SIC - Acta 941 de 2017
Superintendencia de Industria y Comercio
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Detalles
- Título
- SIC - Acta 941 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Industria y Comercio
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 2017
fi Industria y Comercio 1'1 i,,SUPERINTENDENCIA Yo le Juego limpio a Colomb1a
AUDIENCIA INICIAL DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 373 DEL C.G.P.
Proceso de Competencia Desleal
Radicación: 15-71111
ACTA Nº 11:!C 9 4 1
Demandante: JUANITO EDMUNDO GUERRA GUERRA
Demandado: COLOMBINA S.A.
Ciudad y fecha: Bogotá, D. C., veintiséis (26) de mayo de dos mil diecisiete (2017).
Hora Inicio - 2:35 P.M.
Intervinientes: Por la Superintendencia de Industria y ComercioGREGORY TORREGROSA REBOLLEDO, Asesor asignado a la Delegatura para Asuntos
Jurisdiccionales. MAURY FERNANDO SOTELO CASTELBLANCO, abogado del Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.
Por las partes: JUANITO EDMUNDO GUERRA GUERRA, identificado con cédula de ciudadanía No. 98.332.938, en su calidad de demandante.
ALIDALIZ MEDINA GARCÍA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 66.718.922 y portadora de la T.P. 179.559 del C. S. de la J., en su calidad de apoderada judicial de la parte demandante. HERNÁN DARÍO MEJÍA ÁLVAREZ, identificado con cédula de ciudadanía No. 16.651.014, en su calidad de representante legal de la sociedad demandada. ALBERTO ZULETA LONDOÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.419.425 y
su calidad de representante legal de la sociedad demandada. ALBERTO ZULETA LONDOÑO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 80.419.425 y portador de la T.P. 78.181 del C. S. de la J., en su calidad de apoderado judicial de la sociedad demandada.
ETAPAS EVACUADAS:
1. Alegatos de conclusión.
Por parte del Despacho se concedió el uso de la palabra a los apoderados de las partes en litigio para efectos de presentar los respectivos alegatos de conclusión.
2. Sentencia.
Una vez instalada la audiencia, el Despacho procedió a dictar la sentencia que definió esta instancia.Industria y Comercio
SUPERINTENDENCIA Decisión: Yo le Juego limpio o Colombia 2 6 MAY 2017 "En mérito de lo expuesto, la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, en ejercicio de las. facultades jurisdiccionales conferidas por el Código General del proceso, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, RESUELVE PRIMERO: Negar las pretensiones de la demanda formulada por JUAN/TO EDMUNDO
GUERRA GUERRA.
SEGUNDO: Condenar en costas a JUAN/TO EDMUNDO GUERRA GUERRA. Por concepto de agencias en derecho se fija el valor equivalente al 2.5% de las pretensiones negadas, esto es la suma de $50. 0000. 000. oo. Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente.
TERCERO: Una vez cumplido lo anterior, archívese el expediente".
Esta decisión quedó notificada en estrados.
es la suma de $50. 0000. 000. oo. Por Secretaría realícese la liquidación correspondiente.
TERCERO: Una vez cumplido lo anterior, archívese el expediente".
Esta decisión quedó notificada en estrados. Por parte de la demandada se interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia proferida. El Despacho concedió en el efecto suspensivo el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia proferida, el cual se surtirá ante la Sala Civil de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. La recurrente cuenta con el término de tres (3) días para sustentar el recurso de alzada. Secretaría controle términos y proceda de conformidad. Siendo las 3:35 P.M .. se dio por terminada la audiencia. En señal de constancia se firma la presente acta por los i inientes. a para Asuntos Jurisdiccionales rte d andante Represen&IrIndustria y Comercio IS\ ,1 .,,SUPERINTENDENCIA \:El l12r. • fi 4 1 44L?L ALBERTO ZULE ONDONO ociedad demandada •
OTELO CASTELBLANCO
Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial.