SIC - Acta 3053 de 2016
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 3053 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2016
Industria y Comercio
SUPERINTENDENCIA
Yo lé J""!JQ Limpio a Colombio
AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P.
Acción por Infracción de los Derechos de Propiedad Industrial Expediente No. 15-244973
Demandante: DIEGO MAURICIO MARTÍNEZ RESTREPO
Demandado: CIVETCHI DE COLOMBIA S.A.
En Bogotá a los veintidós (22) días del mes de diciembre de dos mil dieciséis (2016), siendo las 9:47 a.m. procedemos a continuar con la audiencia prevista en el artículo 373 del C.G.P., dentro del proceso de propiedad industrial de DIEGO MAURICIO MARTÍNEZ
RESTREPO contra CIVETCHI DE COLOMBIA S.A.
Intervinientes: Por la Superintendencia de Industria y Comercio Por la Superintendencia de Industria y Comercio - JOSÉ FERNANDO SANDOVAL
GUTIÉRREZ, Coordinador del Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.
Por la demandante: No se hizo presente.
Por la demandada: RUTH CELINA RODRIGUEZ ERAZO identificada con la cédula de ciudadanía Nº 51.844.360 y T.P 193.290 del C.S.J, en su calidad de apodera judicial.
Se concede el uso de la palabra a los apoderados de las partes a fin de que se identifiquen, indicando nombre completo, número de documento de identificación y la calidad en que actúan. Se cierra el debate probatorio, se realiza el control de legalidad y se le otorga a la demandada el uso de la palabra para que presente los respectivos alegatos.
SENTENCIA.
En mérito de lo expuesto, el Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y
demandada el uso de la palabra para que presente los respectivos alegatos.
SENTENCIA.
En mérito de lo expuesto, el Coordinador del Grupo de Trabajo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las facultades jurisdiccionales conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, 1/ll,\ MINCOMERCIO fi INDUSTRIA Y TURISMOP'" Industria y Comercio '1!¡ ► SUPERINTENDENCIA 3053 Yo le Juego Limpio a Colombia 2 2 DIC 2016
RESUELVE: PRIMERO: NEGAR todas las pretensiones de la demanda.
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NUEVOPAÍS SEGUNDO: CONDENAR en costas a DIEGO MAURICIO MARTÍNEZ RESTREPO. Por concepto de agencias en derecho se fija la suma de $6.894.540, a favor de CIVETCHI DE
COLOMBIA S.A.
Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente. Esta decisión queda notificada en estrados. rupo de Trabajo del omp tencia Desleal y Propiedad Industrial lllol\ MINCOMERClO fi INDUSTRIA Y TURISMO