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CNE - Resolución 11177 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 11177 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

CN=/ Consejo Nacional Electoral 1~11011:111Ern RESOLUCIÓN No. 11177 DE 2023 (27 de septiembre) Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En uso de las facultades Constitucionales y Legales, en especial las otorgadas en el artículo 265 modificado por el Acto Legislativo 01 de 2009, y el inciso quinto del artículo 108 de la Constitución Política de Colombia, y con base en los siguientes:

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. Mediante escrito radicado en la Subsecretaría de la Corporación el día 01 de agosto de 2023, el ciudadano Guillermo Lombana Zapata, solicitó la revocatoria de inscripción de la candidatura del señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, a la Gobernación del Valle del Cauca, en los

siguientes términos: 1-CONCLUSIÓN En el presente caso se evidencia la configuración de la inhabilidad contemplada en el numeral 5 del Artículo 111 de la Ley 2200 de 2022, puesto que en el periodo comprendido entre el 29 de octubre de 2023, el ciudadano objeto de la presente solicitud

En el presente caso se evidencia la configuración de la inhabilidad contemplada en el numeral 5 del Artículo 111 de la Ley 2200 de 2022, puesto que en el periodo comprendido entre el 29 de octubre de 2023, el ciudadano objeto de la presente solicitud suscribió tres contratos con la Secretaría de Deporte de la Alcaldía Municipal de Santiago de Cali, situación que a todas luces se enmarcan como una imposibilidad jurídica para que participe en la contienda electoral del 29 de octubre de 2023.

II-HECHOS PRIMERO: El ciudadano Tulio Gomez Giraldo, se inscribió el día 27 de julio de 2023 como candidato único a la Gobernación del valle del Cauca por el Partido Verde, tal como consta en el E6-GOB suscrito en la Registraduría Departamental del Valle del

Cauca.

SEGUNDO: En los meses de noviembre de 2022 y enero de 2023, el ciudadano Tulio Gómez Giraldo en sus calidad de Representante Legal del América de Cali S.A. en Reorganización, suscribió tres contratos con la Secretaria del Deporte, Dependencia que hace parte de la estructura de la Alcaldía de Santiago de Cali, cuyo objeto consistía en el alquiler de dos locales y el Estadio Pascual Guerrero, lo anterior para el desarrollo del objeto social y actividad comercial del equipo de futbol en mención.

TERCERO: De acuerdo a las disposiciones normativas, se tiene que el señor Tulio Gómez se encuentra inmerso en una causal de ilegibilidad, lo anterior de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. (- • .) tlResolución No. 11177 de 2023 Página 2 de 551.

Gómez se encuentra inmerso en una causal de ilegibilidad, lo anterior de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico. (- • .) tlResolución No. 11177 de 2023 Página 2 de 551. Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado ccin cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: 'Coalici4i Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080.

VI. ESTRUCTURACIÓN DE LA CAUSAL DE INHABILIDAD: Se procederá a demostrar como se acredita cada uno de los elementos de la causal de inhabilidad endilgada al ciudadano Tulio Gómez Giraldo, razón por las cuales el Consejo Nacional Electoral deberá a proceder a revocar su inscripción como candidato a la

Gobernación del Valle del Cauca.

A-Elemento Temporal: I) Un elemento temporal limitado a 1 año anterior a la fecha de la elección, es decir, se toma como punto de referencia el día de elección y se cuenta un año hacía atrás.

Para el caso concreto, al consultar el portal PACO y el Sistema de Contratación Pública — SECOP II, se logra evidencia que la empresa América de Cali S.A. en Reorganización, con el Nit. 890.305.773-4 cuyo representante legal para la época de los hechos, es el

— SECOP II, se logra evidencia que la empresa América de Cali S.A. en Reorganización, con el Nit. 890.305.773-4 cuyo representante legal para la época de los hechos, es el ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo identificado con la cédula de ciudadanía No. 16.627.073, quien actuando en nombre y representación del América de Cali, además de ser su accionista mayoritario, suscribió los siguientes contratos: No. Contrato l Objeto i Valor Fecha de Celebrac ión Contratista Contratante Link EL DISTRITOOTORGANTE hace. entrega al AUTORIZADO, para el Aprovechamiento $ 34.886.380 05 de novlembr e de 2022 Secretria del Deporte de Santiago de Cali America de Cali S,A, Representante Legal Tulio Alberto Gomez Giraldo httosAgo mmunitv, secop.ao v.ccdPubl iclTende ring/Opp 4162.010 económico del ortunitvD .32.1.070 siguiente inmueble: etaiWlnde 3-2022 Un (1) Local comercial identificado con el x?notic.e

UID=CO

1.NTC.3 N' 4 ubicado en la Tribuna Occidental, del Estadio Olímpico Pascual Guerrero del DISTRITO de Santiago de Cali (Valle), para el ejercicio de una actividad comercial la cual se contrae única y exclusivamente en la venta de articules

Pascual Guerrero del DISTRITO de Santiago de Cali (Valle), para el ejercicio de una actividad comercial la cual se contrae única y exclusivamente en la venta de articules fabricados y!o distribuidos por el 4964458 isFromP ubli,:Are a=Truak sModal=t rue.,8asP eptiovie w=true AUTORIZADO EL DISTRITO- $43.427.528 04 de Secretria del America de bt,Ipsilrx1 OTORGANTE hace noviembr Deporte de Cali S.A. mmunity. entrega al e de 2022 Santiago de Representante wenn.= AUTORIZADO, para el Aprovechamiento económico del siguiente inmueble: Cali Legal Tulio Alberto Gomez Giralda v.coiPubl ic/Tende ríno/00a ortunitv D etailelnde 4162.010 Un (1) Local x?notice .32.1.070 comercial UtD=.C.º 2-2022 identificado con el 1,NTC.3 N 5 ubicado en la Tribuna Occidental, del Estadio ()limpie° Pascual Guerrero del DISTRITO de Santiago de Cali (Valle). para el ejercicio de una actividad comercial la cual se contrae única y exclusivamente en la venta de articulas 4967708 isFromP uplicAre a=true&i stolcdol.t nie&asP ginuoVie

actividad comercial la cual se contrae única y exclusivamente en la venta de articulas 4967708 isFromP uplicAre a=true&i stolcdol.t nie&asP ginuoVie w=trueResolución No. 11177 de 2023

Página 3 de 55 Por media de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080.

, fabricados y/o

distribuidos por el AUTORIZADO EL DISTRITO5 607.835.789 20 de Secretria del A.menca de tylps'ilco OTORGANTE, hace enero de Deporte de Cali S.A. mrntinity. entrega al 2023 Santiago de Representante secop.qo AUTORIZADO, para el k Cali Legal Tulio Alberto Gomez v.00/Publ ion-ende Aprovechamiento Giraldo Cir.VQPI2 4162.010 económico del olunityD .32.1.000 escenario deportivo etail:Inde 4-2023 ESTADIO Oriol; c.e

OLIMPICO UlD=C0

PASCUAL 1.NTC.3

4162.010 económico del olunityD .32.1.000 escenario deportivo etail:Inde 4-2023 ESTADIO Oriol; c.e

OLIMPICO UlD=C0

PASCUAL 1.NTC.3

GUERERO, ubicado en la ciudad de Santiago do Cali, en donde se realizarán los partidos de local del América de Cali S.A en Reorganización a realizarse el día 20 de enero de 2023 hasta el 20 de diciembre del presente año 806006& isfromP ublic.Are a-=True&i sModal=t rue&asP opuoVie wr-true Respecto al primer elemento de la causal del numeral 5 del Art. 111 de la Ley 2200 de 2022, se encuentra acreditado puesto que de conformidad con el Sistema de Contratación Pública — SECOP II, los mismos fueron suscritos por el ciudadano Tulio Gómez Giraldo en calidad de Representante y Accionista del América de Cali S.A., tal como se evidencia en las siguientes imágenes:Resolución No. 11177 de 2023 Página 4 de 55` Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista

Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. Contrato No. 4162.010.26.1.3399-2022: (dantlfteación Entidad contratante SECRETARIA DEL DEPORTE Y LA RECREACION OLOMBIA, "Ir .aht—ssir Información del Proveedor contratista

AMÉRICA DE CALI SA RE ORGANIZACIÓN

COLOMSIA. Crío : '-'uorsta bancaria del proveedor

Proveeddr

4orpbre del banco

Al...4g~ ce. c."1.3 SA EN RE OROANISZACV:iNt

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Nprobación del contrato

Aprobador Proveedor .40PC,C114cfc, TIA.J0.47. >r,e ,..7;7 s7r,r"..1.1 rff oh» nrn 1-,11 P.Ibf x,"0 po,r• oir,obank5" AprOaraidor !Unir:Rad Estatal Aprobado rmailL•OSt.4.1.,fistrorn,041,130 P1,4114 do / 4 .5.14 44114 rti", shelona ,

Contrato firmado: Cer1=C;Wf7P 1.095.50Y Trne.d0

Contrato No. 4162.010.26.1.3400-2022 deniificaciOn Entidad contratante

SECRETARIA DEL DEPORTE Y LA. REcREAcaoN

COLOMB(A, - formación del Proveedor contratista

Contrato No. 4162.010.26.1.3400-2022 deniificaciOn Entidad contratante

SECRETARIA DEL DEPORTE Y LA. REcREAcaoN

COLOMB(A, - formación del Proveedor contratista AMÉRICA DE CALI SA EN RE ORGANIZACIÓN cc,t-oivsta". oso< Z.',12enta bancaria dei proveedor Proveedor

Nottibre del bárace

AME cA De CAL2 SA g,N R5 cracIANizActoN tamo te boOela

typrobación del contrato Aprobador — Po:robador Aprob.rdo 7.1.4."0.4414'1govm précofizFeoba dC 42:49.41.0¿' oprob~ Aprobador Entidad Esotra! APrObado PaAtIC)- racha oe por.: ALTA TE. .apf.nhartart COIttnálc> %robado: t_p-ncn7r2...4 96511_12~,z1c42 10,1,41012 12:.. 0,1 .190 41.01•C4:4 ',I a....rumlz. 4 v Pm td1 , rar, nmoo...t7 Resolución No. 11177 de 2023 Página 5 de 55 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con Mula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición

Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. Contrato No. 4162.010.26.1.0004 -2023. 3entificación Entidad contratante SECRETARIA DEL DEPORTE Y LA RECREACION CCK.OMA C..11 -.Ár sir Sr ,formación del Proveedor contratista

AMÉRICA DE CALI SA EN RE ORGANIZACIÓN

C.Ct.0411RA. Cati

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Proveedor

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sonaba cien del contrato

Aprobador - Prov~der AF ....~1 , 1 IJL10 .4Z-IZERTC, :1~2 Foutur yr 24 0,47.123 11 08 81 AM qc.r7=-55 .>57 .5c9.2.1 i01. Por C.401ALOO aprobsobin :„4.,h• Aprobador - Entidad Estatal A trn.,batlo GARY. 0.2 Atn O OTO 01.400 1....h. de 3,3•01/202.1 2 y 3 58 PAt wrc-bs cc, pss:es Lo+3

F.wrALBA rE A72~41.~ 5A1C,

F.wrALBA rE A72~41.~ 5A1C,

Dore/ato Rrenado: C01_,PCON7R_4447355..F.,,,,, B-ELEMENTO MATERIAL O TERRITORIAL. 11) Un elemento material u objetivo consistente en intervenir en la celebración de contratos entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento (elemento territorial). En cuanto al segundo elemento, se evidencia que el contratante es la Secretaria del Deporte de la ciudad de Santiago de Cali, dependencia que hace parte de la estructura administrativa de la Alcaldía de ciudad, la cual en los términos del Art. 2 de la Ley 80 de 1993 es considerada una entidad estatal, además dichos contratos fueron ejecutados y cumplidos en la misma ciudad de conformidad con la cláusula vigésima secta, la cual está dentro de la circunscripción electoral del Valle del Cauca. C-ELEMENTO SUBJETIVO III) Un elemento subjetivo relacionado con el interés propio o de terceros. El fin del mencionado negocio jurídico es la explotación económica de un bien inmueble para la venta de artículos fabricados y/o distribuidos por el América de Cali, así como también del Estadio Pascual Guerrero para su explotación a través del desarrollo del objeto social de la empresa América de Cali S.A. en Reorganización, lo cual supone un beneficio para la sociedad que representa TUILIO ALBERTO GOMEZ GIRALDO, ya que ello emerge sin lugar a dudas del clausulado del contrato. En ese sentido, para el caso en concreto se acreditan los tres elementos definidos por la jurisprudencia del Consejo de Estado para configurar la inhabilidad por celebración de contratos.

que ello emerge sin lugar a dudas del clausulado del contrato. En ese sentido, para el caso en concreto se acreditan los tres elementos definidos por la jurisprudencia del Consejo de Estado para configurar la inhabilidad por celebración de contratos. 1.2. Por reparto interno de negocios realizado el 04 de agosto de 2023, le correspondió al Despacho del Magistrado César Augusto Lorduy Maldonado, conocer del asunto bajo el radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. 1.3. El día 11 de agosto de 2023, el Despacho sustanciador mediante el Auto No. 114, avocó conocimiento de la solicitud de la revocatoria de inscripción de la candidatura del señor TulioResolución No. 11177 de 2023 Página 6 de 55' Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. Alberto Gómez Giraldo, a la Gobernación del Valle del Cauca, dentro del expediente No. CNEE-DG-2023-019080, y ordenó otras disposiciones. 1.4. El día 15 de agosto de 2023, la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de

E-DG-2023-019080, y ordenó otras disposiciones. 1.4. El día 15 de agosto de 2023, la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, allegó escrito de contestación al Auto citado en el párrafo precedente. 1.5. El día 16 de agosto de 2023, la Lotería del Valle del Cauca, allegó escrito de contestación al Auto 114 del 11 de agosto de 2023. 1.6. El día 16 de agosto de 2023, el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, a través de su apoderado, doctor Carlos Ariel Sánchez Torres, allegó escrito de defensa en contestación al Auto 114 del 11 de agosto de 2023. 1.7. El día 16 de agosto de 2023, la Agrupación Política "En Marcha", allegó escrito de defensa en contestación al Auto 114 del 11 de agosto de 2023. 1.8. A través de la Plataforma Gestor Documental EPX del Consejo Nacional Electoral, se han remitido varios escritos radicados ante esta Corporación, en donde algunos ciudadanos, bajos los mismos argumentos fácticos y jurídicos han solicitado la revocatoria de inscripción de la candidatura del señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, a la Gobernación del Valle del Cauca, los cuales se relacionan a continuación:

1. CNE-DG-2023-021058 / 027370 Henry Antonio Anaya Arango

2. CNE-DG-2023-019502 Juan Pablo Lozada Gutiérrez

3. CNE-DG-2023-021058 / 020238 / 020459 Ricardo Lasala García

4. CNE-DG-2023-022719 / 022718 José Manuel Abuchaibe Escolar

3. CNE-DG-2023-021058 / 020238 / 020459 Ricardo Lasala García

4. CNE-DG-2023-022719 / 022718 José Manuel Abuchaibe Escolar

5. CNE-DG-2023-028770 Hollman Ibáñez Parra

6. CNE-DG-2023-029085 / 029080 / 26415 Plinio Wilfredo Artuduaga

7. CNE-DG-2023-025639 Iñigo Alvarez Granados 1.9. El día 14 de septiembre de 2023, el Despacho sustanciador mediante el Auto No. 178, acumuló los asuntos bajo los radicados No. CNE-DG-2023-021058, CNE-DG-2023-027370,

CNE-DG-2023-019502, CNE-DG-2023-021058, CNE-DG-2023-020238, CNE-DG-2023-020459, CNE-DG-2023-022719, CNE-DG-2023-022718, CNE-DG-2023-028770, CNE-DG-2023-029085, CNE-DG-2023-029080, CNE-DG-2023-26415 y CNE-DG-2023-025639, dentro del expediente No. CNE-E-DG-2023-019080; y ordenó, correr traslado del expediente acumulado con losResolución No. 11177 de 2023 Página 7 de 55 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cIdula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición

Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. elementos probatorios recaudados hasta el momento, para que el Ministerio Público y los sujetos procesales del mismo, si lo estimaban, alleguen consideraciones adicionales. 1.10. El día 18 de septiembre de 2023, la Agrupación Política "En Marcha", allegó consideraciones adicionales, en atención al Auto No. 178 del 14 de septiembre de 2023. 1.11. El día 18 de septiembre de 2023, el señor Plinio Wilfredo Artuduaga, allegó poder especial conferido al doctor Luis Alfredo Gómez Guerrero. 1.12. El día 18 de septiembre de 2023, el doctor Luis Alfredo Gómez Guerrero, solicitó el reconocimiento de personería jurídica para actuar en el presente caso como apoderado del señor Plinio Wilfredo Artuduaga. 1.13. El día 19 de septiembre de 2023, la doctora Diana del Pilar Amezquita Beltrán, en su calidad de Procuradora 4 Judicial II para Asuntos Administrativos de Bogotá D.C., allegó concepto del caso objeto en estudio.

2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

2.1. COMPETENCIA 2.1.1. Constitución Política "ARTÍCULO 108. Modificado por el art. 2, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los

2.1.1. Constitución Política "ARTÍCULO 108. Modificado por el art. 2, Acto Legislativo 01 de 2009. El nuevo texto es el siguiente: El Consejo Nacional Electoral reconocerá Personería Jurídica a los partidos, movimientos políticos y grupos significativos de ciudadanos. Estos podrán obtenerlas con votación no inferior al tres por ciento (3%) de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en elecciones de Cámara de Representantes o Senado. Las perderán si no consiguen ese porcentaje en las elecciones de las mismas Corporaciones Públicas. Se exceptúa el régimen excepcional que se estatuya en la ley para las circunscripciones de minorías étnicas y políticas, en las cuales bastará haber obtenido representación en el Congreso. (...) Toda inscripción de candidato incurso en causal de inhabilidad, será revocada por el Consejo Nacional Electoral con respeto al debido proceso..." "ARTÍCULO 265. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales: (...)

12. Decidir la revocatoria de la inscripción de candidatos a Corporaciones Públicas o cargos de elección popular, cuando exista plena prueba de que aquellos están incursos en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y la ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos. \-kResolución No. 11177 de 2023 Página 8 de 55.

en causal de inhabilidad prevista en la Constitución y la ley. En ningún caso podrá declarar la elección de dichos candidatos. \-kResolución No. 11177 de 2023 Página 8 de 55. Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giralda, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: ''Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. (.• .)" 2.2. INHABILIDADES PARA SER GOBERNADOR 2.2.1. Ley 2200 DE 2022 "ARTÍCULO 111. DE LAS INHABILIDADES DE LOS GOBERNADORES. No podrá ser inscrito como candidato, elegido o designado como gobernador.'

5. Quien dentro de los doce (12) meses anteriores a la elección, haya intervenido en la gestión de negocios ante entidades públicas del nivel departamental o en la celebraciónde contratos con entidades públicas de cualquier nivel en interés propio o de terceros, siempre que los contratos deban ejecutarse o cumplirse en el respectivo departamento.

Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento.

Así mismo, quien dentro del año anterior haya sido representante legal de entidades que administren tributos, tasas o contribuciones, o de las entidades que presten servicios públicos domiciliarios o de seguridad social en salud en el régimen subsidiado en el respectivo departamento. PARÁGRAFO. Interprétese para todos sus efectos, que las inhabilidades descritas en el presente artículo se refieren al departamento como entidad pública y sus institutos o entidades descentralizadas, que funcionan en el respectivo territorio o ejercen competencias que involucran al respectivo ente territorial. (...)"(Subrayado fuera del texto original)

3. ACERVO PROBATORIO Obran en el expediente el material probatorio que se relaciona a continuación: 3.1. Material Probatorio consultado e incorporado por el despacho sustanciador. - Formularios de inscripción (E-6G0 y E-8GO) del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023). - Contratos de No.4162.010.26.1.3399-2022, 4162.010.26.1.3400-2022 y 4162.010.26.1.0004-23, que fueron celebrados entre la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, con la sociedad América de Cali S.A. en Reorganización, identificada con el NIT: 890.305.773, consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública — SECOP II. 3.2. Material probatorio aportado por el ciudadano Guillermo Lombana Zapata.

consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública — SECOP II. 3.2. Material probatorio aportado por el ciudadano Guillermo Lombana Zapata. - Certificación de Cámara y Comercio del 02 de febrero de 2023 de la de la Empresa América de Cali S.A. en Reorganización con Nit. 890.305.773-4.Resolución No. 11177 de 2023

Página 9 de 55 por medie de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: "Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. - Expediente de los contratos No.4162.010.26.1.3399-2022, 4162.010.26.1.3400-2022 y 4162.010.26.1.0004-23 3.3. Material Probatorio por parte de la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca Contratos de No. 4162.010.32.1.0703-2022, 4162.010.32.1.0702-2022 y 4162.010.32.1.0004-2023, que fueron celebrados entre la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, con la

4162.010.32.1.0004-2023, que fueron celebrados entre la Secretaría del Deporte y la Recreación de la Alcaldía de Santiago de Cali, departamento del Valle del Cauca, con la sociedad América de Cali S.A. en Reorganización, identificada con el NIT: 890.305.773, consultados en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública — SECOP II. Documentación del contratista Complemento al contrato electrónico Contrato electrónico Documentos anexados por la Lotería del Valle del Cauca Copia del Contrato No. 016-2023 entre La Beneficencia del Valle del Cauca EICE, NIT. No. 890.99.027-0, con La Sociedad América de Cali S.A. en Reorganización, identificada con el NIT: 890.305.773. Certificado del contrato No. 016-2023. Documentos anexados por el señor Henry Antonio Anaya Arango Copia derecho petición impetrado ciudadano Jhon Mosquera Copia respuesta Secretaria del Deporte y Recreación de la Alcaldía Santiago de Cali donde relaciona contratos mencionados. Copia contrato Beneficencia del Valle No. 016-2023 Certificación de Cámara y Comercio del 2023 de la de la Empresa América de Cali S.A. en Reorganización con Nit. 890.305.773-4. Documentos anexados por el señor Juan Pablo Lozada Gutiérrez Certificado de Existencia y Representación Legal — Cámara de Comercio de Cali — América de Cali S.A. en Reorganización. Contrato de 4 de noviembre de 2022, celebrado entre el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, en representación de América de Cali S.A. en Reorganización, con la secretaria del Deporte y Recreación del Distrito de Santiago de Cali, según proceso

Contrato de 4 de noviembre de 2022, celebrado entre el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, en representación de América de Cali S.A. en Reorganización, con la secretaria del Deporte y Recreación del Distrito de Santiago de Cali, según proceso 4162.010.32.1.0702-2022. Contrato de 5 de noviembre de 2022, celebrado entre el señor Tulio Alberto Gómez Giraldo, en representación de América de Cali S.A. en Reorganización, con la secretaria 9,\ 3.4. 3.5. 3.6.Resolución No. 11177 de 2023 Página 10 de 55 Por medio de la cual se REVOCA la inscripción de la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez Giraldo, identificado con cédula de ciudadanía No. 16627073, para la Gobernación del Valle del Cauca, postulado por la coalición denominada: ''Coalición Valle 2.0", la cual está integrada por la Agrupación Política En Marcha, el Partido Alianza Verde y el Partido Ecologista Colombiano, con ocasión de las elecciones a celebrarse el veintinueve (29) de octubre de dos mil veintitrés (2023), dentro del expediente de radicado No. CNE-E-DG-2023-019080. del Deporte y Recreación del Distrito del Santiago de Cali, según proceso 4162.010.32.1.0703-2022. Radicado solicitud acta E-6 de 31 de julio de 2023 de la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante la cual se inscribe la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez. 3.7. Documentos anexados por el señor Ricardo Lasala García Formulario E-6 GO relacionado con la inscripción de la candidatura del señor TULIO

Civil, mediante la cual se inscribe la candidatura del ciudadano Tulio Alberto Gómez. 3.7. Documentos anexados por el señor Ricardo Lasala García Formulario E-6 GO relacionado con la inscripción de la candidatura del señor TULIO ALBERTO GÓMEZ GIRALDO a la Gobernación del Valle del Cauca, elecciones territoriales 2023.

CONTRATO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DE ESCENARIO DEPORTIVOESTADIO OLÍMPICO PASCUAL GUERRERO NO. 4162.010.26.1.3400-2022.

Contrato electrónico con ID en SECOP C01.PCCNTR.4195511, con fecha de aprobación 10/11/2022, relacionado con el número del contrato 4162.010.26.1.3400-2022.

CONTRATO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DE ESCENARIO DEPORTIVOESTADIO OLÍMPICO PASCUAL GUERRERO NO. 4162.010.26.1.3399-2022.

Contrato electrónico con ID en SECOP C01.PCCNTR.4195530, con fecha de aprobación 10/11/2022, relacionado con el número del contrato 4162.010.26.1.3399-2022.

CONTRATO DE APROVECHAMIENTO ECONÓMICO DE ESCENARIO DEPORTIVOESTADIO OLÍMPICO PASCUAL GUERRERO NO. 4162.010.26.1.0004-2023.

Contrato electrónico con ID en SECOP C01.PCCNTR.4447855, con fecha de aprobación 30/01/2023, relacionado con el número del contrato 4162.010.26.1.0004-2023. Solicitudes de arrendamiento mercantil fechadas 24 de agosto de 2022 y 4 de enero de

30/01/2023, relacionado con el número del contrato 4162.010.26.1.0004-2023. Solicitudes de arrendamiento mercantil fechadas 24 de agosto de 2022 y 4 de enero de 2023, presentadas por TULIO ALBERTO GÓMEZ GIRALDO ante la Alcaldía de Santiago de Cali-Secretaría del Deporte y Recreación. Certificado de Existencia y Representación Legal de la Cámara de Comercio de Cali fechado 4 de

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