SIC - Acta 3088 de 2016
Superintendencia de Industria y Comercio
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SIC - Acta 3088 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2016
Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA • ....¡ ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 432 DEL C.P.C. -.,, ,,_ .!,'; o 8 S •• ACTA Nº i•.,. i ; J_ Radicación: 15-117571 , • ¡,;::-3üS -J
Demandante: BELA VENKO ABOGADOS S.A.S.
Demandado: VINNURETTI ABOGADOS S.A.S.
En Bogotá D.C. a los 26 días del mes de diciembre de 2016 se continúa con la audiencia prevista en el artículo 432 del Código de Procedimiento Civil, reformado por el artículo 25 de la Ley 1395 de 2010.
A la misma comparecieron: Por la demandante: LUIS FELIPE BOTTIA MARTINEZ, identificado con cédula de ciudadanía No 17.163.761. y T.P 20034 del C. s. de la J., en su calidad de apoderado judicial del extremo demandante. '-Por la demandada: DIEGO MAURICIO OLIVERA RODRIGUEZ, identificado con cédula de
ciudadanía No 1.010.182.137. y T.P 222155 del C. S. de la J., en su calidad de apoderado judicial del extremo demandado. Por la Superintendencia de Industria y Comercio: GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO, en calidad de Asesor asignado a la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.
1. Se pone en conocimiento el oficio obrante a folio 215 para que, Por Secretaría, se expida copia 1 de la totalidad del presente expediente, con destino al proceso No. 15-254662, previa acreditación 1
1. Se pone en conocimiento el oficio obrante a folio 215 para que, Por Secretaría, se expida copia 1 de la totalidad del presente expediente, con destino al proceso No. 15-254662, previa acreditación 1 del pago de las copias por parte de BELA BENKO ABOGADCDS S.A.S.
2. Se procedió a dictar la siguiente SENTENCIA: "RESUELVE: PRIMERO: DECLARAR que la sociedad VINNURETTI ,1BOGADOS S.A.S.1 incurrió en contra de la sociedad BELA VENKO ABOGADOS S.A.S. en el acto de competencia desleal de descrédito, previsto en el artículo 12 de la Ley 256 de 1996.
SEGUNDO: ORDENAR a la sociedad VINNURETTI ABOGADOS S.A.S./ remover los efectos producidos con la emisión de los correos electrónicos objeto de este proceso, para lo cual deberá emitir sendas comunicaciones por la misma vía a las dife'rentes personas que fueron destinatarias de las afirmaciones que constituyeron los actos de de)crédito en contra de la sociedad BELA VENKO ABOGADOS S.A.S.1 entre ellas, a las empresds VIGIAS DE COLOMBIA, COMESTIBLES , , , t !TALO, DIAGNOSTICOS E IMAGENES y/o IMAGENES Y fQUIPOS y SARA LUZ, así como al señor , 1
JOSE GIOVANNY SOLER GUEVARA1 contador del Grupo Quick Help. 1 TERCERO: CONDENAR a la sociedad VINNURETTI ABOGADOS S.A.S. a pagar a favor de la demandante sociedad BELA VENKO ABOGADOS S.A.s.t la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000.oo)✓ por concepto de los daños extra patrimoniales ocasionados con los actos de
demandante sociedad BELA VENKO ABOGADOS S.A.s.t la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS ($10.000.000.oo)✓ por concepto de los daños extra patrimoniales ocasionados con los actos de descrédito realizados. Dicho monto deberá ser cancelado Jn el término de diez ( 1 O J días contados aIndustria y Comercio SUPERINTENDENCIA CUARTO: CONDENAR en costas a la parte demandada y a favor de la demandante. Para el efecto se fija como agencias en derecho de acuerdo la suma equivalente a cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentefi de acuerdo con lo señalado en el Acuerdo 1887 de 2003 proferido por el Consejo Superior de la Judicatura. //
3. La parte demandada interpuso recurso de apelación.
Por ser procedente, se concedió en el efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra esta sentencia, ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá - Sala Civil de Decisión. Sustento el recurso en la misma diligencia. Se ordenó el envío del expediente previa comprobación del pago de copias de la presente audiencia y su correspondiente acta. '., No siendo otro el objeto de la diligencia se terminó la misma y se firmó el acta correspondiente, -....,,/ una vez leída y aprobada por los que en ella intervinieron. DI URICIO OLIVERA RODRIGUEZ Apoderado de la . da. J