CNE - Resolución 5589 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CNE - Resolución 5589 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 5589 DE 2023 (26 de julio)
Por medio de la cual se adoptan algunas decisiones dentro del procedimiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la p osible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las atribuidas por el artículo 265 de la Constitución Política , el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. En concordancia con el calendario electoral establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 y el 29 de agosto del 2023, se llevará a cabo la inscripción de cédulas de ciudadanía para las elec ciones territoriales y locales que tendrán lugar el próximo 29 de octubre del 2023.
1.2. El Consejo Nacional Electoral mediante Acta de reparto del 6 de octubre del año 2022, designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
1.3 Mediante Auto MMA -027 del 11 de abril del 2023 el despacho avocó conocimiento y dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral anterior, fue notificado en debida forma a la
dispuso la práctica de pruebas pertinentes a la investigación por la presunta inscripción irregular de cédulas en todos los municipios del departamento de ANTIOQUIA.
1.4 El Auto mencionado en el numeral anterior, fue notificado en debida forma a la Registraduría y a la Alcaldía del municipio de SAN RAFAEL. 1.5. En cumplimiento de lo dispuesto en el Auto del 11 de abril de 2023, la oficina de Censo Electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el 09 de m ayo del 2023 entreg ó al despacho sustanciador las bases de datos del Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social -ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social, Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPSy Archivo Nacional de Identificación -ANI-.Resolución 5589 de 2023 Página 2 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
1.6. El 21 de junio de 2023 la Registraduría Nacional del Estado Civil remitió el listado de cédulas inscritas en el departamento de ANTIOQUIA, entre los cuales se relaciona el nombre de los registrados a 31 de mayo de 2023, en el municipio de SAN RAFAEL. 1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posible inscripción
1.7. Recibidas las bases de datos , este Despacho cruzó la información contenida en las mismas con los datos de las personas inscritas con el fin de identificar posible inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL.
2. CONSIDERACIONES
2.1. Competencia.
De conformidad con el artículo 265 de la Constitución Política, el artículo 11 del Decreto 2241 de 1986, así como la Ley 1475 del 2011 y la Resolución 2857 de 2018 frente a lo dispuesto en el artículo 316 Superior, esta Corporación es competente para conocer, vigilar e inspeccionar los temas concernientes a la inscripción irregular de cédulas.
2.2. Inscripción de cédulas y residencia electoral.
De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 1475 del 2011, la inscripción para votar es un acto que se realiza de forma automática al momento de expedir la cédula de ciudadanía, sin embargo, la ley contempla que en caso de que el ciudadano cambi e el lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la respectiva jornada electoral de que se trate. Así las cosas, para el presente proceso electoral dicha inscripción se llevará a cabo durante el periodo comprendido entre el 29 de octubre del 2022 hasta el 29 de agosto del 2023.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autoridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
De conformidad con el artículo 316 de la Constitución Política, en las votaciones que se realicen para la elección de autoridades locales y para la decisión de asuntos del mismo carácter, solo podrán participar los residentes del respectivo municipio.
Para efectos de lo dispuesto en la norma en cita, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994 precisa que, la residencia es aquel la en la que se encuentra registrado el votante en el censo electoral, pues mediante dicha inscripción declara bajo la gravedad del juramento residir en el municipio en el que se lleva a cabo la elección. La jurisprudencia1 señala que sólo cuando se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio el Consejo Nacional Electoral dejará sin efecto la última inscripción.
1 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 2719. 30 de noviembre de 2001. C.P. MARIO ALARIO MÉNDEZ. Actor: DANIEL ARTURO MORALES RIVEROS. Demandado: ALCALDE DEL MUNICIPIO DE FOSCA.Resolución 5589 de 2023 Página 3 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
La Sección Quinta del Consejo de Estado2 ha delimitado el concepto de residencia electoral como el lugar en el que se encuentra registrado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde
como el lugar en el que se encuentra registrado un ciudadano habilitado por la Constitución y la ley para ejercer su derecho al voto y lo circunscribió en cuatro situaciones: (i) el lugar donde una persona habita, (ii) el lugar en el que una persona de manera regular está de asiento, (iii) el lugar donde una persona ejerce su profesión u oficio, o (iv) el lugar en el que una persona posee alguno de sus negocios o empleo.
En ese orden de ideas , la Corporación en cita ha manifestado que no se puede limitar la residencia electoral a aquellas pe rsonas que solo habiten o residen en el municipio, dichos presupuestos materiales pueden determinar que una persona posea al mismo tiempo la opción de varias residencias electorales, tal como puede ocurrir con el domicilio. No obstante, respecto de aquélla , la ley establece que debe ser única y se determina por la decisión del ciudadano de inscribir su cédula en el municipio o en alguno de los municipios en relación con los cuales tiene uno cualquiera o varios de los vínculos previstos.
2.3. Fraude en inscripción de cédulas y trashumancia electoral.
El artículo 389 de la Ley 599 de 2000, por la cual se expide el Código Penal, modificado por el artículo 4 de la Ley 1864 de 2017, tipific ó como delito el fraude de inscripción irregular de cédulas, al señalar que “El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad, municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá
diferente a aquel donde hayan nacido o residan, con el propósito de obtener ventaja en elección popular, plebiscito, referendo, consulta popular o revocatoria del mandato, incurrirá en prisión de cuatro (4) a nueve (9) años y multa de cincuenta a doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes”.
La misma norma advierte que, e n igual pena incurrirá quien con el propósito de obtener provecho ilícito para sí o para terceros , inscriba su documento o cédula de ciudadanía en localidad, municipio, o distrito diferente a su lugar de nacimiento o residencia.
Asimismo, e l Consejo de Estado 3 ha de finido la trashumancia electoral como la acción de inscribir la cédula para votar por un determinado candidato u opción política en un lugar distinto al que se reside o en el que se encuentre un verdadero arraigo o interés, así mismo advirtió que aquel ciu dadano (i) que no resida en el respectivo municipio, (ii) que no tenga asiento regular en el mismo, (iii) que no ejerza allí su profesión u oficio y (iv) que tampoco posea algún negocio o empleo serán declarados como trashumantes y en consecuencia se
2 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 1203. 18 de noviembre de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: LUIS ÁNGEL VELÁSQUEZ MILLÁN. Demandado: ANDRÉS FELIPE RAMÍREZ RESTREPO - ALCALDE DE JAMUNDÍ- VALLE DEL CAUCA, PERÍODO 2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS
2020-2023. 3 Consejo de Estado, Sección Quinta. Rad. 0004. 29 de abril de 2021. C.P. ROCÍO ARAÚJO OÑATE. Actor: DANIEL ELÍAS CEBALLOS BRITO. Demandado: DIPUTADOS A LA ASAMBLEA DE LA GUAJIRA, PERIODO 2020-2023.Resolución 5589 de 2023 Página 4 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
dejará sin efecto la inscripción de la cédula a través del procedimiento breve y sumario estipulado en la Resolución Nº. 2857 del 2018 del Consejo Nacional Electoral.
En ese mismo sentido, el Consejo Nacional Electoral en la Resolución N.º 2857 de 2018 indicó que la trashumancia electoral consiste en participar indebidamente en elecciones de autoridades territoriales y decisiones de la misma naturaleza, mediante la inscripción de la cédula de ciudadanía sin tener residencia electoral en la respectiva circunscripción.
2.4 Procedimiento para dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
El Consejo Nacional Electoral debe someterse a los límites y formalidades establecidos en la Constitución y la ley en todas las actuaciones que adelante, incluida la orientada a comprobar la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la
la residencia de las personas que inscriben su cédula de ciudadanía en determinado municipio.
En ese sentido, el artículo 4 de la Ley 163 de 1994, le otorga a esta Corpo ración la competencia para declarar sin efecto la i nscripción cuando en el marco de un procedimiento breve y sumario se compruebe que el inscrito no reside en el respectivo municipio.
El procedimiento orientado a tal fin se encuentra desarrollado en la Resolución Nº. 2857 de 2018 proferida por el Consejo Nacional Electoral. En el artículo 1 de la Resolución en cita faculta al Consejo Nacional Electoral para iniciar la actuación administrativa por trashumancia electoral para que de oficio o a solicitud de parte realice el procedimiento administrativo brev e y sumario orientado a dejar sin efecto la inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Cuando se presente queja por parte de cualquier ciudadano , el Consejo Nacional Electoral estableció en el artículo 4 de la mencionada Resolución, los siguientes requisitos para que la queja sea tramitada por la autoridad electoral:
“Artículo cuarto. Requisitos de la queja . La queja que se presentará de manera escrita, o en el formulario diseñado para el efecto y deberá contener:
a) Nombres y apellidos completos d el solicitante o de su apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y la dirección de notificación física y/o electrónica y manifestación de si acepta recibir notificación por este medio. b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que
b) El objeto de la queja. c) Narración de los hechos en que sustenta la queja, de manera clara y precisa. o las razones en las cuales se apoya. d) Relación de nombres o cédulas de ciudadanía de las personas que presuntamente no residen en el municipio donde se inscribieron para sufragar o de elemento s probatorios que permitan identificarlos. Esta relación deberá entregarse igualmente, en medio digital. e) Indicación de las pruebas que pretende hacer valer o de aquellas cuya práctica solicita.Resolución 5589 de 2023 Página 5 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
f) Copia de la solicitud en medio magnético. g) Firma del solicitante.
PARÁGRAFO. - Cuando el ciudadano considere que la solicitud pone en riesgo su integridad o la de su familia, antes de presentar la queja, podrá solicitar ante el Ministerio Público el procedimiento especial de solicitud con identificación reservada, conforme lo dispone el parágrafo del artículo 4 de la Ley 1712 de 2014”.
Asimismo, según el artículo 6 de la misma normativa, las quejas que no reúnan los requisitos señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la
señalados antes, o se presenten de manera extemporánea, serán rechazadas de plano.
Lo anterior, sin perjuicio de las actuaciones administrativas de trashumancia electoral que de oficio pueda iniciar el Consejo Nacional Electoral en el municipio sobre el que se presentó la queja y de la nueva solicitud que eventualmente decida present ar el peticionario con cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Resolución N.º 2857 de 2018.
2.5 Control del Consejo Nacional Electoral para combatir la trashumancia electoral.
El Decreto 1294 del 2015 establec ió los mecanismos que posibilita n un control efectivo y oportuno por parte del Consejo Nacional Electoral sobre la inscripción de cédulas de ciudadanía para combatir la trashumancia electoral, el cual en su artículo 2.3.1.8.5, dispuso que la Registraduría Nacional del Esta do Civil remitir á́ al Consejo Nacional Electoral, dentro de los diez (10) primeros días de cada mes calendario durante el periodo de inscripciones y dentro de los cinco (5) días siguientes al vencimiento de las mismas, el resultado del cruce de base de datos.
Así las cosas, u na vez se analice el comportamiento atípico en la inscripción de cédulas de ciudadanía en el departamento, se decretará el cruce de las bases de datos que servirán como soporte para adoptar decisiones. El cruce de la información suministrada en las bases de datos se realiza de forma simultánea considerando como prueba de residencia, la coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas S ociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social ,
coincidencia de uno o más registros en cualquiera de las siguientes bases de datos: Sistema de identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas S ociales –SISBEN-, Sistema de Seguridad Social –ADRESadscrita al Ministerio de Salud y Protección Social , Departamento Administrativo para la Prosperidad Social –DPS-, Archivo Nacional de Identificación -ANIy censo electoral.
Adicional, la Registradu ría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripción de cédulas de ciudadanía, pondrá a disposición del Consejo Nacional Electoral la siguiente información i) bases de datos de inscritos en el respectivo distrito o municipio, ii) Archivo Nacional de Identificación ANI, iii) Potencial de Inscritos y iv) Datos Históricos del Censo Electoral.Resolución 5589 de 2023 Página 6 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
De conformidad con el artículo 9 de la Resolución N.º 2857 del 2018, con base en los resultados de los cruces de las bases de datos , el Consej o Nacional Elect oral podrá comisionar servidores públicos vinculados o adscritos a la Organización Electoral para la práctica de pruebas, incluidas visitas especiales a los municipios.
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal
2.6. Caso concreto.
Conforme se indicó en el acápite de los hechos, mediante Acta de reparto del 6 de octubre del 2022, el Consejo Nacional Electoral designó a la Magistrada Maritza Martínez Aristizábal para conocer los asuntos de trashumancia electoral en el departamento de ANTIOQUIA.
El despacho sustanciador consider ó pertinente verificar los registros de los ciudadanos inscritos para sufragar en las próximas elecciones de autoridades locales en el municipio de SAN RAFAEL. Para el efecto se cruzaron las bases de datos, entre las que se encuentran: SISBEN, ADRES, DPS, ANI y Censo Electora l, verificación que permitió comprobar a través de un procedimiento breve y sumario si existe o no inscripción irregular de cédulas de ciudadanía.
Para la referida verificación, la Registraduría Nacional del Estado Civil durante el periodo de inscripciones, remitió al Consejo Nacional Electoral dentro de los diez (10) primeros días de cada mes el consolidado de inscripción de cédulas y las mencionadas bases de datos.
El análisis de datos se realizó conforme dispone el artículo 8 de la Resolución Nº. 2857 de 2018 expedida por esta Corporación, de manera simultánea, así: El registro del SISBEN a fin de identificar la afiliación de los ciudadanos en el mismo; el registro del ADRES teniendo en cuenta tanto el régimen contributivo como el subsidiado; el DPS para corroborar información de los programas de del sector de inclusión social y reconciliación, el censo electoral con el propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023.
propósito de determinar el último lugar de votación para tal tipo de elecciones de los ciudadanos y la lista de cédulas de ciudadanía inscritas con corte a 31 de mayo de 2023. Para efectos de la decisión, se tom ó única y exclusivamente con base en el criterio general de coincidencia positiva sobre residencia electoral, es decir, la que coincida con el lugar de inscripción para votar y al menos se encuentre en alguna de las bases de datos utilizadas, un vínculo que permita establecer la relación con el municipio. En los casos en que la información suministrada en la inscripción de cédula de ciudadanía no coincidió como mínimo en una de las bases de datos anteriormente relacionadas, la Sala resolverá dejar sin efecto la última inscripción.Resolución 5589 de 2023 Página 7 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
El declarado trashumante no podrá volver a inscribir su cédula de ciudadanía para el mismo proceso electoral en el lugar del cual fue excluida como consec uencia del procedimiento aquí previsto, tampoco podrá ser designado ni ejercer como jurado de votación en tal entidad territorial. Lo anterior, sin perjuicio de l recurso de reposición que pueda presentar a efectos de probar su residencia electoral.
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencion adas
Es pertinente reiterar que, se allegaron por parte de la Dirección de Gestión Electoral (Oficina Censo Electoral) de la Registraduría Nacional del Estado Civil, los registros informativos acopiados por esta dependencia y que reposan en las bases de datos mencion adas anteriormente, relacionados con el municipio de SAN RAFAEL del departamento de
ANTIOQUIA.
Conforme a lo expuesto, una vez adelantados los procedimientos establecidos , recaudado el material probatorio y teniendo en cuenta la verificación de la informa ción contenida en el censo electoral del municipio de SAN RAFAEL y el cruce las bases de datos (SISBEN, ADRES, DPS y ANI ), la Sala procede a dejar sin efecto la inscripción de cédulas que se relacionan en la parte resolutiva teniendo en cuenta que se evidenció que no corresponden a sus residencias electorales.
Lo anterior, sin perjuicio que el ciudadano pueda ejercer su derecho al voto, en el lugar en que tenía inscrita su cédula de ciudadanía previamente a dejar sin efecto la última inscripción y que corresponda en efecto, con su residencia electoral.
En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO : DEJAR SIN EFECTO la inscripción de las cé dulas de ciudadanía realizada en el municipio de SAN RAFAEL , del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE
INSCRIPCIÓN
elecciones de autoridades locales a realizarse el veintinueve (29) de octubre del 2023, al no acreditarse la residencia electoral de los ciudadanos que se relacionan a continuación:
N.º C.C. NOMBRES FECHA Y HORA DE
INSCRIPCIÓN
3481823 GIRALDO LOPEZ JEFFERSON DUVAN 20/02/2023 8:16:12 AM 3497469 GARCES ARBELAEZ OSCAR ALONSO 23/02/2023 8:19:03 AM 3527556 DUQUE AGUDELO JESUS ANTONIO 12/05/2023 9:35 3551620 IDARRAGA RUA GABRIEL ANTONIO 18/04/2023 3:02:52 PM 3562941 URIBE JOSE FERNANDO 26/05/2023 14:32
3582992 URREA GIRALDO OCTAVIO ANTONIO 17/02/2023 11:43:55 AM
3583090 GALEANO GIRALDO FABIAN DE JESUS 2023/03/31 10:57:20 3583252 MAZO QUINCHIA HERNANDO DE JESUS 2023/03/29 13:38:38 3583339 DUQUE GIRALDO PASTOR REINALDO 2/05/2023 8:29Resolución 5589 de 2023 Página 8 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
3583793 GIRALDO MORALES MANUEL SALVADOR 20/02/2023 8:13:31 AM
elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
3583793 GIRALDO MORALES MANUEL SALVADOR 20/02/2023 8:13:31 AM
8100322 ALVAREZ TORRES JUAN ESTEBAN 3/04/2023 11:11:33 AM
8101962 BUSTAMANTE CARVAJAL MILTON FABER 10/04/2023 9:59:24 AM 8274085 QUICENO ORLANDO DE JESUS 10/04/2023 11:40:00 AM 8305589 JIMENEZ SUAREZ WILLIAM ANTONIO 2023/03/24 10:24:54 8351116 RODAS CARDONA GILDARDO DE JESUS 2023/03/31 14:47:28 10179861 VILLADA GIRALDO DARIO ANTONIO 29/05/2023 10:51 10284958 SANTANA CASTAÑO HERMAN 13/04/2023 4:13:56 PM 10965836 FLOREZ CLAVIJO WILLIAN DE JESUS 12/05/2023 11:32 12549315 HERRERA JARAMILLO JOSE GABRIEL 28/04/2023 11:25:49 AM 15369791 RENDON GOMEZ JOHN JAIRO 2023/03/03 14:44:09 15429729 GRISALES BUITRAGO CARLOS MARIO 29/05/2023 15:43 16051500 GRISALES REINOSA JORGE ELIECER 31/01/2023 1:48:39 PM 18154058 GIRALDO USME JUAN EDUARDO 28/04/2023 10:44:46 AM 18600773 TUSARMA JAIRO DE JESUS 2023/03/24 14:49:19
18154058 GIRALDO USME JUAN EDUARDO 28/04/2023 10:44:46 AM 18600773 TUSARMA JAIRO DE JESUS 2023/03/24 14:49:19
19096688 VARGAS VARGAS VICENTE FERRER 28/04/2023 11:12:06 AM 21402023 VELEZ BOTERO CLARA ELENA 15/02/2023 9:02:15 AM 21431873 RIOS ZAPATA GLORIA PATRICIA 2023/03/28 8:16:18 21657061 CIRO MUÑOZ BELARMINA 24/05/2023 10:09 21689891 BEDOYA TORRES ZULEMA 11/11/2022 8:14:28 AM 22017042 HERRERA GIRALDO ROSA ELENA 23/05/2023 13:08 22018590 SERNA URREA MARIA OLIVA 17/02/2023 11:41:12 AM 22018747 MESA GALEANO MARIA BERTALINA 14/02/2023 1:21:27 PM 22018792 JIMENEZ LOPEZ LUCELLY 2023/03/10 14:59:01 22018996 BURITICA PIEDRAHITA LUZ ENITH 2023/03/29 9:44:49 22019109 JARAMILLO MESA FANNY DEL SOCORRO 27/02/2023 9:31:32 AM 22019163 SANCHEZ TORRES MARIA MARTINIANA 2023/03/23 10:13:07 22019633 GIRALDO DUQUE MARIA GABRIELA 2/05/2023 8:53
22019863 ARCILA OSORIO MARIA LUISA 23/02/2023 3:11:55 PM
22020006 PARRA RINCON MARIA ALFONSINA 7/02/2023 11:52:52 AM
22019863 ARCILA OSORIO MARIA LUISA 23/02/2023 3:11:55 PM
22020006 PARRA RINCON MARIA ALFONSINA 7/02/2023 11:52:52 AM 22020549 HENAO CIRO LUZ EMILSEN 14/04/2023 2:27:39 PM 22020612 GIRALDO GARCIA BERTALINA 21/02/2023 3:05:10 PM 22020842 DUQUE ARISTIZABAL RUBIELA DEL SOCORRO 26/05/2023 14:34 22020858 ALZATE HERNANDEZ NUBIA NORELIA 14/04/2023 8:35:34 AM 22020971 OROZCO GIRALDO MARIA ROCIO 2023/03/31 9:16:31 22020980 MONTOYA RINCON MIRIAN AMPARO 14/04/2023 10:48:06 AM 22024390 VELASQUEZ OSORIO ROMELIA DEL CARMEN 10/05/2023 15:25 22159701 CIRO JARAMILLO BIVIANA ANDREA 17/05/2023 15:19 22159828 LOPEZ AGUIRRE LEYDI YOHANA 17/02/2023 9:52:48 AM 22159956 USME MORALES JOHANA MARCELA 2023/03/23 14:41:50 24539667 ZAPATA SANCHEZ GLORIA MERCEDES 24/05/2023 11:12 32016262 LOPEZ ARANGO TERESA EMILIA 2023/03/31 14:45:22 32111270 MESA ARROYAVE LINA MARCELA 27/01/2023 10:35:48 AM 32444975 ARCILA OSORIO MARIA SOLEDAD 25/05/2023 9:51
32111270 MESA ARROYAVE LINA MARCELA 27/01/2023 10:35:48 AM 32444975 ARCILA OSORIO MARIA SOLEDAD 25/05/2023 9:51 32486831 GALEANO GONZALEZ DOLLY AMPARO 2023/03/14 8:26:43 34982545 CLEMENTE LOPEZ NELLY DEL CARMEN 3/05/2023 8:38 35602754 VALENCIA CAICEDO DAMARIS 27/04/2023 12:15:45 PM 39440599 VELEZ CASTAÑEDA NORA LUZ 2023/03/03 10:25:05 42941613 ESCOBAR CLAUDIA MILENA 2023/03/09 9:46:18 43001482 MOSQUERA MOSQUERA MARIA LUZ 20/04/2023 12:30:35 PM 43021943 SANCHEZ ZAPATA MARIA IRENE 3/05/2023 8:52
43034386 TORRES VELASQUEZ BLANCA UBIELI 11/04/2023 10:59:45 AM
43043925 CORREA MONTOYA GLORIA MARGARITA 4/04/2023 3:31:36 PM 43045238 GALEANO VELEZ DIVA NELLY 28/04/2023 1:37:12 PM 43154175 ECHEVERRI FLOREZ DORIS MARGARITA 29/05/2023 10:46Resolución 5589 de 2023 Página 9 de 11
Por medio del cual se adoptan algunas decisiones dentro del proced imiento administrativo breve y sumario tendiente a determinar la presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
presunta inscripción irregular de cédulas de ciudadanía en el municipio de SAN RAFAEL del departamento de ANTIOQUIA para las elecciones de autoridades locales que se realizarán el próximo 29 de octubre del año 2023.
43186043 ZAPATA MAZO YULY ANDREA 4/04/2023 2:00:15 PM 43454397 PENAGOS PAULA ANDREA 2023/03/22 9:05:44 43582661 ESCUDERO GOMEZ SENOVIA AMPARO 2023/03/30 10:20:08 43628536 RAMIREZ SERNA FERNANDA 25/04/2023 1:11:19 PM
43700272 GALVIS HOYOS GLORIA ISABEL 3/04/2023 11:14:11 AM
43700309 COLORADO GARCIA ROSA EDELMIRA 17/04/2023 4:02:14 PM 43700361 MONTOYA RINCON GLADIS MARGARITA 4/04/2023 10:28:03 AM 43700461 ROJAS VASQUEZ GLORIA ANGELINA 3/05/2023 15:40 43700484 HERRERA GARCIA MARIA NELLY 2023/03/23 9:38:32 43700872 LOPEZ MARIA AUXILIO 2023/03/13 11:24:22 43701270 GALEANO MESA YALENY PATRICIA 16/02/2023 11:17:47 AM 43701345 CIRO GUARIN CLAUDIA INES 24/04/2023 9:54:12 AM 43701371 GARCES GALLO LUZ VIOLETA 2023/03/24 14:40:22 43701733 BUSTAMANTE MONTOYA DORA LUZ 31/01/2023 1:54:23 PM 43702424 ZULUAGA GARRO LUZ MARINA 26/05/2023 11:49
43701733 BUSTAMANTE MONTOYA DORA LUZ 31/01/2023 1:54:23 PM 43702424 ZULUAGA GARRO LUZ MARINA 26/05/2023 11:49 43830539 LONDOÑO MARIN LINA MARIA 28/02/2023 11:35:44 AM 43908928 ARANGO SUAREZ MARISOL 3/04/2023 2:55:27 PM 45545458 MARRUGO HERRERA LOLI LUZ 2023/03/10 15:46:26 50930486 OVIEDO MENDOZA SARA INES 20/04/2023 3:08:49 PM 63253931 QUINCHIA GIRALDO DIANA AMPARO 12/05/2023 15:14 70062948 LOPEZ MUNERA GUILLERMO LEON 2023/03/13 11:26:58
70118621 MONSALVE MARIN JAIR ANTONIO 27/02/2023 11:01:56 AM
70506645 GUZMAN BETANCOURT VICTOR LEON 28/04/2023 10:34:51 AM 70562378 ECHEVERRI SANCHEZ CARLOS ALBERTO 25/04/2023 1:08:35 PM 70721281 OTALVARO OTALVARO CAYETANO 14/02/2023 3:30:06 PM
70904446 GARCIA VILLEGAS LUIS ANGEL 4/04/2023 4:12:27 PM
71000713 HINCAPIE DAZA ALINCER DE JESUS 28/04/2023 2:54:15 PM
71000755 ARCILA HENAO JAVIER ENRIQUE 30/01/2023 11:08:07 AM
71001135 YARCE VARGAS
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.