CSJ - SP J.Velasco(21-06-1972)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP J.Velasco(21-06-1972)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1972
CORTE 5UPREW<A OE JUSTlCH\ SALA DE !::;,t\Sl<.CION PENAL Aprobado : Acta Número 2./ de 1972 Magistrado F oni'Jflte Dr. José María Vela sea Guerrero. 2 1 Bogotá, JU~. !~72 V í S t o S Viene el presentfl!l negocio para qu~ la Corte decida el impedimento rnarüft~~:stado pm' el magistn'.ldo dt"!l Tribunal Superior d~ Papa y~n, doctor Joaquín Mosquerr'\ lrurita. en el pt~oceso que all! se sdt!Üclnta cont:re los doctores Flodrígri Murioz Muñoz y Gerardo Do rada Castro por 'faltes a la 1hice~ pnyf'esional. El doctor Mosquen"a Irur·:l. ta !la expresado qua • en el ~ so sub-examine, se dan en eU • personalmente, las circunstancias d~ que trata la. causal 5a. del artículo 76, "por cuanto ex.i.ste gr,:a ve enemistad entre él y el doctor Oscal~ Gen~rdo López Paredes, d! nuncionte f!'!n el asunto". El Tribunal Superior de Popayán considera que no obs~n te la manifestación antariort no puede aceptar el impedimento ac::. sar3.o por el mAgistrado Mosquera Irurita, PW!I<3 el denunciante Osear Gerardo López 0aredes, no es Pf1.rte e.1 el asunto que lo motiva, s;i no simple denunciante, en cuyo C!:i.so, dt!'lbe atenerse restrictivam~n te.. s las voces del prt!cepto invocado.
El denunciante, no pt;eH.:ll"l ser considerado parte en el proceso penal, a manos que ostente interés legitimo para constit_!;!ir se parte civil y en esa calidad se le hubiese .rec.onoc1.do p""rsonerí:a. En apoyo de sus tesis el Tribunal da P•.3payán ino:;¡rpora a su providencia la doc:trinl"l que sobri! 10 materia ha venido reite rando, en fonna invariable, esta Sala de la Corte, segdn la cual el c:alifie6tivo di!': parte puede darse l'!n el proceso panal exclusivame!! te al ministerio público, al proc~sado y le parte civil. Por ext~n sic5n se de el n1ismo tratamiento de partes al apoderado o defensor del sindicado y al apoderado de la parte civil, pues éstos • los EIJ2.0 derados, son, en rigor, auxiliares de las partes. o~cisi6n. A m~rito de lo expuesto, J.a Corte Suprernct -Gala de C<.'isa ci6n Penal- "ldmintstrnndo justici3 f'ln nombre de lFi República y por autoridad de la DECLARA INRJNDADO 1'1!1 impfl!dimento manifestado l~y, por el Dr. Joaquin Mosquera Irurita en este negor-io. C6piese, notifiquese y devuélvase.
LUIS ENRIQUE ROMERO SOTO MARIO ALARIO DI FILIPPO
HUf,18EnTO BARRERA OOMINGUEZ ALVARO LUNA GOMEZ
LUIS EDUAF\00 MESA VELASOUEZ LUIS CAíiUJS PEREZ
JULIO RONCALLO AGOSTA JOSE MA!UA VaASCO GUERF1ERO
J. EVENCIO POSAUA
V~ Secretario