SIC - Acta 2628 de 2018
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 2628 de 2018
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2018
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(t GOBIERNO DE COLOMBIA JndutrlayComerelo IUPUIUEIIIIUCIA ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P.
ACTA Nº.. 11:7:1 2 el 2 ,B
Proceso por Competencia Desleal
Radicación: 16-370131
Demandante: LATINO AU,STRALIA EDUCATION S.A.
Demandadas: -BABEL STUDIES S.A.S., ASOCIACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA
EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR GLOBAL CONECTION y GRASSHOPPER
:· INTERNATIONAL / GLOBAL INSTITUTIONS S.A.S.
--·"': . O- 'CIUDAD Y FECHA: Bogotá, D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).
HORA INICIO: 9:30 a.m.
INTERVINIENTES: Por la Superintendencia de Industria y Comercio DIEGO ANDRÉS GUARÍN VILLABÓN, Abogado del Grupo de Trabajo de Competencia
Desleal y Propiedad Industrial.
Por la demandante: FRANCISCO HERNÁNDEZ BARONA identificado coni.q/N(l,'16.708.218 '., y T.P. 56.050 del C. S. de la J. , Por la demandadas: Se deja constancia que la parte demandada no compareció a la presente diligencia, pese a que fueron debidamente convocadas mediante Auto No. 105728 del 17 de octubre de 2018, notificado en el estado No. 192 del 18 de octubre de 2018.
ETAPAS EVACUADAS
A. TESTIMONIOS: Se recibió el testimonio de las señoras
octubre de 2018, notificado en el estado No. 192 del 18 de octubre de 2018.
ETAPAS EVACUADAS
A. TESTIMONIOS: Se recibió el testimonio de las señoras
1. MARIA LETICIA TAMAYO ARANGO identificada con e.e. No. 35.495.729
2. DIANA MARCELA NINCO LIZCANO identificada con e.e. No. 1.075.230.002
B. CIERRE DEL DEBATE PROBATORIO
C. CONTROL DE LEGALIDAD: Por no encontrarse ninguna irregularidad o vicio que devenga en alguna nulidad se continúa con la siguiente etapa de la audiencia.
D. ALEGATOS DE CONCLUSIÓN
E. RECESO: En atención a lo dispuesto en el inciso 2 del numeral 5 del art. 373 del C.G.P. el Despacho realiza un receso con el fin de proferir sentencia. Se informa que la diligencia se retoma a la 1 :34 p.m.
F. SENTENCIA En mérito de lo expuesto, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, JI!!.\ cMiNCOMERCIO ... fi--. INPfilRIAYTUl!ISMOllldastrlayComerdo
IUPIRINTENDERCIA
RESUELVE • GOBIERNO DE COLOMBIA 2 3 NOV 2018
PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda formulada por LATINO AUSTRALIA
EDUCATION S.A.
SEGUNDO: Condenar en costas LATINO AUSTRALIA EDUCATION S.A. Por concepto de
2 3 NOV 2018
PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda formulada por LATINO AUSTRALIA
EDUCATION S.A.
SEGUNDO: Condenar en costas LATINO AUSTRALIA EDUCATION S.A. Por concepto de agencias en derecho se fija el valor equivalente a un (1) salario mínimo mensual vigente. Esto es la suma de $ 781.242 pesos moneda legal corriente, los cuales deberán ser cancelados a favor de GRASSHOPPER INTERNATIONAL GLOBAL INSTITUTIONS S.A.S., BABEL STUDIES S.A.S. y la ASOCIACIÓN PARA EL FOMENTO DE LA EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR GLOBAL CONECTION en partes iguales entre ellos.
Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente.
TERCERO: Una vez cumplido lo anterior, archívese el expediente.
Esta decisión queda notificada en estrados.
IM'\"-LJfi¾fi = NDRÉS GUARÍN VILLABÓN
del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial. Apelación En este punto, la parte accionante presenta recurso de apelación el cual será sustentado dentro de los tres (3) días siguientes a la presente diligencia y el Despacho procede a concederlo en el efecto SUSPENSIVO ante el Tribunal Superior de Bogotá - Sala Civil toda vez que se negaron las pretensiones.