CSJ - 65424
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - 65424
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente AP9171-2025 Radicación n.° 65424 C.U.I. 11001610810520178024001 Aprobado en acta n.° 340 Bogotá D. C., diez (10) de diciembre de dos mil veinticinco (2025).
I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Sala se pronuncia sobre el desistimiento presentado por el procesado CARLOS H ÉCTOR L ÓPEZ M ENDIVELSO y coadyuvado por su defensora, respecto del recurso de casación interpuesto contra la sentencia condenatoria, que lo declaró autor penalmente responsable por actos sexuales con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo y sucesivo.Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO
II. HECHOS
1. En primera y segunda instancia se encontró probado
que entre febrero y marzo de 2017, en la calle 21 sur # 12 B 22 este, barrio la Castaña, de Bogotá D.C., CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO realizó tocamientos en cinco oportunidades a su nietastra de siete años de edad, N.T.C.B., en la cola y sus genitales externos, tanto por encima como por debajo de la ropa.
III. ANTECEDENTES PROCESALES
2. El 8 de junio de 2017, la Fiscalía imputó a CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo y
2. El 8 de junio de 2017, la Fiscalía imputó a CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO el delito de actos sexuales con menor de 14 años agravado, en concurso homogéneo y sucesivo. El Juzgado Setenta y Seis Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá le impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en centro carcelario. El 2 de octubre de 2017 se llevó a cabo la audiencia de formulación de acusación ante el Juzgado Cincuenta y Tres Penal del Circuito con Función de Conocimiento de la misma ciudad . Con posterioridad, el 25 de octubre de 2017, se realizó la audiencia preparatoria.
3. El juicio oral se instaló el 26 de enero de 2018 y se extendió en varias sesiones, hasta el 14 de marzo de 2019, fecha en la cual el Juzgado anunció el sentido condenatorio del fallo. El 10 de julio de 2019, el Juzgado dio lectura a la sentencia, mediante la cual condenó al acusado a 13 años y 6
2Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO meses de prisión y de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas. Negó los mecanismos sustitutivos de la prisión carcelaria.
4. Apelada la decisión, a través de sentencia de 11 de septiembre de 2023, leída en audiencia de 14 de septiembre
sustitutivos de la prisión carcelaria.
4. Apelada la decisión, a través de sentencia de 11 de septiembre de 2023, leída en audiencia de 14 de septiembre de 2023, el Tribunal Superior de Bogotá la confirmó integralmente. Contra este fallo, oportunamente, la defensa interpuso el recurso extraordinario de casación y allegó la correspondiente demanda.
5. Mientras estaba pendiente de calificar la demanda, el 23 de septiembre de 2025, CARLOS H ÉCTOR L ÓPEZ MENDIVELSO allegó escrito manifestando su desistimiento del recurso extraordinario de casación. Lo anterior, “ lo deseo voluntariamente… en aras de garantizar los pasos convergentes para llegar al juez de penas (sic) medidas y de seguridad, para la vigilancia y control del tiempo restante en privación de la libertad”.
6. El despacho de la Magistrada Ponente requirió a la defensora, para que informara su parecer, respecto de la manifestación del acusado. En cumplimiento de dicho requerimiento, el 21 de noviembre del año en curso la defensora expresó que coadyuvaba la petición elevada por su representado.
3Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO
IV. CONSIDERACIONES
7. De conformidad con el artículo 199 del Código de Procedimiento Penal, las partes e intervinientes pueden desistir del recurso de casación, hasta antes de que la Sala lo
IV. CONSIDERACIONES
7. De conformidad con el artículo 199 del Código de Procedimiento Penal, las partes e intervinientes pueden desistir del recurso de casación, hasta antes de que la Sala lo decida. Es necesario que quien realice tal manifestación sea el mismo sujeto procesal que postuló la impugnación extraordinaria y la sustentó a través de la demanda respectiva (AP7216-2024, AP3259-2023 y AP1063–2017).
8. Tales presupuestos se acreditan en este caso. En efecto, la manifestación de desistimiento del recurso extraordinario fue presentada directamente por el acusado CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO, quien se halla procesalmente legitimado para hacerlo. Adicionalmente, dicha manifestación fue coadyuvada por la defensora, quien, si bien no fue la profesional que inicialmente interpuso y sustentó la demanda de casación, sí es la apoderada judicial actual. En esta calidad, confirmó su adhesión al desistimiento presentado por su defendido.
9. En segundo término, la solicitud se allegó a la Corte antes de que se profiriera la providencia que califique la demanda de casación. Por las anteriores razones, es viable acceder al desistimiento presentado. En consecuencia, se aceptará la manifestación de CARLOS H ÉCTOR L ÓPEZ MENDIVELSO, debidamente coadyuvada por su defensora.
4Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
aceptará la manifestación de CARLOS H ÉCTOR L ÓPEZ MENDIVELSO, debidamente coadyuvada por su defensora. 4Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Primero. Aceptar el desistimiento del recurso de casación presentado por CARLOS H ÉCTOR L ÓPEZ M ENDIVELSO, coadyuvado por su defensora. Segundo. Advertir que contra la anterior decisión procede el recurso de reposición. Notifíquese, cúmplase y devuélvase al Tribunal de origen.
MYRIAM ÁVILA ROLDÁN
Presidenta
GERARDO BARBOSA CASTILLO
FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN
GERSON CHAVERRA CASTRO
JORGE HERNÁN DÍAZ SOTO
HUGO QUINTERO BERNATE
5Casación Radicado n.° 65424
CUI: 11001610810520178024001
CARLOS HÉCTOR LÓPEZ MENDIVELSO
CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO GARAVITO
JOSÉ JOAQUÍN URBANO MARTÍNEZ
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 6