SIC - Acta 121 de 2017
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 121 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2017
Industria y Comercio
SUP.ERINTENDENCIA
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ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P ACTA Nº iti '::...'."" / 1 2 1
Proceso de Competencia Desleal Radicación 15-122180
Demandante: TELMEX COLOMBIA S.A.
Demandado: DAYSCRIPT S.A.S.
CIUDAD Y FECHA: Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de enero de dos mil dieciséis (20 6).
HORA INICIO: 12:30 m.
INTERVINIENTES: Por la Superintendencia de Industria y Comercio.
GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO, en su calidad de Asesor ignado a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales. DIEGO ANDRÉS GUARÍN VILLABÓN, Abogado del Grupo de Trabajo de Compete cia Desleal y Propiedad Industrial.
Por la demandante: El doctor WILMAR GERMÁN CASTRO PINTO, identificado con cédula de ciu adanía No. 7.712.466 y T.P. No. 170.559 del C.S. de la J.
Por la demandada: El doctor PABLO ANDRÉS VELASCO ORDOÑEZ, identificado con la cedula de ci dadanía No. 79.952.083 y T.P. No. 129.348 C.S. de la J.
ETAPAS EVACUADAS: En este litigio se encuentran reunidos los presupuestos procesales, se han ,;igotado I s etapas del proceso en legal forma y no se advierte la presencia de causales de nulidad, razón or la cual es
ETAPAS EVACUADAS: En este litigio se encuentran reunidos los presupuestos procesales, se han ,;igotado I s etapas del proceso en legal forma y no se advierte la presencia de causales de nulidad, razón or la cual es procedente dictar sentencia para definir la instancia.
SENTENCIA En mérito de lo expuesto, el Asesor asignado a la Delegatura para Asuntos Jurisdic ionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccional s conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República y or autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declarar que la sociedad DAYSCRIPT S.A.S. incurrió en la violación de conducta descrita en el artículo 7° (Prohibición General), de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de esta providencia.UPERINTENDENCIA ... Yo !-e Juego Limpio a Colomb10 dustria y Comercio " &'l.'-- fi- - 1 {. ki -- SEGUNDO: Condenar a DAYSCRIPT S_A.S. a pagarle a TELMEX COLOMBIA S.A. la suma de $372_891.1 .oo. por indemnización de perjuicios dentro de los 30 días siguientes a la ejecutoria de la presen e providencia, luego de lo cual esas sumas causarán intereses de mora a la tasa más alta certifica a por la Superintendencia Financiera.
TERCERO: egar las demás pretensiones de la demanda.
CUARTO: ondenar en costas a DAYSCRIPT S.A.S_, para tal efecto se fija por concepto de agencias en derecho la suma de $55.933_668_ Esa suma deberá cancelarla el demandado a favor
CUARTO: ondenar en costas a DAYSCRIPT S.A.S_, para tal efecto se fija por concepto de agencias en derecho la suma de $55.933_668_ Esa suma deberá cancelarla el demandado a favor del demand nte dentro de los treinta (30) días siguientes a la ejecutoria de la presente providencia.
Por Secret ría realícese la liquidación de costas correspondiente_ ESTA DECI ION QUEDA NOTIFICADA EN ESTRADOS En este est do de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien . presentó re rso de apelación contra la sentencia proferida. En consecu ncia, siendo la oportunidad procesal y estando dentro del término previsto en el inciso segundo del numeral 3 del artículo 322 del C_G.P., este Despacho concedió el recurso de apelación interpuesto or las partes en el efecto suspensivo, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. En consecu ncia de lo anterior, este Despacho Resuelve: - Conceder en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra esta sentencia, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá -Sala Civil de Decisión. El ecurrente cuenta con el término de tres (3) días para hacer sustentar el recurso contra la sentencia. No siendo o el objeto de la diligencia se terminó la misma y se firmó el acta correspondiente, una vez leída y pr-ol51füa-oor los que en ella intervinieron. A LASCO ORDOÑEZ e demandada RIN VILLABON de Com etencia Desleal y Propiedad Industrial.
EBOLLEDO
Coi: oo,etencia Desleal y Propiedad Industrial.