SIC - Acta 2068 de 2016
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 2068 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2016
Industria y Comercio
Í| jL, SUPERINTENDENCIA
Yo le Juego Limpio a Colombia
TODOS POR UN
NUEVO PAÍS PAZ EQUIDAD EDUCACION ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 432 DEL C.P.C.
ACTAsf»^ — Proceso de Competencia Desleal
Radicación: 14-221116
Demandante: EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. ESP
Demandada: PUBLICAR PUBLICIDAD MULTIMEDIA S.A.S.
En Bogotá D.C. a los 12 días del mes de agosto de 2016, se da continuación a la audiencia de que trata el artículo 432 del C.P.C.
A la misma comparecieron: Por la demandante: JUAN CARLOS TORRES IBARRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 73.167.160 y T.P 99.749 del C. S. de la J., en su calidad de apoderado judicial del extremo demandante.
Por la demandada: DIONISIO MANUEL DE LA CRUZ CAMARGO, identificado con cédula de ciudadanía No.79.556.665 y T.P. No. 76.433 del C.S. de la J. en su calidad de apoderado judicial de la parte demandada.
Por la Superintendencia de Industria y Comercio: JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ, en calidad de Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial. DIEGO ANDRÉS CASTILLO GUZMÁN, en calidad de funcionario del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial. SENTENCIA En el entendido que los presupuestos procesales se encuentran reunidos, el agotamiento de las etapas del proceso se dio en legal forma y ante la ausencia de causales de nulidad, resulta procedente proferir sentencia.
Competencia Desleal y Propiedad Industrial. SENTENCIA En el entendido que los presupuestos procesales se encuentran reunidos, el agotamiento de las etapas del proceso se dio en legal forma y ante la ausencia de causales de nulidad, resulta procedente proferir sentencia.
RESUELVE: PRIMERO: Desestimar todas las pretensiones de TELEBUCARAMANGA S.A. ESP, en virtud de lo consignado en la parte motiva de esta providencia.
Superintendencia de Industria v Comercio Cra 1 3 No. 27-00 pisos 1. 3,4,5, 6, 7 y 10 PBX: (571) 5870000
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INDUSTRIA Y TURISMOfpp" Industria y Comercio Ij ^SUPERINTENDENCIA^ ^ G Yo le Juego limpio a Colombia f t G O
TODOS POR UN
NUEVO RAÍS
PAZ EQUIDAD EOUCAClOK SEGUNDO: Condenar en costas a la EMPRESA DE TELECOMUNICACIONES DE BUCARAMANGA S.A. ESP, parte demandante.
TERCERO: Por concepto de agencias en derecho se fija la suma equivalente a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes, esto es, la suma de $3.447.270 que debe pagar la demandante a favor de la parte demandada.
Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente. Esta decisión queda notificada en estrados. En este estado de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien presentó recurso de apelación contra la sentencia proferida.
Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente. Esta decisión queda notificada en estrados. En este estado de la diligencia el Despacho le concede la palabra a la parte demandante quien presentó recurso de apelación contra la sentencia proferida. En consecuencia, siendo la oportunidad procesal y estando dentro del término previsto en el inciso segundo del numeral 3o del artículo 322 del Código General del Proceso, éste Despacho concede el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en el efecto suspensivo, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y que el recurrente sustentó en audiencia. Una vez cumplido lo anterior, por Secretaría, remítase el original del expediente de la referencia, incluyendo el Acta de la presente audiencia y el CD de audio contentivo de la providencia al Tribunal Superior de Bogotá -Sala CivilEstá decisión queda notificada en estrados. Siendo las 4:00 p.m. se da por terminada la presente diligencia. No siendo otro el objeto de la presente diligencia se firma por los que en ella intervinieron. Superintendencia de Industria y Comercio Cr<« 1 3 No. 2700 pisos 1,3,4, 3,6. 7 y 10 PBX: (571(5870000
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IARGO J DIEGÓUKüüfrÉS Cfi lSTIL GUZMÁN Abogado del Grupo de Trabajo de Propiedad Industrial y Competencia Desleal Superintendencia de Industria y Comercio Cid 13 No. 2700 pisos 1. 5,4, 5,6, 7 y ICPBX: (571) 5870000 Cal! centcr: ;5?1! 5920400 Linea orotuito nacional: 0 1 B00-91O1 u5 w.v.v.sic.gov.co - C-mail:contacteiKnO'sic.gov.coBoyera O.C, - Colonil.'ia.