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CNE - Resolución 7916 de 2021

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 7916 de 2021
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 7916 DE 2021 (29 de octubre)

Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 2049 de 17 de junio de 2021, “Por medio de la cual se registran el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA

DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA por Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA

AMPLIA…”.

EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las conferidas por los artículos 265 de la Constitución Política y 45 de la Ley 1437 de 2011 y, con fundamento en las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. Con oficio de 19 de octubre de 2020, radicado con el No. 1 1233-20, el Representante Legal del Movimiento Político Alianza Democrática Afrocolombiana -ADA solicitó el registro del cambio del nombre de la organización política, con fundamento en la decisión que adoptó la primera Convención Nacional de la colectividad, el 16 de octubre de 2020.

2. El Consejo Nacional Electoral, mediante la Resolución No. 2049 de 17 de junio de 2021, ordenó registrar el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA

AFROCOLOMBIANA-ADA por Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, así:

“ARTÍCULO PRIMERO: REGISTRAR. el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA a Movimiento

ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA”.

3. Mediante oficio de 13 de agosto de 2021, radicado CNE-E-2021-013320, el representante

Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA a Movimiento

ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA”.

3. Mediante oficio de 13 de agosto de 2021, radicado CNE-E-2021-013320, el representante legal del Movimiento Político Alianza Democrática Amplia solicitó la aclaración de la Resolución 2049 de 2021, en los siguientes términos:

“PAULINO RIASCOS RIASCOS, actuando en mi calidad de representante legal del partido A.D.A., me dirijo a ustedes en esta oc asión para solicitarles se realicen las siguientes aclaraciones frente a la resolución 2049 de 2021 por medio de la cual se registra el cambio de nombre de la colectividad y el cambio de algunos de nuestros artículos. En fecha de octubre 16 de 2020 se real izó la primera convención de la colectividad en donde se realizaron los siguientes cambios: Cambio de nombre de ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA A ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, entendiéndose que no perderíamos nuestras siglas "A.DA." por lo que se debió ordenar inscribir el nombre con la respectiva sigla puesto que esta no fue objeto de cambio por la colectividad como se indica en el artículo primero de nuestros estatutos presentados en fecha de 19 de octubre de 2020, por lo queResolución 7916 de 2021 Página 2 de 3 Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 2049 de 17 de junio de 2021, “Por medio de la cual se registran el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA por Movimiento ALIANZA

DEMOCRÁTICA AMPLIA…”.

de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA por Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA…”. solicito se ordene el registro de la sigla "A.DA." por lo que deberla quedar en el registro de la siguiente manera: ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA "A.D.A." en base a lo anteriormente expuesto. (…)”

4. De conformidad con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, “en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.”

5. Que, en el artículo primero de la Resolución No.2049 de 17 de junio de 2021 se omitió indicar la sigla “A.D.A” que acompaña el nombre del Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA

AMPLIA.

6. Así las cosas, se procede a aclarar el artículo primero de la Resolución No. 2049 de 17 de junio de 2021 del Consejo Nacional Electoral, en el sentido de precisar que el nombre de la organización política es Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA A.D.A.

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR el artículo primero de la Resolución No 2049 del 17 de

En mérito de lo expuesto, el Consejo Nacional Electoral,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR el artículo primero de la Resolución No 2049 del 17 de junio de 2021 , en el sentido de que el nombre de la organización política es ALIANZA

DEMOCRÁTICA AMPLIA A.D.A, así:

“ARTÍCULO PRIMERO: REGISTRAR. el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA a Movimiento ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA A.D.A, de conformidad con el artículo 1 de los estatutos de la organización política, el cual quedará así:

“ARTÍCULO 1. - DENOMINACIÓN DEL MOVIMIENTO. - El nombre del MOVIMIENTO que por medio de los presentes estatutos se constituye es: ALIANZA DEMOCRÁTICA AMPLIA, el cual se identificará como "A.D.A" y para efectos de documentos internos como "EL MOVIMIENTO". Es un MOVIMIENTO político del orden nacional, sometido al imperio del ordenamiento jurídico colombiano y los tratados internacionales ratificados por Colombia, comprometido con la defensa de los derechos humanos, el ambiente, la democracia y el debido proceso en todas sus actuaciones y la participación de los CCCN en la vida política de la nación.”

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al Representante Legal Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA-ADA, el contenido del presente acto administrativo en el correo electrónico autorizado partidoada@gmail.com , de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Resolución 7916 de 2021 Página 3 de 3

el correo electrónico autorizado partidoada@gmail.com , de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.Resolución 7916 de 2021 Página 3 de 3 Por medio de la cual se aclara la Resolución No. 2049 de 17 de junio de 2021, “Por medio de la cual se registran el cambio de nombre del Movimiento Político ALIANZA DEMOCRÁTICA AFROCOLOMBIANA -ADA por Movimiento ALIANZA

DEMOCRÁTICA AMPLIA…”.

ARTÍCULO TERCERO: Comunicar a la A sesoría de Inspección y Vigilancia del Consejo Nacional Electoral para lo de su competencia.

ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los veintinueve (29) días del mes de octubre de dos mil veintiuno (2021).

DORIS RUTH MÉNDEZ CUBILLOS

Presidenta

VIRGILIO ALMANZA OCAMPO

Vicepresidente

PEDRO FELIPE GUTIÉRREZ SIERRA

Magistrado Ponente

Aprobado en Sesión Virtual de Sala Plena del veintinueve (29) de octubre de 2021.

V.B: Rafael Antonio Vargas González, asesoría secretaria general.

Proyectó: AMGC

Radicado No. 11233-20

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