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SIC - Acta 2389 de 2016

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Acta 2389 de 2016
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2016

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CONTINUACIÓN AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 432 DEL C.P.C.

ACTA No. lf1'1'7 2-3 3 9 Proceso por Infracción a Derechos de Propiedad Industrial Expediente No. 14-211419

Demandante: MECÁNICOS ASOCIADOS S.A.S.

Demandada: /MASA INGENIERÍA. Y PROYECTOS S.A. SUCURSAL COLOMBIA.

fi. Ciudad y fecha: Bogotá, D. C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil dieciséis (2016).

Hora Inicio: 4:50 P.M.

INTERVINIENTES:

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: JOSÉ FERNANDO SANDOVAL GUTIÉRREZ, Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial. MAURY FERNANDO SOTELO CASTELBLANCO, abogado del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.

Por las partes: EDWUARD ALBERTO CRISTANCHO MENDIETA, identificado con la C.C. Nº 1.022.326.787 y portador de la T.P. 193.563 del C. S. de la J., en su calidad de apoderado judicial de la sociedad demandante.

JESÚS MARÍA MÉNDEZ BERMÚDEZ, identificado con C.C 13.491.525 y T.P. 99.678 del C. S. de la J., en su condición de apoderado judicial de la sociedad demandada.

ETAPAS EVACUADAS:

99.678 del C. S. de la J., en su condición de apoderado judicial de la sociedad demandada.

ETAPAS EVACUADAS: ,i!!l!. MINCOMERCIO \:!'J' INDUSTRIA YTURISMOltf'- Industria y Comercio '41 .,. S U P E R I N T E N D E N C [A l!f]Pfi 2,3 8 (!) Yo le Jue90 Limpio a Colombia 9 2 1 SE? 2016 fi TODOSPORUN

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1. Se concedió el uso de la palabra a los apoderados judiciales de ambos extremos en litigio, en relación con los documentos allegados por la Coordinación de Notificaciones y Certificaciones de esta Entidad (folios 48 y s.s. del cuaderno 8), relacionados con el proceso administrativo Nº 15-84608 que cursa en la Dirección de Signos Distintivos de la Delegatura para la Propiedad Industrial, respecto de los cuales se hicieron las manifestaciones pertinentes.

2. Se profirió la sentencia que definió el litigio en esta instancia.

DECISIÓN: " .. . administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, RESUELVE: PRIMERO: Denegar las pretensiones de la demanda formulada por MECÁNICOS

ASOCIADOS S.A.S. en contra de /MASA INGENIERÍA Y PROYECTOS S.A.

SUCURSAL COLOMBIA.

SEGUNDO: Condenar en costas al extremo demandante. Para el efecto se fija por concepto de agencias en derecho la suma equivalente a cinco salarios mininos legales mensuales vigentes. Por secretaria realícese la liquidación de costas correspondiente.

SEGUNDO: Condenar en costas al extremo demandante. Para el efecto se fija por concepto de agencias en derecho la suma equivalente a cinco salarios mininos legales mensuales vigentes. Por secretaria realícese la liquidación de costas correspondiente.

La anterior decisión quedó notificada en estrados. Por la parte demandante se ·'--./ interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia proferida, el cual fue sustentado en el marco de la audiencia, ante lo cual, se resolvió:

1. Conceder en el efecto SUSPENSIVO el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la sentencia proferida en esta audiencia.

2. Remítase el expediente de la referencia a la Sala de Decisión Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, para lo de su competencia.QIndustria y Comercio 'j\ , .,,SUPERINTENDENCIA fi Yo 1e Juego Lm1pio a Colombia 111'fF"l 2 ,3 8 9 2 1 SEP 2016

Sien o las 5:35 .M., se dio por terminada la audiencia. En señal de constancia se acta. opiedad Industrial JE rte demandada

ANOO SOTELO CASTELBLANCO

de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial

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