SIC - Acta 1109 de 2017
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 1109 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2017
- Industria y Comercio • ,SUPERINTENDENCIA .!W
Yo le Juego Limpio a Colomoia
TODOSPORUN NUEVOPIÚS PAZ EQUl()AD EIIUCACJÓ!< ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCÚLO 373 DEL C.G.P.
Proceso de Competencia Desleal
Radicación: 14-107144
ACTA Nº Ir!:_ -11 O 9
Demandantes: FORLÍN Ltda. y Héctor Jiménez Torres Demandado: Ingeniería de la Integración, Química, Mecánica y Afines QMA S.A.
/63 En Bogotá D.C. a los 28 días del mes de junio de 2017, se da continuación a la audiencia de que trata el artículo 373 del C.G.P. r---. A la misma comparecieron: Por la Superintendencia de Industria y Comercio: GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO, Asesor asignado a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales.
Por la demandante: CAMILO ANDRÉS SUÁREZ BOTERO, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.762.830 y T.P. No. 157.054 del C.S. de la J. en su calidad de apoderado judicial de la parte demandante.
Por la demandada: CAMILO JAVIER GÓMEZ RIVEROS, identificado con cédula de ciudadanía No. 80.422.310 y T.P 80.44 del C. S. de la J .. en su calidad de apoderado judicial del extremo demandado.
CIERRE DEL DEBATE PROBATORIO No habiendo más pruebas que practicar. el Despacho da por cerrado el debate probatorio. fi Decisión que se notifica en estrados.
CIERRE DEL DEBATE PROBATORIO No habiendo más pruebas que practicar. el Despacho da por cerrado el debate probatorio. fi Decisión que se notifica en estrados. SANEAMIENTO DEL PROCESO Una vez revisadas las actuaciones surtidas dentro del proceso, no se observa que alguna de ellas esté viciada de nulidad. Decisión que se notifica en estrados. ALEGATOS En el presente estado de la diligencia se concede a las partes de un término de hasta 20 minutos para que presenten sus respectivos alegatos de conclusión.lt1rIndustria y Comercio 11 .,,SUPERINTENDENCIA SENTENCIA Yo le Juego límpio o Colombia 2 8 JUN 2017
RESUELVE: PRIMERO: Desestimar las pretensiones de HÉCTOR JIMÉNEZ TORRES y FORLIN L TOA. en virtud de lo señalado en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: Condenar en costas a HÉCTOR JIMÉNEZ TORRES y FORLIN L TOA. Por concepto de agencias en derecho se fija la suma equivalefnte a la suma de $1.000.000 que deberá pagar la demandante a favor de la parte demandada.
Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente. Esta decisión queda notificada en estrados. TRAMITE APELACIÓN En este estado de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien presentó recurso de apelación contra la sentencia proferida. En consecuencia, éste Despacho concede el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en el efecto suspensivo, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, señalando que el recurso debe sustentarse dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación
demandante en el efecto suspensivo, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, señalando que el recurso debe sustentarse dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia, debiendo igualmente la parte demandante efectuar el pago correspondiente a la copia del Acta de la presente providencia junto con el CD de audio. en un término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, para que las mismas sean expedidas, so pena de declarar desierto el recurso de alzada (inc. 2, art. 324 Código General del Proceso). Una vez cumplido lo anterior, por Secretaría, remítase el original del expediente de la -'-'- referencia, incluyendo el Acta de la presente audiencia y el CD de audio contentivo de la providencia al Tribunal Superior de Bogotá -Sala Civil. CAMILO ÁNDES SUÁREZBTERO Apoderado judicial de la parte demandante.• Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA ® Yo le Juego Limpio o Colombia 2 B JUN 2017 Asesor asignado a la Deleg ura para Asuntos Jurisdiccionales.