CSJ - SP J.Roncallo(25-04-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Roncallo(25-04-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
COfltE SUPREMA.OE JUSTICIA
SALA 05: CASACION . PENAL
Mt;lSisttado Ponente: "' ' o_.,
JUt..IO RONCALLO ACOSTA.
Aprobadcu . Acta N9 12 da 25 da abril de 1.9?2. ++++t Hf,f
V I S T O S: Consulta el Tribunal Superior dE'!l Distrito Judicial de Tunja eu providencia del ~¡.¡atnJ de f'sbrero del año en curse, mediante .... la cual declara uxtinguida por ·pi'éscr:i.pcit5n la acc16n penal fl.I!"'movida - ' ; ' centra al dClcter MAACF.l.,IANO GAua;so ·AFIBOI,.EOA, en su carácter dá Juel 252, de Inat:rueei~n Criminal., por los delito ..s de Previ;t-icato y Oetonc16n A:rb-i , ·. ~· tre.r:ta, ssgOn hechos denon.ciadQs por el sgñor Ye.sid Aoariguaz ~~~ •. y, consecuentemente, ordena c~ar todo procedimient~ contra aquél reape_2 to del referido a~nto.
Oentl"G del tr~ini te de segunda instano:l.a la Proeuraduria "' . Prifl'lsra Delegada se manifiesta de acuerdo con la resalu.ei6f'l ctmsul tada Y soliCita, par ello, QU!i1 Se COnfirme. En denuncia antet el Primara Superior fo~leda Ju~~ad~ da Tunja el 14 d.a Aoviembre da .1.953, el.s~or Yesid Rod!"lguez V&Jlandiá
manifeat6 .que el doctor Marceliar:,o Gruasso Ar~lada, en un prQóeao por robo cte ut:t ~tom6vil ... PJ"Oeeso .e n su. sentir ~bsurdo- "sin qua mediára ... ninguno de los requisitos exigidos por el f:lrticulo 379 del C. • da P.P. y eontra al mandato expreso del ar~téula 383. de la misma abra."' libr6 ..: .. 2 .... orden de captura CóAtJ'a el denunciante., 'f oi"den "da rOtencit5n COntra. el obJeto que; por autol"idad pabl_ica0 sa le habta en~ado en ealidad da
- - secuéetre• . De todo lo cual infería Rodrfgue~ Vaundia que el Juea acusa . á}· L$ calidad de f'&K~eionari~ pdbiito, con~nte en .. el dsé.\tor Maree~~ Sl'L!SáaO- ~l. ed a para la 4poóa de los .h echos a íque s.e ecn~en las presente$ diligencia$ investigativas. se tí~lla d61ti0str.§ da con ia prueba :td¿n~a. b)- Canf&rme a los ertlculos 2l •inCisa ¡o. ~1 Oee.reto 1 mido$ CGn sancioAes m~lmas de cinco (5] y da$ (2) años dt;r prisi,ti., re.! pee:tivamante. . , e)- Desde la fpmc;;a en 1t1ue ecurrienví 1es hech~ derwn e1ad0a (S~tiemtws y'Octubre de 1.963) nastá la feét'la de 1a providencia
consultada han tr~m~curtido m4$: de oeno (eLs itos• la cual' si~nifica que se ha s~~~±nguidQ• por preserl.pci~n-• la acei& p$Ml ~spendiante, y ·. . ' . ' . . . qtt'! Pél" tant(i), la situamtón planteada dábe desatarse aplicarit:~c el.~ , __ 9 . . ~ . . tlcul~J 105 del CSdtgo Penalt ert.lU'mOn!a ten e1163' f;!el Oec~o <J09 de ... 1.9?1 •. En rirtud de las I"Qones .~e pJ'éeecten, l.a. Corta SUprema ...SS1a da Ce$$.cilln Penal• de acuerdo con la. Pre~tadurfa, Ptim~rá Del~. da y adm.inistranda jue¡ticla en ~ da la Aei'Oblic$ y per .. autoridadda la Ley¡¡ CONFIRMA el aute consuitatlo• de fecha y origsn ano~ctos en-. .. 3 ...