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CNE - Resolución 11271 de 2023

CNE - Consejo Nacional Electoral

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Detalles

Título
CNE - Resolución 11271 de 2023
Autor
CNE - Consejo Nacional Electoral
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Electoral
Año
2023

CN=/ Consejo Nacional Electoral 11311[23101~211 RESOLUCIÓN N° 11271 DE 2023 27 de septiembre Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las otorgadas en los numerales 6 y 12 del artículo 265, el inciso quinto del artículo 108 de la Constitución Política de Colombia de 1991 y con base en los sucesivos;

1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS 1.1. En cumplimiento de la función prevista en el artículo 33 de la Ley 1475 de 2011, mediante escrito radicado ante la Corporación el 22 de agosto de 2023 el señor MARIO ENRIQUE CASTRO GONZALEZ en calidad de Jefe de División de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad — DRSCIde la Procuraduría General de la Nación remitió un listado de 676 ciudadanos que se inscribieron como candidatos a diferentes cargos y corporaciones públicas de elección popular encontrándose inmersos en causal de inhabilidad, los cuales fueron divididos en 7 grupos repartidos entre el mismo número de despachos. 1.2. La Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral, en aras de la eficiencia administrativa, ha designado un número de radicado por cada candidato en cada caso de inhabilidad.

número de despachos. 1.2. La Subsecretaria del Consejo Nacional Electoral, en aras de la eficiencia administrativa, ha designado un número de radicado por cada candidato en cada caso de inhabilidad. Es así, que mediante actas de reparto 059 del 25 de agosto de 2023 y 060 del 28 de agosto de 2023, le correspondió a la Honorable Magistrada Alba Lucía Velásquez Hernández conocer de ochenta y cuatro (84) solicitudes de revocatorias de inscripción de candidatos enviado por la Procuraduría General de la Nación, donde se relacionan el siguiente grupo de candidatos y candidatas:Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 2 de-52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección • popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros.

No RADICA

DO NOMBRE CÉDULA CORPORACIÓ

N

PARTIDO —

MOV. GSC

DEPARTAMEN

TO MUNICIPIO FUNDAMEN

TO LEGAL

1

CNE-EDG-2023026090

EDUARDO

ANTONIO

GOMEZ

MERLANO

2.911.845 ALCALDÍA

AGRUPACIÓN

POLÍTICA EN

MARCHA COROZAL SUCRE Ley 1952 de 2019 Art. 42

Par. 1' 2

CNE-EDG-2023026180

ARLEX

GONZAGA

ALVARADO

MORALES

COROZAL SUCRE Ley 1952 de 2019 Art. 42

Par. 1' 2

CNE-EDG-2023026180

ARLEX

GONZAGA

ALVARADO

MORALES

98.392.736 ALCALDÍA

MOVIMIENTO

POLÍTICO

FUERZA

CIUDADANA NARIÑO LEIVA Ley 617 de 2000 Art. 37

Num. 1 3

CNE-EDG-2023026194

RICARDO

LEON

CAMARGO

ORTIZ

71.943.375 ALCALDÍA

APARTADÓ

VAMOS CON

TODA ANTIOQUIA APARTADO Ley 1952 de 2019 Art. 42

Par. 1' 4

CNE-EDG-2023026849

JOSE

WILLIAM

OROZCO

VALENCIA

76.352.812 ASAMBLEA PACTO HISTÓRICO CAUCA N/A Ley 617 de 2000 Art. 33

Num. 1 5

CNE-EDG-2023026837

CRISOSTO

MO

ARCHILA

OVALLE

5.758.302 ASAMBLEA

COALICIÓN

PARTIDO DE LA

U Y PARTIDO

POLÍTICO LA

FUERZA DE LA

PAZ SANTANDER N/A Ley 617 de 2000 Art. 33

Num. 1 6

CNE-EDG-2023026781

HAROLD

ENRIQUE

MOLINA

ESTRADA

1.065.644.0

83 ASAMBLEA FUERZA

2000 Art. 33 Num. 1 6

CNE-EDG-2023026781

HAROLD

ENRIQUE

MOLINA

ESTRADA

1.065.644.0

83 ASAMBLEA FUERZA POPULAR CESAR N/A Ley 617 de 2000 Art. 33

Num. 1 7

CNE-EDG-2023025957

LUIS

EDUARDO

QUIROGA

1.098.170.1

63 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO) SANTANDER EL PEÑON Ley 617 de 2000 Art. 40

8

CNE-EDG-2023026686

DIANA

PATRICIA

VILLABON

SIERRA

52.488.078 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

ESPERANZA

DEMOCRÁTICA BOGOTÁ BOGOTÁ Ley 617 de 2000 Art. 40

9

CNE-EDG-2023026937

RECTOR

FABIO

ZAMORA

ALARCÓN

94.256.993 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO VALLE TRUJILLO Ley 617 de 2000 Art. 40

10

CNE-EDG-2023025508

MAURO

SANTOS

BARBOZA

15.887.673 CONCEJO

PARTIDO CONSERVADO

R COLOMBIANO 2000 Art. 40

AMAZONAS LETICIA Ley 617 de

11

CNE-EDG-2023025971

JOSE

MIGUEL

PARTIDO CONSERVADO

R COLOMBIANO 2000 Art. 40

AMAZONAS LETICIA Ley 617 de

11

CNE-EDG-2023025971

JOSE

MIGUEL

JIMENEZ

INFANTE

9.385.730 CONCEJO

MOVIMIENTO

ALTERNATIVO

INDÍGENA Y

SOCIAL (MAIS) BOYACÁ QUIPAMA Ley 617 de 2000 Art. 40Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 3 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 12

CNE-EDG-2023026430

DIEGO

FERNANDO

RIVAS

16.755.331 CONCEJO

PARTIDO POLÍTICO

DIGNIDAD & COMPROMISO VALLE JAMUNDÍ Ley 617 de 2000 Art. 40

13

CNE-EDG-2023026619

ELIVANIEL

GIRALDO

GARCÍA

18.603.795 CONCEJO POR UN

CAMBIO RISARALDA LA VIRGINIA Ley 617 de 2000 Art. 40

14

CNE-EDG-2023026696

YULIANA

BETANCUR

BEJARANO

52.517.009 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE

CALDAS VILLAMARIA Ley 617 de

14

CNE-EDG-2023026696

YULIANA

BETANCUR

BEJARANO

52.517.009 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE CALDAS VILLAMARIA Ley 617 de 2000 Art. 40

15

CNE-EDG-2023026943

DIEGO

ALEXANDE

R PINCHAD

CRUZ

87.070.922 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE NARIÑO PASTO Ley 617 de 2000 Art. 40

16

CNE-EDG-2023025807

OSCAR

JAVIER

BENITEZ

ALVAREZ

18.400.618 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO) QUINDÍO Calarca Ley 617 de 2000 Art. 40 17

CNE-EDG-2023025821

CARLOS

ALFONSO

DIAZ

CASTILLO

190.760 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

SOCIAL

INDEPENDIENT

E (ASI)

CUNDINAMAR CA BELTRAN Ley 617 de 2000 Art. 40

18

CNE-EDG-2023025908

YONEIDA

LILLYBETH

OSSA MUÑOZ 1.044.502.6

18 CONCEJO

AGRUPACIÓN

POLÍTICA EN

MARCHA

ANTIOQUIA SANTA ROSA DE OSOS Ley 617 de 2000 Art. 40

19

CNE-EDG-2023025900

18 CONCEJO

AGRUPACIÓN

POLÍTICA EN

MARCHA

ANTIOQUIA SANTA ROSA DE OSOS Ley 617 de 2000 Art. 40

19

CNE-EDG-2023025900

LISANDRO

VEGA

GONZALEZ

5.700.560 CONCEJO

PARTIDO

NUEVO

LIBERALISMO SANTANDER PALMAR Ley 617 de 2000 Art. 40

20

CNE-EDG-2023025886

CARLOS

ALBERTO

BARON

HORTUA

80.391.810 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO

CUNDINAMAR CA CHOACHI Ley 617 de 2000 Art. 40

21

CNE-EDG-2023025874

OLGA

SOFIA BRU

POLO

50.911.328 CONCEJO

PARTIDO

CONS R E CONSERVADO

COLOMBIANO SUCRE COROZAL Ley 617 de 2000 Art. 40

22

CNE-EDG-2023025865

DARIO

HUMBERTO

AREVALO

PINEDA

6.216.680 CONCEJO

PARTIDO

DEMÓCRATA

COLOMBIANO

CUNDINAMAR CA VIANI Ley 617 de 2000 Art. 40

23

CNE-EDG-2023026315

HERNANDO

PARRA

QUITIAN

12.187.147 CONCEJO

PARTIDO

COLOMBIA

RENACIENTE HUILA ALTAMIRA Ley 617 de 2000 Art. 40

DG-2023026315

HERNANDO

PARRA

QUITIAN

12.187.147 CONCEJO

PARTIDO

COLOMBIA

RENACIENTE HUILA ALTAMIRA Ley 617 de 2000 Art. 40

24

CNE-EDG-2023025789

JUAN

CARLOS

AVILA

ANDRADE

76.291.292 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

CREEMOS CAUCA PIENDAMO Ley 617 de 2000 Art. 11.51.1.Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 4 dé 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 25

CNE-EDG-2023026862

HENRY

BARRETO

PADILLA

83.229.159 CONCEJO

LIGA

GOBERNANTE

S

ANTICORRUPCI

ÓN (LIGA) RIVERA HUILA Ley 617 de 2000 Art. 40

26

CNE-EDG-2023025984

JAIME

CORREA

LOPEZ

94.256.165 CONCEJO

PARTIDO

DEMÓCRATA

COLOMBIANO TRUJILLO VALLE Ley 617 de 2000 Art. 40

27

CNE-EDG-2023026109

GABRIEL

JAIME

ALVAREZ

PARTIDO

DEMÓCRATA

COLOMBIANO TRUJILLO VALLE Ley 617 de 2000 Art. 40

27

CNE-EDG-2023026109

GABRIEL

JAIME

ALVAREZ

TABARES

98.633.766 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

CREEMOS ANTIOQUIA LA ESTRELLA Ley 617 de 2000 Art. 40

28

CNE-EDG-2023026133

ALFONSO

MIGUEL

BELLO

BELTRAN

11.039.613 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO

SAN

BERNARDO DEL VIENTO CÓRDOBA Ley 617 de 2000 Art. 40

29

CNE-EDG-2023025654

JAIME

ALBERTO

LOPEZ

ORDOÑEZ

10.302.802 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO SUCRE CAUCA Ley 617 de 2000 Art. 40

30

CNE-EDG-2023025662

MARIA

ISABEL

SILVA MEZA 1.067.853.4

94 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO MONTERÍA CÓRDOBA Ley 617 de 2000 Art. 40

31

CNE-EDG-2023025626

JOHN FREDY HOYOS DUQUE

71.338.346 CONCEJO GRANADA

SOMOS TODOS ANTIOQUIA GRANADA Ley 617 de 2000 Art. 40

32

CNE-E025626

JOHN FREDY HOYOS DUQUE

71.338.346 CONCEJO GRANADA

SOMOS TODOS ANTIOQUIA GRANADA Ley 617 de 2000 Art. 40

32

CNE-EDG-2023026914

ISIDRO - VEGA NIÑO ' ' 91 077 376 CONCEJO

SAN GIL EN

BUENAS

MANOS SANTANDER SAN GIL Ley 617 de 2000 Art. 40

33

CNE-EDG-2023025477

FABER

ALFONSO

NUÑEZ OÑATE 1.121.331.7

58 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO LA GUAJIRA URUMITA Ley 617 de 2000 Art. 40

34

CNE-EDG-2023025612

JOSE

FREEMAN

SANCHEZ

SANCHEZ 91281523 " CONCEJO PIEDECUESTA

SEGURA PISE SANTANDER PIEDECUESTA Ley 617 de 2000 Art. 40

35

CNE-EDG-2023026868

MILTON

CANO RENZA

83.163.324 CONCEJO

MOVIMIENTO

POLÍTICO

FUERZA

CIUDADANA HUILA HOBO Ley 617 de 2000 Art. 40

36

CNE-EDG-2023026892

JESUS MARIA

POSADA

CHAVARRIA

98.462.406 CONCEJO

PARTIDO POLO

DEMOCRATICO

ALTERNATIVO

ANTIOQUIA HISPANIA Ley 617 de

DG-2023026892 JESUS MARIA

POSADA

CHAVARRIA

98.462.406 CONCEJO

PARTIDO POLO

DEMOCRATICO

ALTERNATIVO ANTIOQUIA HISPANIA Ley 617 de 2000 Art. 40Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 5 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 37

CNE-EDG-2023025930

LUIS

ELIECER

VALENCIA

CAICEDO

1,077,444,8

86 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO CHOCO QUIBDO Ley 617 de 2000 Art. 40

38

CNE-EDG-2023025948

NELSON

DAVID MARIN

PORRAS

1.096.949.6

11 CONCEJO

PARTIDO

LIBERAL

COLOMBIANO SANTANDER MALAGA Ley 617 de 2000 Art. 40

39

CNE-EDG-2023026703

MILTON

MARINO

PERENGUE

Z

CUACIALPU

D

94.301.240 CONCEJO

PARTIDO

CAMBIO

RADICAL VALLE PRADERA Ley 617 de 2000 Art. 40

40

CNE-EDG-2023026709

MISLEY

D

94.301.240 CONCEJO

PARTIDO

CAMBIO

RADICAL VALLE PRADERA Ley 617 de 2000 Art. 40

40

CNE-EDG-2023026709

MISLEY

CERON

ZUÑIGA

34.316.799 CONCEJO PACTO

HISTÓRICO CAUCA LA SIERRA Ley 617 de 2000 Art. 40

41

CNE-EDG-2023026718

SANDRA

JULIETH

MACHUCA

JURADO

28.351.801 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE SANTANDER RIONEGRO Ley 617 de 2000 Art. 40

42

CNE-EDG-2023026724

PEDRO

ALBERTO

QUIROGA

DURAN

7.224.494 CONCEJO

PARTIDO LIGA

GOBERNANTE

S

ANTICORRUPCI

IÓN - LIGA BOYACÁ DUITAMA Ley 617 de 2000 Art. 40

43

CNE-EDG-2023026731

OLMER

GUAÑARITA

MUNAR

83.166.685 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE HUILA TARQUI Ley 617 de 2000 Art. 40

44

CNE-EDG-2023026817

HUBER

GUERRERO 5,468,819 CONCEJO

NUEVA

FUERZA

DEMOCRATICA

NORTE DE SANTANDER HACARI Ley 617 de 2000 Art. 40

45

CNE-EDG-2023025497

LUIS

ALBERTO

NUEVA

FUERZA

DEMOCRATICA

NORTE DE SANTANDER HACARI Ley 617 de 2000 Art. 40

45

CNE-EDG-2023025497

LUIS

ALBERTO

MORENO

1,174,062 CONCEJO

PARTIDO DE LA

UNIÓN POR LA

GENTEPARTIDO DE LA

U TOLIMA SANTA ISABEL Ley 617 de 2000 Art. 40

46

CNE-EDG-2023025535

CLAUDIA

XIMENA

BEDOYA

LONDOÑO

31,643,091 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO)

CUNDINAMAR CA PANDI Ley 617 de 2000 Art. 40

47

CNE-EDG-2023026823

AIDER

PAJOY 76,357,043 CONCEJO

PARTIDO POLO

DEMOCRATICO

ALTERNATIVO CAUCA INZA Ley 617 de 2000 Art. 40

48

CNE-EDG-2023026662

JAIRO

MIGUEL

MORALES

RODRIGUE

Z

18,939,348 CONCEJO

PARTIDO

LIBERAL

COLOMBIANO ATLANTICO CANDELARIA Ley 617 de 2000 Art. 40

49

CNE-EDG-2023025565

ALEX

ENIQUE

GALINDO

QUINTANA

3,132,821 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO)

CESAR CHIRIGUANA Ley 617 de

ALEX

ENIQUE

GALINDO

QUINTANA

3,132,821 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO) CESAR CHIRIGUANA Ley 617 de 2000 Art. 40Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 6 de 12 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección' popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 50

CNE-EDG-2023026666

DEYANIRA

CARO ROJAS

46,645,295 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO BOYACÁ PUERTO BOYACA Ley 617 de 2000 Art. 40

51

CNE-EDG-2023026673

JULIANA

VALENCIA

LOPEZ

24,331,866 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

CREEMOS CALDAS VITERBO Ley 617 de 2000 Art. 40

52

CNE-EDG-2023026811

BOLMAN

GREGORIO

MAGIAS

SIERRA

79,655,953 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO MAGDALENA SANTA MARTA Ley 80 de 1993 Art. 8

Lit. D 53

CNE-EDG-2023026745

GERARDO

VARGAS

ECOLOGISTA

COLOMBIANO MAGDALENA SANTA MARTA Ley 80 de 1993 Art. 8

Lit. D 53

CNE-EDG-2023026745

GERARDO

VARGAS

BUITRAGO

7.332.323 CONCEJO

MOVIMIENTO

POLÍTICO

COLOMBIA HUMANA META CUBARRAL Ley 617 de 2000 Art. 40

54

CNE-EDG-2023026740

ALBERTO

DARIO

BUENO GIRALDO . 78 747.738 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO LA

FUERZA DE LA

PAZ CÓRDOBA MONTERIA Ley 617 de 2000 Art. 40

55

CNE-EDG-2023025673

HENRRY

ALVIZ

CALLEJAS

86.007.390 CONCEJO

MOVIMIENTO

AUTORIDADES

INDÍGENAS DE

COLOMBIA

(AICO) TOLIMA ROVIRA Ley 617 de 2000 Art. 40

56

CNE-EDG-2023026754

HENRY

ALCARAZ 70.433.658 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

SOCIAL

INDEPENDIENT

E (ASI) ANTIOQUIA CAÑASGORDAS Ley 617 de 2000 Art. 40

57

CNE-EDG-2023026768

ALFREDO

ORTIZ

VARGAS

83.181.332 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE HUILA ACEVEDO Ley 617 de 2000 Art. 40

58

CNE-E026768

ALFREDO

ORTIZ

VARGAS

83.181.332 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE HUILA ACEVEDO Ley 617 de 2000 Art. 40

58

CNE-EDG-2023026843

ISAAC

SARMIENT

0 SALAZAR

7.061.416 CONCEJO

MOVIMIENTO POLÍTICO

FUERZA

CIUDADANA META PUERTO RICO Ley 617 de 2000 Art. 40

59

CNE-EDG-2023025703

YUL FREDY

HERNÁNDE

Z GUERRA

74.428.301 CONCEJO

PARTIDO POLÍTICO

DIGNIDAD & COMPROMISO GUAVIARE CALAMAR Ley 617 de 2000 Art. 40

60

CNE-EDG-2023025763

GUILLERM

O MEJIA

MEJIA

91.133.057 CONCEJO

PARTIDO LIGA

GOBERNANTE

S

ANTICORRUPCI

05N - LIGA SANTANDER CIMITARRA Ley 617 de 2000 Art. 40

61

CNE-EDG-2023025717

ALFONSO

RODRIGUE

Z ORTIZ

19.229.855 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

DIGNIDAD &

COMPROMISO BOGOTÁ BOGOTÁ Ley 617 de 2000 Art. 40Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 7 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección

2000 Art. 40Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 7 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 62

CNE-EDG-2023026502

LUIS

ELADIO

LAITON

LAITON

19.454.534 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

SOCIAL

INDEPENDIENT

E (ASI)

CUNDINAMAR CA VIOTA Ley 617 de 2000 Art. 40

63

CNE-EDG-2023026486

RICHARD

ZAMBRANO

CARRILLO

18.973.675 CONCEJO

PARTIDO

ALIANZA

VERDE CESAR CHIMICHAGUA Ley 617 de 2000 Art. 40

64

CNE-EDG-2023025483

WILLIAM

BUITRAGO

MORA

11.314.446 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO

CUNDINAMAR CA GIRARDOT Ley 617 de 2000 Art. 40

65

CNE-EOG-2023026310

JOHN

ARGEMIRO

VELEZ

GARRIDO

16.783.398 CONCEJO

JUNTOS POR

UNA TULUA

MEJOR VALLE TULUA Ley 617 de 2000 Art. 40

66

CNE-EDG-2023026273

GARRIDO

16.783.398 CONCEJO

JUNTOS POR

UNA TULUA

MEJOR VALLE TULUA Ley 617 de 2000 Art. 40

66

CNE-EDG-2023026273

ALBER DARIO

CARVAJALI

NO

CARRASCA

L

18.904.390 CONCEJO

PARTIDO

DEMÓCRATA

COLOMBIANO

CESAR RIO DE ORO Ley 617 de 2000 Art. 40

67

CNE-EDG-2023026230

JOSE

ALFONSO

MARTINEZ

ARIAS 1.065.593.3

39 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO CESAR LA PAZ Ley 617 de 2000 Art. 40

68

CNE-EDG-2023025852

MARIA

EVENIS

CHARRY

TAMA

38.252.797 CONCEJO

PARTIDO

ECOLOGISTA

COLOMBIANO QUINDÍO MONTENEGRO Ley 617 de 2000 Art. 40

69

CNE-EDG-2023025635

JOSE

ALBERTO

MONTERO

FERNANDE

Z

77.009.785 CONCEJO INDEPENDIENT ES CESAR VALLEDUPAR Ley 617 de 2000 Art. 40

70

CNE-EDG-2023026223

JHON

ALEXANDE

R

NAVARRO

GONZALEZ

1.061.775.8

19 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

TODOS SOMOS

COLOMBIA

CAUCA POPAYAN Ley 617 de

ALEXANDE

R

NAVARRO

GONZALEZ

1.061.775.8

19 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

TODOS SOMOS

COLOMBIA CAUCA POPAYAN Ley 617 de 2000 Art. 40

71

CNE-EDG-2023026773

PARMENIO

RINCON

SOLANO

5.674.259 CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO LA

FUERZA DE LA

PAZ SANTANDER LEBRIJA Ley 617 de 2000 Art. 40

72

CNE-EDG-2023026793

ROSEVELT

CERON

QUINCHUA

6.421.287 CONCEJO

PARTIDO

CONSERVADO

R COLOMBIANO VALLE RESTREPO Ley 617 de 2000 Art. 40

73

CNE-EDG-2023026801

CESAR

ENRIQUE

GUERRERO LINARES 79 818.401 . CONCEJO

PARTIDO

POLÍTICO

TODOS SOMOS

COLOMBIA META RESTREPO Ley 617 de 2000 Art. 40

34Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 8 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 74

CNE-EDG-2023025918

MICHAEL

JACKSON

General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. 74

CNE-EDG-2023025918

MICHAEL

JACKSON

QUIÑONES

TENORIO

1.087.129.6

84 CONCEJO

MOVIMIENTO

POLÍTICO

FUERZA

CIUDADANA NARIÑO TUMACO Ley 617 de 2000 Art. 40

75

CNE-EDG-2023026989

LUIS OSIAS

SILVA

DONCEL

11.337.316 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

ECOLOGISTA COLOMBIANO TOLIMA !BAGUECOMUNA 7

Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 1 76

CNE-EDG-2023027102

ARNOBIO

BLANCO

LIBREROS

14.875.473 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

NUEVA

FUERZA

DEMOCRATICA

VALLE RUGA - COMUNA

3 Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 2 77

CNE-EDG-2023026929

JHONATAN

ZAMBRANO LOPEZ 1 026 553 0 " 0.6 '

JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PACTO

HISTÓRICO BOGOTÁ

BOGOTÁ -

LOCALIDAD 14,

MARTIRES Decreto Ley 1421 de 1993 Art. 66 78

CNE-EDG-2023026901

JAIRO

HISTÓRICO BOGOTÁ

BOGOTÁ -

LOCALIDAD 14,

MARTIRES Decreto Ley 1421 de 1993 Art. 66 78

CNE-EDG-2023026901

JAIRO

ALBERTO

CASTILLO

RIAÑO 79.568.522 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

CONSERVADO

R - COLOMBIA

JUSTA LIBRES

BOGOTÁ

BOGOTÁ -

LOCALIDAD 9.

FONTIBÓN Decreto Ley 1421 de 1993 Art. 66 79

CNE-EDG-2023026886

JENNY

MARCELA

PEREZ

MARTIN

1.013.608.3 34 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

POLÍTICO

ESPERANZA

DEMOCRÁTICA

BOGOTÁ

BOGOTÁ -

LOCALIDAD 18,

RAFAEL URIBE

URIBE Decreto Ley 1421 de 1993 Art. 66 80

CNE-EDG-2023026974

MAURICIO

JAVIER

MARIN

FRANCO

1.088.237.8 14 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO

RISARALDA

PEREIRACOMUNA 1, VILLA SANTANA Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 1

81

CNE-EDG-2023027140

LUIS

ALONSO

MONSALVE

CORREA

71.989.026 JUNTA

Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 1 81

CNE-EDG-2023027140

LUIS

ALONSO

MONSALVE

CORREA

71.989.026 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

CONSERVADO

R

COLOMBIANO

ANTIOQUIA

TURBOLOCALIDAD 1,

AGRICOLA Y PORTUAR Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 1

82

CNE-EDG-2023027154

PAULO CESAR

MOLINA

GONZALEZ

76.326.002 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

PARTIDO

ALIANZA

SOCIAL

INDEPENDIENT

E (ASI)

CAUCA POPAYANCOMUNA 8

Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 1 83

CNE-EDG-2023027162

HUBER

EDUARDO

GUZMÁN

GUTIERREZ

96.195.349 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL

MOVIMIENTO

ALIANZA

DEMOCRÁTICA

AMPLIA

SANTANDER BARRANCABERM EJA - COMUNA 3

Ley 136 de 1994 Art. 124 Num. 2 84

CNE-EDG-2023027131

FERNEY

IBAGON

AVILA 17.337.342 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL 4

VILLAVICENCIO

INDEPENDIENT

ES META

JUNTA

ADMINISTRADOR

A LOCAL 4

VILLAVICENCIO

IBAGON

AVILA 17.337.342 JUNTA

ADMINISTRAD

ORA LOCAL 4

VILLAVICENCIO

INDEPENDIENT

ES META

JUNTA

ADMINISTRADOR

A LOCAL 4

VILLAVICENCIO Ley 136 de

1994 Art. 124 Num. 1 1.3. Mediante abono remitido por la Subsecretaria al despacho sustanciador a través del aplicativo interno de la Corporación EPX, el representante legal del Partido Polo Democrático Alternativo el Dr. Alexander Lopez Maya, manifiesta que se revocó el aval del candidato Jesús Maria Posada Chavarría identificado con cédula de ciudadanía 1.118.802.096, como candidato al Concejo del municipio de Hispania — Antioquia, sin.Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 9 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. embargo, el despacho encuentra que el candidato aún se encuentra registrado en los formularios de inscripción, motivo por el cual requerirá a la Registraduría para efectos de esta certificación, sin embargo, el despacho encuentra que el candidato aún se encuentra registrado en los formularios de inscripción. 1.4. Por otra parte, mediante abono allegado a la corporación, el partido Esperanza Democrática, manifiesta que una vez revisado Ventanilla Única Electoral permanente del Ministerio del Interior, encontraron que nueve (9) de sus candidatos avalados

1.4. Por otra parte, mediante abono allegado a la corporación, el partido Esperanza Democrática, manifiesta que una vez revisado Ventanilla Única Electoral permanente del Ministerio del Interior, encontraron que nueve (9) de sus candidatos avalados presentan inhabilidad para aspirar a cargos de elección popular, este escrito lo presentan con el fin de poner en conocimiento de la autoridad electoral lo acontecido en el partido, frente a este hecho, el despacho ponente requirió a Ventanilla Única Electoral del Ministerio del Interior con el fin de corroborar lo expuesto por la agrupación política. 1.5. En esta misma línea, con abono remitido por la Subsecretaria del CNE al despacho sustanciador a través del aplicativo interno de la Corporación EPX, el representante legal del Partido Polo Democrático Alternativo el Dr. Alexander Lopez Maya, manifestó que se revocó el aval del candidato Aider Pajoy identificado con cédula de ciudadanía 76.357.043, como candidato al Concejo del municipio de lnza — Cauca. Sin embargo, a día de hoy el candidato sigue apareciendo en el formulario E-6 y E-8. 1.6. Con escrito allegado a la Corporación el día 1 de septiembre de 2023 y previo al despacho haber avocado conocimiento de las denuncias efectuadas por la Procuraduría General de la Nación, el ciudadano Harold Enrique Molina Estrada, realizó la siguiente aclaración frente a su candidatura: "Yo, Harold Enrique Molina Estrada identificado con cédula de ciudadanía 1.065.644.083 de Valledupar. Soy candidato a la asamblea por el departamento del Cesar y vi en medios de comunicación una inhabilidad, he solicitado a la procuraduría

"Yo, Harold Enrique Molina Estrada identificado con cédula de ciudadanía 1.065.644.083 de Valledupar. Soy candidato a la asamblea por el departamento del Cesar y vi en medios de comunicación una inhabilidad, he solicitado a la procuraduría general de la nación, los motivos por los cuales procede a declararme como inhabilitado para los comicios del 29 de octubre del presente año. He analizado las posibles razones debido a que no he tenido una notificación especifica. aclaro que la postulación que realizo el partido independiente para ser aspirantes al cargo de edil fue sin mi voluntad, dado que no soy militante del partido, por tanto, no acepté el aval otorgado y tampoco realice la inscripción pertinente ante la registraduría, pero si realice mi inscripción a ser candidato a la asamblea por el partido fuerza ciudadana. Aclarado esto, no incurro en la doble militancia, por lo que oficialmente no hay ninguna firma o acción formal de postulación al cargo de edil por el partido independientes. Por las razones antes mencionadas solicito el esclarecimiento de los hechos para continuar con mi aspiración dando continuidad al ejercicio democrático..."Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 10 de 12 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros. Conforme a lo anterior, el despacho corroboro los formularios de inscripción E-6 Y E-8, corroborando que efectivamente el ciudadano es candidato a la Asamblea por el

Conforme a lo anterior, el despacho corroboro los formularios de inscripción E-6 Y E-8, corroborando que efectivamente el ciudadano es candidato a la Asamblea por el departamento del Cesar, sin embargo, frente a lo endilgado por el órgano de control el candidato no se pronunció. 1.7. Mediante escrito radicado a través de la plataforma de atención al ciudadano del Consejo Nacional Electoral, el día 6 de septiembre de 2023, el candidato al Concejo de Calamar — Guaviare, el señor Yul Fredy Hernández Guerra, asegura no tener inhabilidad alguna para aspirar a ser Concejal, argumenta que consultado el aplicativo de la Policía Nacional se indica que presenta antecedentes en el sistema "SPOA", además, asegura tener un proceso pero en estado inactivo, sin embargo, el despacho consulto de manera oficiosa el certificado de antecedente SIRI y arroja inhabilidad para ocupar el cargo al que aspira. 1.8. Mediante Auto del 8 de septiembre de 2023, el despacho instructor resolvió AVOCAR CONOCIMIENTO sobre la solicitud de revocatoria de inscripción de las candidaturas radicadas por la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dentro de los Rads. CNE-E-DG-2023026090 y otros, en el referido acto administrativo se ordenó lo siguiente: "(...) ARTÍCULO TERCERO: SOLICITAR a la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior que, a través de la "Ventanilla Única Electoral Permanente", informe al Despacho, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la comunicación del presente Auto, sí los ciudadanos

Participación Ciudadana y la Acción Comunal del Ministerio del Interior que, a través de la "Ventanilla Única Electoral Permanente", informe al Despacho, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la comunicación del presente Auto, sí los ciudadanos mencionados en el numeral 1.2 del capítulo de hechos y actuaciones administrativas del presente proveído, registran antecedentes disciplinarios, fiscales o penales, precisando la causa que dio origen a los mismos y remitiendo los soportes documentales a que haya lugar.

ARTÍCULO CUARTO: SOLICITAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la comunicación del presente Auto, informe y certifique a este despacho si el Partido Polo Democrático Alternativo y/o el candidato Jesús Maria Posada Chavarría identificado con cédula de ciudadanía 1.118.802.096, quien fue avalado al Concejo del municipio de Hispania — Antioquia, presento renuncia o el partido revoco el otorgamiento del aval. HispaniaAntioquia@reqistraduria.qov.co dirqeselectoralreqistraduria.qov.co, readelenloelectoralareqistraduriagov.co ARTÍCULO QUINTO: SOLICITAR a la Registraduría Nacional del Estado Civil, dentro de los dos (2) días siguientes al recibo de la comunicación del presente Auto, informe y certifique a este despacho si el Partido Polo Democrático Alternativo y/o el candidato Aider Pajoy identificado con cédula de ciudadanía 76.357.043 quien fue avalado al Concejo del municipio de lnza — Cauca, presento renuncia o el partido revoco el otorgamiento del aval. InzaCaucareqistraduria.cov.co.

Concejo del municipio de lnza — Cauca, presento renuncia o el partido revoco el otorgamiento del aval. InzaCaucareqistraduria.cov.co. dircieselectoralreqistraduria.cov.co, reqdelenloelectorale.reqistraduria.gov.co,Resolución N° 11271 del 27 de septiembre 2023 Página 11 de 52 Por medio de la cual se DECIDE sobre la revocatoria de inscripción de candidatos a cargos y corporaciones de elección popular para las elecciones de 29 de octubre de 2023, de conformidad con el reporte de control presentado por la Procuraduría General de la Nación, dentro de los Radicado. CNE-E-DG-2023-026090 y otros.

ARTÍCULO SEXTO: COMUNICAR el presente proveído a los ochenta y cuatro (84) candidatos y candidatas objeto de reproche, a través del medio más eficaz, para que en el término de dos (2) días contados a partir de recibido del acto administrativo, en ejercicio del derecho de defensa, manifiesten y haga valer sus derechos con ocasión de la solicitud de revocatoria de inscripción de sus candidaturas ARTÍCULO SÉPTIMO: COMUNICAR el presente proveído al peticionario MARIO ENRIQUE CASTRO GONZALEZ en calidad de Jefe de División de Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad — DRSCI, al correo electrónico control.electoralaprocuraduria.qov.co ARTÍCULO OCTAVO: COMUNICAR a los Representante Legales de los Partidos, Movimientos Políticos y Comités lnscriptores para que en el término de dos (2) días contados a partir de la comunicación del presente Auto, se pronuncien frente a la solicitud de revocatoria que se adelanta frente a sus avalados. (...)"

Movimientos Políticos y Comités lnscriptores para que en el término de dos (2) días contados a partir de la comunicación del presente Auto, se pronuncien frente a la solicitud de revocatoria que se adelanta frente a sus avalados. (...)" 1.9. Que, la Dirección Nacional de Gestión electoral de la Registraduría Nacional del Estado Civil, allego al despacho ponente un documento en medio magnético que contenía las renuncias presentadas por los candidatos y candidatas a nivel nacional, por esta vía, el despacho logro constatar que los siguientes ciudadanos desistieron de sus aspiraciones y presentaron renuncia a sus candidaturas:

RADICADO NOMBRE CÉDULA CORPORACIÓN PARTIDO — MOV. GSC

CNE-E-DGARLEX GONZAGA 98. 392. 736 ALCALDÍA MOVIMIENTO POLÍTICO

2023-026180 ALVARADO MORALES FUERZA CIUDADANA

CNE-E-DGYULIANA BETANCUR CONCEJO PARTIDO ALIANZA 202

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