ingresos y gastos de campaña en el marco de las elecciones de autoridades locales del 27 de octubre de 2 019, solicitando a la Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral que efectuara el reparto de las mismas.Resolución 15591 de 2023 Página 2 de 17

Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 1.4 Por reparto especial efectuado el día 17 de junio de 2020, le correspondió al Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como ponente del asunto que fuera radicado: CNE-E1.4 Por reparto especial efectuado el día 17 de junio de 2020, le correspondió al Magistrado VIRGILIO ALMANZA OCAMPO, actuar como ponente del asunto que fuera radicado: CNE-EDG-2020009705., en los cuales se relacionaron las candidaturas con presunta trasgresión del artículo 25 de la Ley 1475 de 2011 inscritas por el PARTIDO ALIANZA VERDE. 1.5 A través de Oficio CNE-VAO-061 del 21 de septiembre de 2020, el Despacho del Magistrado Sustanciador solicitó a la Subsecretaría de la Corporación efectuara el desglose del expediente que se surtía bajo radicados No. 5073 -20 y 5074-20, con el propósito de que los procedimientos administrativos relacionados con los candidatos a cargos y corporaciones públicas se agruparan en actuaciones susceptibles de surtirse en distintos expedientes, al considerar que esto facilita la labor de la Sala Plena al momento de decidir sobre los casos en específico, dada la complejidad de efectuar un único procedimiento administrativo respecto de más de mil (1.000) candidaturas a investigar. 1.6. A través de oficio CNE-SS/34971/VAO de 23 de septiembre de 2020, la Subsecretaría de la Corporación en cumplimiento a lo ordenado por el Despacho Sustanciador, desglosó el expediente y en consecuencia correspondió a la presente actuación administrativa el radicado No. CNE-E-DG-2020009705., respecto de las candidaturas que en adelante se relacionan y que fueran avaladas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, quienes presuntamente transgredieron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar el informe de ingresos y que fueran avaladas por el PARTIDO ALIANZA VERDE, quienes presuntamente transgredieron el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, al no presentar el informe de ingresos y gastos de sus campañas, con ocasión a las elecciones realizadas el 27 de octubre de 2019:

EXCANDIDATAS Y

EXCANDIDATOS

CÉDULA

CORPORACIÓN

O CARGO

MUNICIPIO

DEPARTAMENTO

LOCALIDAD

JUAN DAVID CABELLO

MATOS 1.004.463.477

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAWILLIAM JESÚS

VILLANUEVA ORTIZ

1.082.973.092

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENALUZ STEFFANY TOBAR

GUTIÉRREZ

1.082.994.929

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAAMARILYS DE JESÚS DE

LUQUE YEPES

36.542.263

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAVIERIS MARINA

REBOLLEDO RODRÍGUEZ

39.047.603

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAKELLY MARÍA NAVARRO

CAMPO 52.294.255

CONCEJO

SANTA 39.047.603

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAKELLY MARÍA NAVARRO

CAMPO 52.294.255

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAJENNEIRIS DEL CARMEN

JIMENEZ RODRÍGUEZ

57.298.879

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAROYER DAVID ESTRADA

GUERRA

77.096.476

CONCEJO

SANTA MARTA MAGDALENA -Resolución 15591 de 2023 Página 3 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705

JEISSON DAVID

RODRÍGUEZ CARDENAS

85.151.046

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAJUAN JOSÉ CAMARGO

MOZO 85.452.428

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAMARTA

MAGDALENAJUAN JOSÉ CAMARGO

MOZO 85.452.428

CONCEJO

SANTA MARTA

MAGDALENAJUAN DAVID BOLAÑO

CUELLO

1.004.354.140 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 1

TAYRONA

SAN PEDRO

ALEJANDRIN

O

MARTHA PATRICIA

CURVELO VARGAS

1.007.744.354 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 1

TAYRONA

SAN PEDRO

ALEJANDRIN

O

JOSÉ DE JESÚS CAMARGO

MARQUEZ

1.082.928.961 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 1

TAYRONA

SAN PEDRO

ALEJANDRIN

O

DENIS MARCELA ACUÑA

RAMÍREZ

1.082.993.585 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

RAMÍREZ

1.082.993.585 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 1

TAYRONA

SAN PEDRO

ALEJANDRIN

O

HANER ALBERTO

SANABRIA FUENTES

7.634.037 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 2

HISTORICA

RODRIGO DE

BASTIDAS

NELSON MALDONADO

BALAGUERA

85.468.913 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 1

TAYRONA

SAN PEDRO

ALEJANDRIN

O

LUIS ALBERTO

MANJARRES YEPES

85.476.259 JUNTA

ADMINISTRADO

RA LOCAL

SANTA MARTA

MAGDALENA

LOCALIDAD 3

TURISTICA

PERLA DEL

CARIBE

ARCANGEL MIGUEL

RANGEL MORALES

3.753.430

CONCEJO

SITIO NUEVO

MAGDALENAJOAQUIN ALONSO

CASTRO MUÑOZ

7.593.568

CONCEJO

ZAPAYAN

CONCEJO

SITIO NUEVO

MAGDALENAJOAQUIN ALONSO

CASTRO MUÑOZ

7.593.568

CONCEJO

ZAPAYAN

MAGDALENAYEMIT ANDRÉS POLO

VASQUEZ

1.065.656.494

CONCEJO

ZONA

BANANERA

(SEVILLA)

MAGDALENADIANA MARÍA BROCHERO

LEDESMA

57.170.623

CONCEJO

ZONA

BANANERA

(SEVILLA)

MAGDALENAJORGE ARMANDO

TRUJILLO SOTO

72.269.725

CONCEJO

ZONA

BANANERA

(SEVILLA)

MAGDALENADEIVISTH ANTONIO

CONTRERAS MURILLO

85.261.608

CONCEJO

ZONA

BANANERA

(SEVILLA) MAGDALENA1.7. Mediante auto proferido el 20 de abril de 2021, el Magistrado Ponente solicitó a través de la Secretaría Ejecutiva del Despacho incorporar al expediente los formularios de inscripción deResolución 15591 de 2023 Página 4 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 las candidaturas de los ciudadanos avalados por el PARTIDO ALIANZA VERDE en marco de las elecciones de autoridades locales celebradas el 27 de octubre de 2019, para efectos de conocer con certeza sus datos de notificación. 1.8.Que mediante Resolución No. 7686 del 21 de octubre de 2021, se resolvió ABRIR INVESTIGACIÓN Y FORMULAR CARGOS con tra ocho (08) excandidatas y quince (15) excandidatos inscritos a distintos cargos y corporaciones de elección popular en la circunscripción electoral de Magdalena, avalados por el PARTIDO ALIANZA VERDE, por la presunta trasgresión de normas relacionadas con la presentación del informe de ingresos y gastos campaña, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019, bajo Rad. CNE-E-DG-2020009705 Que los investigados y el Ministerio Público fue notificado de la siguiente manera:

Partes en el proceso Notificación Venció término para Descargos Presentación de Descargos JUAN DAVID CABELLO MATOS Partes en el proceso Notificación Venció término para Descargos Presentación de Descargos

JUAN DAVID CABELLO MATOS

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ

RODRÍGUEZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

ROYER DAVID ESTRADA GUERRA

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó 29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentóResolución 15591 de 2023 Página 5 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705

NELSON MALDONADO BALAGUERA

26-04-2022 Cartelera 18-05-2022 No presentó

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES Cartelera 18-05-2022 No presentó

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ

17-11-2021 Correo electrónico 09-12-2021 No presentó

YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS MURILLO

29-11-2021 Cartelera 22-12-2021 No presentó

PARTIDO ALIANZA VERDE

16-11-2021 Correo electrónico 10-12-2021 No presentó

MINISTERIO PUBLICO

16-11-2021 Correo electrónico 10-12-2021 No presentó 1.9. Mediante auto del 21 de julio de 2022, el despacho de conocimiento resolvió correr traslado para presentar alegatos de conclusión. El cual fue comunicado de la siguiente manera: Partes en el proceso Comunicación Venció término para Alegatos Presentación de Alegatos para presentar alegatos de conclusión. El cual fue comunicado de la siguiente manera: Partes en el proceso Comunicación Venció término para Alegatos Presentación de Alegatos

JUAN DAVID CABELLO MATOS

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

VIERIS MARINA REBOLLEDO

RODRÍGUEZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ

RODRÍGUEZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

ROYER DAVID ESTRADA GUERRA

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JEISSON DAVID RODRÍGUEZ

CARDENAS

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentóResolución 15591 de 2023 Página 6 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705

DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

NELSON MALDONADO BALAGUERA

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

NELSON MALDONADO BALAGUERA

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ

22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 No presentó

YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS

MURILLO

28-07-2022 Cartelera 11-08-2022 No presentó

PARTIDO ALIANZA VERDE

22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 No presentó

MINISTERIO PUBLICO

22-07-2022 Correo electrónico 05-08-2022 12-08-2022 Extemporáneo 1.10 El 31 de agosto de 2022, el Congreso de la Republica eligió los nuevos magistrados que conforman el Consejo Nacional Electoral, siendo elegido para el cargo el Dr. CRISTIAN Extemporáneo 1.10 El 31 de agosto de 2022, el Congreso de la Republica eligió los nuevos magistrados que conforman el Consejo Nacional Electoral, siendo elegido para el cargo el Dr. CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO, quien heredo los expedientes del Magistrado VIRGILIO ALMANZA. 1.11. Mediante Resolución 4925 de 2022, del 26 octubre, se declaró FUNDADO el impedimento presentado por el Magistrado CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO, frente a la investigación de ciento sesenta y dos (162) expedientes relacionados con posibles transgresiones a lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, por parte del Partido Alianza Verde y sus avalados a las elecciones territoriales celebradas el 27 de octubre de 2019, los c uales, en atención al reglamento interno de la Corporación, fueron remitidos a la Honorable Magistrada ALBA LUCIA VELÁSQUEZ, mediante oficio CNE -I-2022-007703-ALVDGC del 10 de noviembre de 2022. 1.12. De oficio el Despacho Ponente recolectó los formularios E -6CO y E -8CO, así como el formulario E-26 de la Corporación en referencia, con ocasión a las elecciones del 27 de octubre del año 2019.Resolución 15591 de 2023 Página 7 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 1.13. El estudio de responsabilidad del PARTIDO ALIANZA VERDE por los hechos que aquí se mencionan se dará exclusivamente bajo el Radicado CNE-E-DG-2020009705 1.14 Mediante Resolución 720 del 31 de enero de 2023, Resuelve Por medio de la cual le termina la actuación a veinte (20) excandidatos y sanciona tres (3) excandidatos del Partido

Alianza Verde así:

ARTICULO PRIMERO: TERMINAR la actuación administrativa en contra de los siguientes ciudadanos dentro del expediente número CNE-E-DG-2020009705 por el presunto incumplimiento al deber establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en la presentación de informe de ingresos y gastos de campaña con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.

EXCANDIDATOS CÉDULA

JUAN DAVID CABELLO MATOS 1.004.463.477

WILLIAM DE JESÚS VILLANUEVA ORTÍZ 1.082.973.092

LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ 1.082.994.929

JUAN DAVID CABELLO MATOS 1.004.463.477

WILLIAM DE JESÚS VILLANUEVA ORTÍZ 1.082.973.092

LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ 1.082.994.929

AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES 36.542.263

VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ 39.047.603

KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO 57.294.255

JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ RODRÍGUEZ 57.298.879

ROYER DAVID ESTRADA GUERRA 77.096.476

JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS 85.151.046

JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO 85.452.428

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO 1.004.354.140

MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS 1.007.744.354

JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ 1.082.928.961

DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ 1.082.993.585

HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES 7.634.037

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES 85.476.259

ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES 3.753.430

JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ 7.593.568

YEMIT ANDRES POLO VASQUEZ 1.065.656.494

DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA 57.170.623

ARTICULO SEGUNDO: SANCIONAR a los siguientes ciudadanos por el incumplimiento con el deber consignado en al artículo 25 de la ley 1475, por la no

DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA 57.170.623

ARTICULO SEGUNDO: SANCIONAR a los siguientes ciudadanos por el incumplimiento con el deber consignado en al artículo 25 de la ley 1475, por la no presentación de informe de ingresos y gastos de conformidad con la parte considerativa del presenta acto administrativo

EXCANDIDATO CÉDULA MULTA NELSON MALDONADO BALAGUERA 85.468.913 $ 1.232.781

JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO 72.269.725 $ 1,144,725

DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS

MURILLO 85.261.608 $ 1,144,725

ARTÍCULO TERCERO: SANCIONAR la actuación administrativa en contra del PARTIDO ALIANZA VERDE, con NIT 800-142-005-8, por el presunto incumplimiento al deber establecido en los numerales del 1 al 8 del artículo 10 de la ley 1475 de 2011, consistente en las reglas de organización, funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.

Fue notificado de la siguiente manera:Resolución 15591 de 2023 Página 8 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 Partes en el proceso Notificación

JUAN DAVID CABELLO MATOS

03-03-2023 Cartelera

WILLIAM JESÚS VILLANUEVA ORTIZ

03-03-2023 Cartelera

LUZ STEFFANY TOBAR GUTIÉRREZ

03-03-2023 Cartelera

AMARILYS DE JESÚS DE LUQUE YEPES

03-03-2023 Cartelera

VIERIS MARINA REBOLLEDO RODRÍGUEZ

03-03-2023 Cartelera

KELLY MARÍA NAVARRO CAMPO

03-03-2023 Cartelera

ROYER DAVID ESTRADA GUERRA

03-03-2023 Cartelera

JEISSON DAVID RODRÍGUEZ CARDENAS

03-03-2023 Cartelera

JUAN JOSÉ CAMARGO MOZO

03-03-2023 Cartelera

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

03-03-2023 Cartelera

MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS

03-03-2023 Cartelera Cartelera

JUAN DAVID BOLAÑO CUELLO

03-03-2023 Cartelera

MARTHA PATRICIA CURVELO VARGAS

03-03-2023 Cartelera

JOSÉ DE JESÚS CAMARGO MARQUEZ

03-03-2023 Cartelera

DENIS MARCELA ACUÑA RAMÍREZ

03-03-2023 Cartelera

HANER ALBERTO SANABRIA FUENTES

03-03-2023 Cartelera

NELSON MALDONADO BALAGUERA

03-03-2023 Cartelera

LUIS ALBERTO MANJARRES YEPES

03-03-2023 Cartelera

ARCANGEL MIGUEL RANGEL MORALES

03-03-2023 Cartelera

JOAQUIN ALONSO CASTRO MUÑOZ

03-03-2023 Cartelera

YEMIT ANDRÉS POLO VASQUEZ

03-03-2023 Cartelera

DIANA MARÍA BROCHERO LEDESMA

03-03-2023 Cartelera

JORGE ARMANDO TRUJILLO SOTO

03-03-2023 Cartelera

DEIVISTH ANTONIO CONTRERAS MURILLO

03-03-2023 Cartelera

PARTIDO ALIANZA VERDE

14-02-2023 Correo electrónico

MINISTERIO PUBLICO

14-02-2023 Correo electrónico 1.15. La Resolución 720 del 31 de enero de 2023, fue notificada el 15 de febrero 2023, se 14-02-2023 Correo electrónico

MINISTERIO PUBLICO

14-02-2023 Correo electrónico 1.15. La Resolución 720 del 31 de enero de 2023, fue notificada el 15 de febrero 2023, se puede evidenciar que la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ RODRÍGUEZ no fue notificada:Resolución 15591 de 2023 Página 9 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 57.298.879

JENNEIRIS DEL CARMEN JIMENEZ

RODRÍGUEZ ARTICULO PRIMERO: TERMINAR la actuación administrativa en contra de los siguientes ciudadanos dentro del expediente número CNE-E-DG-2020009705 por el presunto incumplimiento al deber establecido en el artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, consistente en la presentación de informe de ingresos y gastos de campaña con ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.

2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

2.1. COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL ocasión de las elecciones de autoridades territoriales del 27 de octubre de 2019.

2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

2.1. COMPETENCIA DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL De acuerdo con lo establecido en el artículo 265 de la C.P., modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, el Consejo Nacional Electoral tiene facultades para adelantar investigaciones administrativas contra los partidos, movimientos, candidatos u otras personas que infrinjan las disposiciones sobre materia electoral e imponer la sanción correspondiente:

“ARTÍCULO 265. Modificado por el art. 12, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:

(…)

6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías (…)”.

El artículo 13 de la Ley 1475 de 2011 , establece la competencia del Consejo Nacional Electoral y el procedimiento para imponer sanciones a los partidos y movimientos:

“ARTÍCULO 13. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES Electoral y el procedimiento para imponer sanciones a los partidos y movimientos:

“ARTÍCULO 13. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO PARA IMPONER SANCIONES A LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS POLÍTICOS. El Consejo Nacional Electoral es titular del ejercicio preferente en la competencia y procedimiento para imponer sanciones a partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. (…)” De otra parte, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Ley 1437 de 2011 se aplica a todos los organismos y entidades que conforman las ramas del poder público en sus distintos órdenes, sectores y niveles, a los órganos autónomos e independientes del Estado y a los particulares, cuando cumplan funciones administrativas.Resolución 15591 de 2023 Página 10 de 17 Por medio de la cual se DECLARA LA CADUCIDAD de la excandidata JENNEIRIS DEL CARMEN JIMNEX RODRIGUEZ identificada con la cedula de ciudadanía 57.298.879 al Concejo del Municipio Santa Marta del Departamento de Magdalena, por la presunta vulneración al artículo 25 de la Ley 1475 de 2011, en relación con la no presentación de informes de ingresos y gastos, con ocasión de las elecciones de autoridades locales realizadas 27 de octubre de 2019, dentro del expediente con radicado CNE-E-DG-2020-009705 Esta normatividad consagró que las autoridades sujetarán sus actuaciones a los procedimientos que se establecen en este código, sin perjuicio de los procedimientos regulados en leyes especiales. 2.2. SOBRE LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA procedimientos que se establecen en este código, sin perjuicio de los procedimientos regulados en leyes especiales. 2.2. SOBRE LA CADUCIDAD DE LA FACULTAD SANCIONATORIA La Corte Constitucional en sentencia C-401 de 2010, mencionó que la potestad sancionadora está sometida al principio de prescripción que garantiza que los particulares no pueden quedar sujetos de manera indefinida a la puesta en marcha de los instrumentos sancionatorios1. De dicha jurisprudencia constitucional se desprende el criterio conforme al cual la facultad sancionadora del Estado es limitada en el tiempo y que el señalamiento de un plazo de caducidad para la misma, constituye una garantía para la efectividad de los principios constitucionales de seguridad jurídica y prevalencia del interés general. Dicho plazo, además, cumple con el cometido de evitar la paralización del proceso administrativo y, por ende, garantizar la eficiencia de la administración2. La Corte Constitucional ha coincidido en repetidas oportunidades 3, destacando dentro de las características de la facultad sancionadora del Estado, lo atinente a su caducidad:

“(…) - La facultad sancionadora del Estado es limitada en el tiempo. - El señalamiento de un plazo de caducidad de la acción sancionadora del Estado, constituye una garantía para la efectividad de los principios constitucionales de seguridad jurídica y prevalencia del interés general. - Las garantías procesales se consagran para proteger los derechos fundamentales del individuo y para controlar la potestad sancionadora del Estado. - La finalidad de establecer un plazo de caducidad de la acción sancionadora no es otra - Las garantías procesales se consagran para proteger los derechos fundamentales del individuo y para controlar la potestad sancionadora del Estado. - La finalidad de establecer un plazo de caducidad de la acción sancionadora no es otra que la de evitar la paralización del proceso administrativo y, por ende, garantizar la eficiencia de la administración”4. En relación con la garantía de los particulares a no estar sujetos de forma indefinida a la acción sancionatoria de la administración, la misma Corporación ha expresado5:

1 Argumentos presentados por el ex magistrado Armando Novoa García en salvamento de voto Resolución 0045 de 26 de enero de 2016 2 Dirección Jurídica Distrital, Subdirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, Concepto unificador de doctrina, No. 004 de 2011, 22 de diciembre de 2011. Tema: Caducidad de la Potestad Sancionatoria del Estado. 3 Sentencia C-046/94 y Sentencia C-394/02 entre otras. 4 Dirección Jurídica Distrital, Subdirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos, Concepto unificador de doctrina, No. 004 de 2011, 22 de diciembre de 2011. Tema: Caducidad de la Potestad Sancionatoria del Estad

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...