CNE - Resolución 6214 de 2023
CNE - Consejo Nacional Electoral
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Detalles
- Título
- CNE - Resolución 6214 de 2023
- Autor
- CNE - Consejo Nacional Electoral
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN No. 6214 DE 2023 (9 de agosto)
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de SEGOVIA – ANTIOQUIA, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023 ; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023016976
EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 265 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 1 de 2009, las Leyes 130 de 1994 y 1475 de 2011, y con fundamento en los siguientes:
1. HECHOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
1.1. A través de oficio CNE-I-2023-004884-DVIE-700 de 05 de julio de 2023 el Asesor de Inspección y Vigilancia de la Corporación remite a la oficina de subsecretaria para que sea sometido a reparto, la denuncia bajo consecutivo interno 17008 presentada a través del aplicativo URIEL, relacionada con la ocurrencia de presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de SEGOVIA – ANTIOQUIA, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023, veamos:
(…)
“Señores
COMITE EJECUTIVO NACIONAL
MIEMBROS DE LA DIRECCION NACIONAL
MIEMBROS DEL CONSEJO DE CONTROL ETICO VEEDOR
(…)
“Señores
COMITE EJECUTIVO NACIONAL
MIEMBROS DE LA DIRECCION NACIONAL
MIEMBROS DEL CONSEJO DE CONTROL ETICO VEEDOR
PARTIDO ALIANZA VERDE
Bogotá D.C
Asunto: Impugnación de Asamblea para conformación de la Dirección Municipal de Segovia – Antioquia.
MARLA URIBE VELASQUEZ , identificada con cedula de ciudadanía N°32'144.370, en calidad de Concejal electa del municipio de Segovia, para el peri odo 2020-2023, con todo respeto acudo ante ustedes con la finalidad de impugnar la reciente asamblea llevada a cabo el día 14 de mayo del presente, para nombrar la dirección municipal del partido en mi localidad. Considero que dicha asamblea estuvo marcada por irregularidades, violaciones a los estatutos y reglamentos del partido, y se presentó una exclusión injusta de mi persona como Concejal electa con mayoría de votos y líder natural del partido, así como también se presentó complicidad de algunos miembrosResolución No. 6214 de 2023 Página 2 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
de la Dirección Departamental, para dic has irregularidades, en concreto el señor
PEDRO NAIRO VERGARA y JUAN MUNOZ
HECHOS
de la Dirección Departamental, para dic has irregularidades, en concreto el señor
PEDRO NAIRO VERGARA y JUAN MUNOZ
HECHOS
PRIMERO: El 6 de abril de 2019, en el municipio de Segovia, según el acta 02, la cual se adjunta en esta petición, se reunieron los militantes del partido Alianza Verde para conformar la dirección municipal, en la cual, se nombró el Comité Ejecutivo de la
siguiente forma:
- Leidy Milena Posada Giraldo - Presidenta (Concejal en ese memento)
- Jhon Jairo Rendón Hernandez
- Secretario general Gustavo Alonso Lezcano
- Vocal Yurany Andrea Cano - Vocal
- Dairo Alberto Garcia – Vocal
SEGUNDO: El 29 de octubre de 2019 en las elecciones locales, el partido Alianza Verde alcanzó en el municipio de Segovia el umbral y obtuvo dos curul es para el concejo municipal para el periodo actual 2020-2023, a saber:
- MARLA URIBE VELASQUEZ votes: 214 - YULIETH RAMIREZ votos: 105
De igual forma, el partido Alianza Verde coavaló con el partido Polo Democrático al Dr. DIDIER ALEXANDER OSORIO GIRALDO, el cual fue elegido alcalde municipal como coalición SOMO SEGOVIA para el periodo 2020-2023
TERCERO: Soli cité en varias ocasiones a la Dirección Departamental, asesoría y acompañamiento para modificar la dirección municipal, toda vez que, la conformada en el año 2019 y aún vigente, no estaba activa y sus integrantes ya no pertenecían al partido, pues habían presentado la renuncia . La ultima solicitud la realicé el 11 de
acompañamiento para modificar la dirección municipal, toda vez que, la conformada en el año 2019 y aún vigente, no estaba activa y sus integrantes ya no pertenecían al partido, pues habían presentado la renuncia . La ultima solicitud la realicé el 11 de febrero del presente año al correo del señor PEDRO NAIRO VERGRA, tal y como se demuestra en los anexos.
Lideré durante estos años de gobierno como aliada del alcalde municipal, distintos e importantes proyectos de acuerdo que permitieron la ejecución de obras como la ciudadela universitaria, la repotenciación del edificio de la alcaldía municipal y del parque principal, repotenciación de la casa de la cultura, un empréstito para la construcción del hospital, entre muchos otros proyectos e iniciativas de interés para la comunidad.
Como miembro de la comisión de presupuesto, fui ponente del plan de desarrollo y de una docena de proyectos de acuerdo que permitieron impactar positivamente a la comunidad en diferentes aspectos fundamentales. En cada sesión del Concejo porté en mi pecho con orgullo un broche de girasol, como símbolo de la esp eranza para Segovia y como posicionamiento de identidad del partido, con el ánimo de construir partido en un municipio PDET, golpeado por la violencia desde hace muchos años.
CUARTO: A través de la red social Facebook, pagina que se creó el 17 de marzo del presente año, de la cual se desconoce su creador, y que se identifica como Partido Alianza Verde Segovia, se convocó a una asamblea, supuestamente por la Directiva Municipal del partido alianza verde, para el domingo 16 de abril de 2023, con el propósito de conformar la nueva Dirección Municipal, a esta no fui invitada personalmente como Concejal y líder natural del partido en el municipio,
Municipal del partido alianza verde, para el domingo 16 de abril de 2023, con el propósito de conformar la nueva Dirección Municipal, a esta no fui invitada personalmente como Concejal y líder natural del partido en el municipio, desconociendo la representatividad, la legitimidad, mi curul y el liderazgo que he ejercido desde que fui elegida.
QUINTO: Posteriormente, la reunión fue programada nuevamente para el 07 de mayo de 2023, a la cual se me convocó por escrito el 24 de abril de 2023 dirigida al concejo municipal, documento que adjunto; dicha reunión tampoco se realizó, la programaron nuevamente para el 14 de mayo del mismo año, sin notificarme por ningún medioResolución No. 6214 de 2023 Página 3 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
escrito ni mensaje de dato s, tuve conocimiento porque la concejal de Yarumal y Yalí respectivamente me llamaron a manifestarme una situación irregular con la asamblea en sus municipios, y por eso me enteré que para el nordeste se realizaría en esa nueva fecha.
La invitación a la asamblea que se celebraría el 07 de mayo estaba firmada por los señores JHON JAIRO RENDON y MATIAS DE HOYOS NAVARRO, como vocero y fiscal del partido respectivamente.
fecha.
La invitación a la asamblea que se celebraría el 07 de mayo estaba firmada por los señores JHON JAIRO RENDON y MATIAS DE HOYOS NAVARRO, como vocero y fiscal del partido respectivamente.
SEXTO: La reunión se llevó a cabo el 14 de mayo del 2023, me enter é por vía telefónica porque una concejal de otro municipio me dijo por teléfono que se harían las conformaciones de las direcciones municipales del nordeste ese día. Dicho sea de paso, con motivo de las irregularidades en las convocatorias, la suscrita y varias concejales de diferentes municipios manifestamos en un escrito dirigido al ejecutivo departamental, nuestra inconformidad con el manejo de los procedimientos para la conformación de las asambleas en nuestros municipios y conjuntamente suscribimos un derecho de petición manifestando la inconformidad y no fue respondido, ni fuimos atendidas en nuestra petición, quitándonos la oportunidad de citar y convocar nuestros aliados para mayor transparencia.
La reunión se realizó con el acompañamiento de JUAN MUÑ OZ, delegado del Ejecutivo Departamental y hermano del ex congresista León Fredy Muñoz, qu ien presuntamente le prometieron el aval a Diego Muñoz, apoyado por el actual Alcalde; en la misma se inscribieron militantes al partido con personas que nunca Han militado y nunca han estado en el proceso desconociendo las bases y se conformó un comité municipal con 15 personas, sin que se nombrara presidente, secretario general y voceros, ni mucho menos quedó conformada la Dirección Municipal, el cual era el propósito principal de la asamblea; al finalizar, el señor Guillermo León Mesa y yo, hicimos salvamento de voto, manifestando nuestro desacuerdo con el procedimiento
voceros, ni mucho menos quedó conformada la Dirección Municipal, el cual era el propósito principal de la asamblea; al finalizar, el señor Guillermo León Mesa y yo, hicimos salvamento de voto, manifestando nuestro desacuerdo con el procedimiento realizado para conformar la dirección municipal, en cuanto a la convocatoria, a la legitimidad de las personas que firmaron la convocatoria, y al orden del día, toda vez que era el mome nto democrático para elegir los miembros de la Dirección y no un Comité.
Así mismo, la asamblea fue realizada con la financiación del señor DIEGO MUNOZ; los refrigerios, las sillas, el auditorio y toda la logística que ocupó el evento, los gastos fueron asumidos por el equipo político del señor Diego, sin contar para su organización, financiación y convocatoria con mi apoyo y participación.
Es importante resaltar que, de conformidad a las actas que adjunto al presente documento, los señores que realizaron la convocatoria para la conformación de la dirección municipal, es decir, el señor JHON JAIRO RENDON no es vocero, según el acta del 06 de abril de 2019, es secretario general, y el señor MATIAS DE HOYOS NAVARRO no es fiscal, de acuerdo con el acta mencionada, no aparece en la dirección municipal anterior.
Se desconoce el creador de la página de Facebook desde donde han estado haciendo las convocatorias, de igual forma, el procedimiento por medio del cual se nombró a los señores convocantes como vocero y fiscal del partido en el municipio.
Quiero destacar que durante la asamblea se tomaron decisiones que contravienen claramente los estatutos y reglamentos del partido, lo que pone en entredicho la
señores convocantes como vocero y fiscal del partido en el municipio.
Quiero destacar que durante la asamblea se tomaron decisiones que contravienen claramente los estatutos y reglamentos del partido, lo que pone en entredicho la transparencia y la legitimidad del proceso. Además, se permitió la participación de personas que no hacen parte del proceso político y que carecen de la idoneidad necesaria para convocar y liderar el partido en mi localidad.
SEPTIMO: Se programó a los ocho días una nueva reunión del comité nombrado en la asamblea, esta vez con la participación de los 15 miembros del comité elegida el 14 de mayo, con el propósito de elegir los cargos directivos. A esta reunión no pude asistir porque no me confirmaron de dicha reunión y adicionalmente ellos saben de públicoResolución No. 6214 de 2023 Página 4 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
conocimiento que soy docente universitaria los sábados y domingos todo el día, la directiva se conformó de la siguiente forma:
- PRESIDENTE: Medardo Antonio Tejada Monsalve
- VOCERO: Javier Cardeño Garcia
- SECRETARIA: Yeraldin Bran Palacio
- FISCAL: Matías de Hoyos Navarro
- TESORERA: Yomaira Gómez Molina
- PRESIDENTE: Medardo Antonio Tejada Monsalve
- VOCERO: Javier Cardeño Garcia
- SECRETARIA: Yeraldin Bran Palacio
- FISCAL: Matías de Hoyos Navarro
- TESORERA: Yomaira Gómez Molina
Aun con mi ausencia, como concejal electa y líder natural del partido en mi localidad, considero que mi exclusión de la junta directiva constituye una violación de mis derechos políticos y una falta de respeto a mi trayectoria política y compromiso con el partido, toda vez que los estatutos establecen que por derecho propio, automáticamente debo ingresar, y como líder natural tengo la facultad para convocar la asamblea.
EN RELACION CON Ml ASPIRACION A LA ALCALDIA MUNICIPAL DE SEGOVIA
A mediados de mayo del año 2022, le manifesté al Dr. Didier Alexander Osorio (Alcalde, de excelente gestión como burgomaestre), mi decisión de aspirar en los comicios para la alcaldía municipal este a ño, con el propósito de dejar claro el panorama frente al aval , y si contaba con el apoyo de é l para mi aspiración. Me manifestó que el apoyaría a otra persona, un contratista de la secretaria de minas y medio ambiente, el señor DIEGO MUNOZ, pero que estuviera tr anquila toda vez no solicitaría el aval del partido Alianza Verde para su candidato. Por esta razón no renuncié oportunamente como concejal, porque al aspirar a la alcaldía por el mismo partido político, no era necesario renunciar a mi curul.
Con sorpresa, me doy cuenta de que, toda la convocatoria y los procedimientos para conformar la dirección municipal de Segovia que se ha estado adelantando desde
partido político, no era necesario renunciar a mi curul.
Con sorpresa, me doy cuenta de que, toda la convocatoria y los procedimientos para conformar la dirección municipal de Segovia que se ha estado adelantando desde principios de este año, sin contar con mi participación u opinión, organizada por los simpatizantes del señor DIEGO MUNOZ, quien sin trayectoria en el partido pretende solicitar el aval a la alcaldía, desconociendo mi proceso como líder de la Alianza Verde en estos años.
Dichas programaciones, fueron propuestas por el señor Pedro Nairo, se realizaron sin tenernos en cuenta para la definición de las fechas y así programar logística de espacios y realizar convocatorias a los militantes, simpatizantes, partidarios y conocedores de los procesos de forma pertinente; Como tampoco fue atendida y respondida la solicitud que hicieren las concejalas de Yalí y Segovia indicando fechas probables.
Como concejal electa por nuestro partido, consideramos que es importante que se respeten los estatutos y demás directrices que se emiten del mismo, que se nos notifique y en lo posible concertar de manera adecuada las decisiones que se toman y que competen directamente con nuestra responsabilidad y actuar. Lamentablemente, en este caso, no hemos sido informadas, ni consultadas de manera oportuna y apropiada sobre la cancelación de estas asambleas, ni la programación o reprogramación de las mismas; además se está violando y desconociendo categóricamente lo estipulado en la Resolución 01 del 11 de marzo de 2023 de la Dirección departamental, que expresamente establece: 1. En cuanto al procedimiento para la conformación de las Direcciones Municipales.
(…)
categóricamente lo estipulado en la Resolución 01 del 11 de marzo de 2023 de la Dirección departamental, que expresamente establece: 1. En cuanto al procedimiento para la conformación de las Direcciones Municipales.
(…)
Además de lo anterior la fecha que programaron coincidió con el día de las madres, el cual es un día muy importante para nosotras como Mujeres, Madres y dirigentes políticas. Creemos que esto fue intencional y como resultado, no pudimos convocar a la asamblea los aliados y otras mujeres y madres que creen y apoyan nuestros procesos o los del partido, Y por lo tanto al no poder asistir se limita y coarta laResolución No. 6214 de 2023 Página 5 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
participación democrática que garantiza nuestra voz y voto en las decisiones que se toman y el goce efectivo de nuestros derechos políticos.
Es menester decir que, como concejal del partido, he participado de todas y cada una de las elecciones celebradas desde el 2020, en las elecciones al congreso apoyando al senado, al señor LEON FREDY MUNOZ y a la cámara de representantes al señor CAMILO LONDOÑO, de igual forma en las presidenciales del año pasado junto con el Pacto Histórico en el municipio, liderando la campaña Petro presidente, como coordinadora de campaña verdes con Petro.
CAMILO LONDOÑO, de igual forma en las presidenciales del año pasado junto con el Pacto Histórico en el municipio, liderando la campaña Petro presidente, como coordinadora de campaña verdes con Petro.
BRECHA DE GÉNERO EN CARGOS DE ELECCION POPULAR EN SEGOVIA
En Segovia Antioquia no tenemos una alcaldesa desde los años 80.
Rita Ivonne Tobón, de la Unión Patriótica ha sido la única mandataria mujer que ha tenido la oportunidad de ser alcaldesa en nuestro municipio; en medio de una de las masacres más violentas ocurrida el 11 de noviembre de 1 988, Rita no pudo terminar su mandato, perseguida y violentada políticamente tuvo que dejar el país.
Así mismo, lideresas que han aspirado durante estos 30 años a la alcaldía y concejo municipal, han sufrido de violencia política, económica y social.
Segovia es una comunidad marcada por la escasa escolaridad, el empleo informal, la extracción de material aurífero como actividad económica principal y la exclusión de las mujeres en las actividades productivas y cargos de poder.
Durante estos tres años en el Conc ejo Municipal, he sufrido en carne propia, la violencia por el hecho de ser mujer, de ser profesional y por tener una opinión independiente, en defensa de la mujer, protección a la niñez, erradicación del trabajo infantil, el cumplimiento de las normas de convivencia y otros asuntos que para el colectivo de mis compañeros concejales no son de importancia o dignos de debates en las sesiones del concejo.
Desde que anuncie mi intención de postularme a la alcaldía, he experimentado lo mismo que mis antecesoras; burlas, menosprecio por el hecho de ser una mujer
en las sesiones del concejo.
Desde que anuncie mi intención de postularme a la alcaldía, he experimentado lo mismo que mis antecesoras; burlas, menosprecio por el hecho de ser una mujer aspirando al cargo que por cos tumbre ha sido de los hombres, haciendo manifestaciones como "En Segovia no les gusta que una mujer los manda" y "usted con que plata va a financiar la campaña", entre otras.
En esta oportunidad, veo la necesidad de escribir esta impugnación, tratando de contextualizar la solicitud, toda vez que, siendo profesional y con más de 9 años de experiencia como inspectora de trabajo en la región, abogada litigante, empresaria y docente, es difícil para mi aceptar que no he sido ajena a la vergonzosa brecha de género en política de la que padece mi pueblo. Obstaculizada en mi aspiración por una persona que no tiene participación política, que no ha pertenecido al partido Alianza Verde, y que, de la noche a la mañana, con la maquinaria del poder, aspire al aval por encima de mi proceso político y solicitud, proceso político en el cual, he defendido los valores del partido.
Por último, espero que las directivas nacionales analicen a detalle mi situación, coadyuvando a que las brechas de genero de mi municipio, y del mismo partido no trunquen la aspiración de una segoviana que desde su niñez ha soñado con ser la Alcaldesa de las segovianas y los segovianos, considerando que poseo todas los elementos, virtudes y capacidades para alcanzar ese propósito.
PETICION
1. Por todo lo anterior, solicito respetuosamente al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Alianza Verde que se revise el procedimiento de la asamblea llevada a cabo
elementos, virtudes y capacidades para alcanzar ese propósito.
PETICION
1. Por todo lo anterior, solicito respetuosamente al Comité Ejecutivo Nacional del Partido Alianza Verde que se revise el procedimiento de la asamblea llevada a cabo en mi localidad, con el fin de garantizar que se respeten los estatutos y reglamentosResolución No. 6214 de 2023 Página 6 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
del partido, y que se incluya a todos los miembros que hacen parte del proceso político y que tienen la idoneidad necesaria para convocar y liderar el partido en el municipio.
2. Dejar sin validez la Dirección Municipal del Municipio de Segovia, por encontrarse viciada en su procedimiento y carecer de toda validez y legitimidad, ya que no cumple con los requisitos estatutarios y normas establecidas por el partido, asi como por ser violatoria del principio constitucional del debido proceso, y el derecho de elegir y ser elegido.
3. Permitirme con (sic) líder Natural del pa rtido realizar la convocatoria de manera extraordinaria, de la asamblea de conformación de la nueva directiva y sanear el procedimiento.
4. Desestimar la solicitud de aval para la candidatura a la Alcaldía del señor DIEGO MUNOZ, por las actuaciones irregula res en la que pretende tener el aval,
procedimiento.
4. Desestimar la solicitud de aval para la candidatura a la Alcaldía del señor DIEGO MUNOZ, por las actuaciones irregula res en la que pretende tener el aval, desconociendo las bases y los procesos políticos, apareciendo de la nada e intentar socavar las jerarquías y por estar involucrado en tramites irregulares para conseguir el
Aval.
5. Reconocerme como única postulada para el aval a la alcaldía por derecho propio.
Muy comedidamente solicito se resuelva esta petición de manera urgente, toda vez que puedo quedar por fuera de los comicios, constituyéndose así en una conducta de violencia políticas y atentando contra mi derecho de participar y ser elegida.
Es importante que los miembros de esta organización política respeten sus propios estatutos y normas para garantizar su transparencia y legitimidad. Esperamos que se tomen en cuenta nuestras pre ocupaciones y que se dé respuesta posi tive todas nuestras solicitudes” (…)
1.2. Por reparto efectuado dentro de la Corporación, correspondió al Magistrado CRISTIAN RICARDO QUIROZ ROMERO actuar como ponente del presente asunto, que fuera radicado con el número CNE-E-DG-2023-016976.
2. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
2.1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA
(…)
“ARTICULO 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:
(…)
Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.
ejercicio y control del poder político. Para hacer efectivo este derecho puede:
(…)
Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.
“ARTICULO 107. <Artículo modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 1 de 2009. Se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse.
(…)
Los Partidos y Movimientos Políticos se organizarán democráticamente y tendrán como principios rectores la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos.Resolución No. 6214 de 2023 Página 7 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
Para la toma de sus decisiones o la escogencia de sus c andidatos propios o por coalición, podrán celebrar consultas populares o internas o interpartidistas que coincidan o no con las elecciones a Corporaciones Públicas, de acuerdo con lo previsto en sus Estatutos y en la ley.”
(…)
“ARTÍCULO 265. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los
en sus Estatutos y en la ley.”
(…)
“ARTÍCULO 265. El Consejo Nacional Electoral regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de los grupos significativos de ciudadanos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumpl imiento de los principios y deberes que a ellos corresponden, y gozará de autonomía presupuestal y administrativa. Tendrá las siguientes atribuciones especiales:
(…)
6. Velar por el cumplimiento de las normas sobre Partidos y Movimientos Políticos y de las disposiciones sobre publicidad y encuestas de opinión política; por los derechos de la oposición y de las minorías, y por el desarrollo de los procesos electorales en condiciones de plenas garantías” (…)
2.2. LEY 130 DE 1994
(…)
“ARTÍCULO 7o. OBLIGATORIEDAD DE LOS ESTATUTOS. La organización y el funcionamiento de los partidos y movimientos se regirá por lo establecido en sus propios estatutos. Cualquier ciudadano, dentro de los veinte días siguientes a la adopción de la respectiva decisión, podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral las cláusulas estatutarias contrarias a la Constitución, a la ley o a las disposiciones del Consejo Nacional Electoral, o las decisiones de las autoridades de los partidos y movimientos tomadas contraviniendo las mismas normas.
Los partidos y movimientos inscribirán ante el Consejo Nacional Electoral los nombres de las personas que, de acuerdo con sus estatutos, hayan sido designados para dirigirlos y para integrar sus órganos de gobierno y administración, dentro de los veinte
Los partidos y movimientos inscribirán ante el Consejo Nacional Electoral los nombres de las personas que, de acuerdo con sus estatutos, hayan sido designados para dirigirlos y para integrar sus órganos de gobierno y administración, dentro de los veinte (20) días siguientes a la fecha de la respectiva designación. El Consejo Nacional Electoral podrá, de oficio o a solicitud de cualquier persona, exigir que se verifique la respectiva inscripción y aun realizarla si dispone de la prueba co rrespondiente. Cualquier ciudadano podrá impugnar ante el Consejo Nacional Electoral la designación de esas directivas dentro de los quince (15) días siguientes a la misma, por violación grave de los estatutos del partido o movimiento. Para todos los efect os, el Consejo Nacional Electoral sólo reconocerá como autoridades de los partidos y movimientos a las personas debidamente inscritas ante él” (…)
2.3. LEY 1475 DE 2011.
(…)
“ARTÍCULO 1o. PRINCIPIOS DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO. Los partidos y movimientos políticos se ajustarán en su organización y funcionamiento a los principios de transparencia, objetividad, moralidad, equidad de género y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, en las leyes y en sus estatutos.
(…)
4. Equidad e igualdad de género . En virtud del principio de equidad e igualdad de género, los hombres, las mujeres y las demás opciones sexuales gozarán de igualdad real de derechos y oportunidades para participar en las actividades políticas, dirigir lasResolución No. 6214 de 2023 Página 8 de 24
género, los hombres, las mujeres y las demás opciones sexuales gozarán de igualdad real de derechos y oportunidades para participar en las actividades políticas, dirigir lasResolución No. 6214 de 2023 Página 8 de 24
Por medio de la cual se ABSTIENE de iniciar actuación administrativa por presuntas acciones de violencia política en contra de la ciudadana MARLA URIBE VELASQUEZ precandidata a la Alcaldía Municipal de Segovia – Antioquia, con ocasión a las elecciones de autoridades territoriales a celebrarse el 29 de octubre de 2023; dentro del radicado No. CNE-E-DG-2023-016976.
organizaciones partidistas, acceder a los debates electorales y obtener representación política.
(…)
ARTÍCULO 4o. CONTENIDO DE LOS ESTATUTOS. Los estatutos de los partidos y movimientos políticos contendrán cláusulas o disposiciones que los principios señalados en la ley y especialme nte los consagrados en el artículo 107 de la Constitución, en todo caso, deben contener como mínimo, los siguientes asuntos:
1. Denominación y símbolos.
2. Régimen de pertenencia al partido o movimiento políticos en el que se señalen reglas de afiliación y ret iro, así como los derechos, deberes y prohibiciones de sus miembros.
3. Autoridades, órganos de dirección, gobierno y administración, y reglas para su designación y remoción.
4. Convocatoria, fecha y demás aspectos relacionados con la reunión de la convención del partido o movimiento político, o de su máximo
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