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SIC - Acta 837 de 2018

Superintendencia de Industria y Comercio

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Detalles

Título
SIC - Acta 837 de 2018
Autor
Superintendencia de Industria y Comercio
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Comercial
Año
2018

Industria y Comercio !!11" SUPER I NTEN DEN C IA Yo le Juego limpio a Colombia ACTA DE AUDIENCIA DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P. Proceso de Competencia Desleal

Radicación: 15-254444

Demandante: lngredion Colombia S.A.

Demandada: lnsaltec S.A.S.

ACTA No.fifi;:.::: 8 3 ¡ bO En Bogotá a los 28 días del mes de marzo de 2018, siendo las 8:00 a.m. se dio inició a la audiencia de que trata el artículo 373 del C.G.P . • A la misma comparecieron: Por la demandante: el apoderado ALEJANDRO ACEVEDO ESCALLON, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.018.414.692 y T.P 196243 del C. s. de la J., en su calidad de apoderado judicial del extremo demandante.

Por la demandada: su apoderado, JULIO CESAR CASTAÑEDA AGOSTA identificado con cédula de • ciudadanía 7228667 y T.P. 90827 del C.S. de la J . . Terceros: TATIANA DIAZ MELO identificada con cédula de ciudadanía No. 52.266.224, GUSTAVO SANCHEZ GONZALEZ identificado con pasaporte No. E14003037, MIGUEL OCTAVIO DE QUINTO identificado con cédula de extranjería No. 404576.

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: El Asesor Asignado a la Delegatura Para Asuntos Jurisdiccionales, GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO.

ETAPAS EVACUADAS

Por la Superintendencia de Industria y Comercio: El Asesor Asignado a la Delegatura Para Asuntos Jurisdiccionales, GREGORY DE JESÚS TORREGROSA REBOLLEDO.

ETAPAS EVACUADAS

1. Se practicó el interrogatorio de TATIANA DIAZ MELO, GUSTAVO SANCHEZ GONZALES y

MIGUEL OCTAVIO DE QUINTO.

2. Se cerró el debate probatorio.

3. Se hizo una etapa de saneamiento sin encontrar ninguna causal de nulidad.

4. Las artes rindieron sus alegatos de conclusión.

5. Se procedió a dictar la siguiente SENTENCIA:Industria y Comercio P' SU PERINTEN DEN C IA (i) Yo te Juego limpio a Colombto ., . "RESUELVE: PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda principal presentada por INGREDJON COLOMBIA

S.A.

SEGUNDO: Condenar en costas a INGREDION COLOMBIA S.A. Por concepto de agencias en derecho se fija como suma de dieciséis millones trescientos noventa y un mil ochocientos nueve pesos ($16'391.809) a favor de INSALTEC S.A.S.

Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente.

TERCERO: Negar las pretensiones de la demanda de reconvención de INSALTEC S.A.S. • CUARTO: Condenar en costas a INSALTEC S.A.S. Por concepto de agencias en derecho se fija como suma única el valor de cinco (5) salarios mínimos mensuales legales vigentes, esto es la suma de tres millones novecientos seis mil doscientos diez pesos ($3'906.210) a favor de INGRED/ON

COLOMBIA S.A.

Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente.

millones novecientos seis mil doscientos diez pesos ($3'906.210) a favor de INGRED/ON

COLOMBIA S.A.

Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente. Esta decisión queda notificada en estrados. "

6. Recursos.

Las partes no interpusieron recursos. 1\ Í\ \ \ \' \\ ALEJANDRO ACEVEDO ESCALLON Apoderado de la demandante. •O,. Industria y Comercio ,1 ►SUPERINTENDENCIA JULIO CESAR CASTAÑEDA ACOSTA Apoderado de la demandada. Yo le Juego Limpio a Colombia esor Asignado para I Delegatura Para Asuntos Jurisdiccionales. ta\ MINCOMERCIO fi INDUSTRIA YTURISMO• •

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