MINAMBIENTE - Auto 015 de 2013
Ministerio de Ambiente
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Detalles
- Título
- MINAMBIENTE - Auto 015 de 2013
- Autor
- Ministerio de Ambiente
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2013
• •
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE AUTO NÚMERO ( O 1 5 ) 2 2 ABR 2013 "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones"
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD Y
SERVICIOS ECOSISTÉMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE En ejercicio de las funciones asignadas por la Resolución 0053 del 24 de enero de 2012, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través de la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012, sustrae de forma definitiva 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, para el proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta . Que la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realizo visita técnica el día 6 diciembre de 2012, evaluando las actividades de compensación realizadas dentro del marco de la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012.
de Ambiente y Desarrollo Sostenible, realizo visita técnica el día 6 diciembre de 2012, evaluando las actividades de compensación realizadas dentro del marco de la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012. Que una vez efectuada la revisión de la información que reposa en el expediente SRF 0111, la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de este Ministerio, emitió el Concepto Técnico del 3 de enero de 2013 con el radicado 4120-E1-149, en el que realizó el siguiente análisis y comentarios: "(. .) El día 6 de diciembre se realizo visita técnica al área del Proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía VillavicencioBogotá"; con el objetivo de evaluar las actividades realizadas en el marco de la compensación exigida en la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012, por sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, declarada por la Resolución 59 del 4 de abril de 1959 del Ministerio de Economía Nacional, ubicada en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta. ------fiAuto No. ., 2 2 ABR 2013 Hoja No. 2 • "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación "· realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y
realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones" Se realiza reunión previa con: • René Rincón - Funcionario Instituto de Desarrollo del Meta - IDM. • Breyner Vargas - Funcionario Instituto de Desarrollo del Meta - IDM.
- Andrés Franco Fandiño - Ingeniero Forestal MADS.
Se presenta una breve descripción del proyecto el cual consiste en construir kilómetro y cien metros (1.1 Km) de vía nueva, entre el punto del puente sobre el caño Parrado y la salida del túnel de Buenavista. Dado que la vía estaría atravesando la reserva forestal protectora, el Instituto de Desarrollo del Meta - IDM, propone la construcción de un viaducto con una elevación de cinco (5) metros en promedio, lo cual mbimizaría el impacto de la obra con respecto a los servicios Ecosistémicos de la Reserva Forestal Protectora de Buenavista. Se establece con los funcionarios que no se han iniciado las actividades constructivas del proyecto y que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, no ha recibido ninguna comunicación acerca de las obligaciones impuestas como compensación dentro de la Resolución 475 de 2012. De esta manera se toma la decisión de realizar recorrido a la zona planteada para la realización del proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Vil/avicencio - Bogotá", encontrándose las siguientes situaciones:
De esta manera se toma la decisión de realizar recorrido a la zona planteada para la realización del proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Vil/avicencio - Bogotá", encontrándose las siguientes situaciones: • Se inicia el recorrido en la vereda Mesetas, presentándose que en el área se encuentran asentamientos poblacionales que han ido ganándole terreno a la zona de la Reserva Forestal. • Se recorre el punto final donde se pretende llegar a la zona de la boca túnel de Buenavista, presentándose coberturas vegetales como pastos arbolados. • Se observa que la zona intermedia entre la vereda Mesetas y la boca túnel de Buenavista, presenta una cobertura vegetal de bosque natural muy intervenido, demostrando que la Reserva Forestal de Buenavista, presenta una actividad de aprovechamiento selectivo de especies maderables valiosas; disminuyendo la riqueza y abundancia de especies sucesionales tardías. En reunión posterior al recorrido con el subgerente Técnico del Instituto de Desarrollo del Meta - IDM el Ingeniero Juan José Casas Franco, se presentaron las siguientes observaciones con respecto a las compensaciones que se involucran en Resolución No 475 de 2012:
1. El proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Vil/avicencio - Bogotá"; se encuentra dentro del banco de proyectos de la Gobernación del Meta, en la etapa de pre factibilidad con un presupuesto asignado de$ 56.000.000.000ºº; por este motivo no se han iniciado /as actividades.
Se propone la inclusión de la Dirección Ambiental de la Gobernación del Meta, para el desarrollo de las actividades de compensación, combinando en las actividades de
asignado de$ 56.000.000.000ºº; por este motivo no se han iniciado /as actividades. Se propone la inclusión de la Dirección Ambiental de la Gobernación del Meta, para el desarrollo de las actividades de compensación, combinando en las actividades de ejecución a personal del Jardín Botánico de Villavicencio (Edilberto GómezAdministrador Ambiental). •• • Auto No. O 1 5 2 ABR 2013 Hoja No. 3 "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones"
2. Se pone a consideración del Ministerio de Ambiente y Desarrollo SostenibleMADS; la posibilidad de unificar las área de restauración ecológica que se involucran dentro de las resoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012; ya que están a cargo de el IDM y se encuentran dentro de la reserva forestal protectora de Buena vista.
3. Se plantea el cumplimiento de obligaciones impuestas por la Resolución No 475 de 2012 en el primer trimestre del año 2013.
CONSIDERACIONES La Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012, por la sustracción parcial y definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque; para el desarrollo del proyecto denominado: "Construcción
La Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012, por la sustracción parcial y definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque; para el desarrollo del proyecto denominado: "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía VillavicencioBogotá", sector barrios Mesetas y salida túnel de Buenavista, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta; obliga a la Instituto de Desarrollo del Meta - IOM (Subdirección Técnica), a realizar las siguientes actividades: • ARTÍCULO TERCERO.- El Instituto de Desarrollo del Meta - IDM, deberá implementar medidas de manejo para controlar los posibles procesos de remoción en masa generados por las actividades del proyecto. • ARTÍCULO QUINTO.- El Instituto de Desarrollo del Meta - IDM deberá restaurar, rehabilitar y recuperar 3, 30 hectáreas, dentro de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, dicha área deberá ser concertada con la Autoridad Ambiental. En un término no mayor a tres (3) meses, se deberá presentar a la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos para su evaluación y aprobación, como compensación por la sustracción del área, un Plan Restauración Ecológica, teniendo en cuenta lo siguiente:
1. El proyecto de restauración se debe ajustar a un área igual a la que se debe compensar de acuerdo al área sustraída. Así mismo, se deben presentar las actas de acuerdo con los propietarios de los predios o los certificados de propiedad de los predios donde se hará el programa de restauración.
compensar de acuerdo al área sustraída. Así mismo, se deben presentar las actas de acuerdo con los propietarios de los predios o los certificados de propiedad de los predios donde se hará el programa de restauración.
2. Para la propuesta de restauración ecológica se deberán incluir por lo menos 20 especies de las identificadas por el inventario forestal para el área del proyecto.
Entre estas especies se deben emplear las siguientes especies identificadas en los estudios presentados, bajo alguna categoría de especies amenazadas o de especie de distribución restringida: Ahumado (Minquartia guianensis), Caño Fisco/ (Cassia moschata Kunth), Trompillo (Guarea guidonia L.).
3. Para la selección de las otras especies a emplearse en el plan se considerarán los atributos ecológicos de cada una de ellas, de tal forma que su selección obedezca a un análisis en el cual se considere su papel dentro del ecosistema.
4. El Plan Restauración Ecológica debe garantizar el mantenimiento y seguimiento de las acciones planteadas en el área (s) tratada (s), por lo menos durante un período
/• Auto No. 2 2 ABR 2013 Hoja No. 4 "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones" de 6 (seis) años, mediante una propuesta para el monitoreo y seguimiento de estas medidas de compensación.
Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones" de 6 (seis) años, mediante una propuesta para el monitoreo y seguimiento de estas medidas de compensación.
5. El Plan debe integrar una propuesta de mecanismo legal para entrega de /os predios adquiridos y restaurados a la (s) autoridades ambienta/es con jurisdicción en el área o en su defecto al (os) municipio(s) donde se ubiquen el (os) mismo (s) para su administración y manejo, una vez se finalice su implementación completa.
De acuerdo con lo anterior, la visita realizada al sitio del proyecto y el análisis del expediente SRF 0111, se tienen las siguientes consideraciones: a) El Instituto de Desarrollo del Meta - IDM, no ha realizado ninguna de las obligaciones que se enmarcan dentro de la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012; se planteo con Ingeniero Juan José Casas Franco, subgerente Técnico del Instituto de Desarrollo del Meta - IDM, que la iniciación comenzara en el primer trimestre del año de 2013. b) Es conveniente unificar las áreas de compensación de las Resoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012, dado que se presentan dentro de la misma Reserva Forestal, es responsable la misma entidad (para el caso el Instituto de Desarrollo del MetaIDM) y el impacto del área a restaurar seria mayor; teniendo en cuenta que la totalidad de superficie a intervenir en el programa de restauración seria de 3, 768 hectáreas. Es importante resaltar que el área de la Reserva Forestal Protectora de Buenavista, presenta una cobertura vegetal de bosque secundario joven (vegetación sucesional en estadios tempranos) y bosque natural muy intervenido, debido entre otras a
hectáreas. Es importante resaltar que el área de la Reserva Forestal Protectora de Buenavista, presenta una cobertura vegetal de bosque secundario joven (vegetación sucesional en estadios tempranos) y bosque natural muy intervenido, debido entre otras a causas antrópica, por la explotación de especies maderables y entresaca de las mismas, pese a esta característica, la reserva forestal presenta un índice de continuidad FIC de 4)8 (resultado encontrado en el documento presentado para la sustracción); valor que indica una buena continuidad espacial (Carmo, Finegan y Harvey - 2001 ), lo cual favorece la implementación de acciones de conservación dirigidas a restablecer conectividad. e) Se recomienda al Instituto de Desarrollo del Meta - IDM, la planificación de cada una de las actividades dentro de la reserva al momento de crear los accesos temporales para la construcción del viaducto, ya que el área presenta edafológicamente suelos arcillosos expansibles (Documento presentado para la sustracción - IDM) de fácil compactación. Adicional se presenta una cobertura vegetal de bosque natural muy intervenido, donde la sucesión vegetal depende de especies nodrizas o niñeras para su evolución (Entre otras Cambulo - Eritrina poepigiana; Guamo - Inga edulis; Gualanday - Jacaranda; Sangretoro - Virola sp; entre otras) que al momento de cualquier intrusión antrópica fuerte puede generar la pérdida de diversidad ecológica. CONCEPTO Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, se encuentra que: Se acoge la propuesta presentada por Instituto de Desarrollo del Meta - IDM; de unificar las compensaciones que se involucran dentro de las Resoluciones 2350 de
CONCEPTO Teniendo en cuenta las consideraciones anteriores, se encuentra que: Se acoge la propuesta presentada por Instituto de Desarrollo del Meta - IDM; de unificar las compensaciones que se involucran dentro de las Resoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012; estableciendo un Plan de Restauración Ecológica para una superficie de 3,768 hectáreas, dentro de la zona de reserva forestal protectora .;. • •• • Auto No. O 1 5 Hoja No. 5 "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el departamento del Meta, y se toman otras determinaciones" quebrada Honda y Caños Parrado y Buque - Buenavista; concertando el sitio de la superficie a restaurar con Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Área de Manejo Especial la Macarena -CORMACARENA-. (. . .) ,, FUNDAMENTOS LEGALES La Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, conocida localmente como "Reserva de Buenavista", fue constituida mediante la Resolución No. 59 de abril 4 de 1945 del Ministerio de Economía Nacional, a raíz de una solicitud formulada por la Alcaldía de Villavicencio en el año 1944, debido a la necesidad de conservar las cuencas hidrográficas que allí se originan y de esta
una solicitud formulada por la Alcaldía de Villavicencio en el año 1944, debido a la necesidad de conservar las cuencas hidrográficas que allí se originan y de esta manera garantizar a futuro el suministro de agua para los habitantes del municipio. AdiciOnalmente el Concejo Municipal mediante Acuerdo No. 08 de mayo 5 de 1977 constituyó igualmente en esta zona un área de Reserva Forestal Protectora, utilizando para tal fin los mismos límites y categoría de manejo establecidos en la Resolución expedida por el Ministerio de la Economía Nacional, reforzando la importancia de esta área natural protegida para el municipio de Villavicencio. Que conforme a los artículos 206 y 207 del Decreto-ley 2811 de 197 4, se denomina área de reserva forestal la zona de propiedad pública o privada reservada para destinarla exclusivamente al establecimiento o mantenimiento y utilización racional de áreas forestales, las cuales sólo podrán destinarse al aprovechamiento racional permanente de los bosques que en ella existan o se establezcan, garantizando la recuperación y supervivencia de los mismos. El artículo 21 O ibídem, señala que "Si en área de reserva forestal, por razones de utilidad pública o interés social, es necesario realizar actividades económicas que impliquen remoción de bosques o cambio en el uso de los suelos o cualquiera otra actividad distinta del aprovechamiento racional de los bosques, la zona afectada deberá, debidamente delimitada, ser previamente sustraída de la reserva. Que mediante la Resolución 918 de 2011, este Ministerio estableció los requisitos y el procedimiento para la sustracción de las áreas de reserva forestal nacional y regional, para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social.
Que mediante la Resolución 918 de 2011, este Ministerio estableció los requisitos y el procedimiento para la sustracción de las áreas de reserva forestal nacional y regional, para el desarrollo de actividades consideradas de utilidad pública e interés social. Que el inciso segundo del artículo 204 de la Ley 1450 de 2011 estableció que "(. . .) En los casos en que proceda la sustracción de las áreas de reserva forestal, sea esta temporal o definitiva, la autoridad ambiental competente impondrá al interesado en la sustracción, las medidas de compensación, restauración y recuperación a que haya lugar, sin perjuicio de las que sean impuestas en virtud del desarrollo de la actividad que se pretenda desarrollar en el área sustraída. Para el caso de la sustracción temporal, las compensaciones se establecerán de acuerdo con el área afectada. (. .. )" 2 A611 201fi r_Auto No. Hoja No. 6 "Por el cual se efectúa un seguimiento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Villavicencio - Bogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Pa rrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Vi llavicencio, en el depar tamento del Meta, y se toman otras determinaciones" Que el num eral 14 del Artículo 2 del Decreto ley 3570 de 2011, señaló a este Mini sterio la func ión de: "14. Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales; declarar, reservar , alinderar, realinderar, sustraer, integrar o recategorizar las áreas de reserva
Mini sterio la func ión de: "14. Reservar y alinderar las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales; declarar, reservar , alinderar, realinderar, sustraer, integrar o recategorizar las áreas de reserva forestal nacionales, reglamentar su uso y funcionamiento ... ".
Que mediante Resolución No. 0053 del 24 de enero de 201 2, el Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, delegó en el Director de Bosques, Biodi versidad y Servicios Ecosistémicos la función de "Suscribir los actos administrativos relacionados con las sustracciones de reservas forestales de carácter nacional". Que de acuerdo con lo establecido en el concepto técnico con radicado No 41 20-E1- • 14 9 de fecha 3 de enero de 201 3, realiza un un seguimiento a la evaluación de las medidas de compensación realizadas al proyecto "Construcción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía VillavicencioBogotá", producto de la sustracción definitiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebrada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jurisdicción del municipio de Villavicencio, en el depa rtamento del Meta., - Resolución número 0475 del 18 de abril de 2012 , presentado por In stituto de Desarrollo del Meta - ID M. Que mediante Resolución 0207 del 4 de marzo de 201 3, se nombró como Director Técnico Código 01 00 grado 22, de la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de la planta de personal del Mini sterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al doctor JOSÉ ARTURO RESTREPO ARIS TIZABAL.
Servicios Ecosistémicos de la planta de personal del Mini sterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible al doctor JOSÉ ARTURO RESTREPO ARIS TIZABAL. Que en mérito de lo expuesto, DISPONE ARTÍCULO PRIMERO. - Declarar que el Instituto de Desarrollo del Meta - IDM; no ha dado cumplimiento a los requerimientos exigidos en la Resolución No 0475 de 18 de abril de 2012 , prod ucto de la sustracción de un área de 3,3 hectáreas,· en la zona de reserva forestal protectora quebrada Honda y Caños Parrado y BuqueBuena vista; declarada por la Resolución 59 del 4 de abril de 19 59 del Mini sterio de Economía Nacion al. fi ARTICULO SEGUNDO. - Requerir al In stituto de Desar rollo del Meta - IDM, para en un plazo máximo de dos (2) meses, a partir de la ejecutoria de este acto adminis trativo presente el Plan Restauración Ecológica solicitado en la Resolución No 0475 de 18 de abril de 201 2, de acuerdo con los requ erimientos establecidos en el Artículo Quinto. ARTICULO TERCERO. -A coger la propuesta presentada por In stituto de Desarrollo del Meta - IDM; de unificar las compensaciones que se involucran dentro de las Resoluciones 2350 de 2009 y 475 de 2012 ; estableciendo un Plan de Restauración Ecológica para una superficie de 3,768 hectáreas, dentro de la zona de reserva forestal protectora quebrada Honda y Caños Parrado y Buque - Buen avista; concertando el sitio de la superficie a restaurar con Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Área de Manejo Especial la Macarena -CORMACARENA, de •• •
concertando el sitio de la superficie a restaurar con Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Área de Manejo Especial la Macarena -CORMACARENA, de •• • Auto No. ·º 1 5 Hoja No. 7 "Por el cual se efectúa un seguimi ento a las medidas de compensación realizadas al proyecto "Cons trucción segunda etapa de la conexión vial entre la antigua y la nueva vía Vil lavicencio - Bogotá", produ cto de la sustracción defin itiva de 3,3 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Quebr ada Honda y Caños Parrado y Buque, ubicado en jur isdicción del mun icipio de Vil lavicencio, en el depar tamento del Meta, y se toman otras determ inaciones" conformidad con lo señalado en la parte considerativa del presente Acto Admin istrativo. ARTÍC ULO CUARTO. - In formar al In stituto de Desarrollo del Meta - ID M, que toda clase de intervención de ntro de la Reserva Forestal de Buenavista, debe contar con la colaboración y autorización de la Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Area de Manejo Especial la Macarena -CORMACARE NA, en especial la creación de accesos temporales para la construcción del viaducto. ARTÍCULO QUI NTO. - Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambie ntales - ANL A, notificar el contenido del presente acto admini strativo al representante legal del In stituto de Desarrollo del Meta - ID M, o a su apoderado debidamente constituido. ARTÍC UL O SEXTO. - Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambi entales - ANL A, comun icar el presente acto admi nistrativo a la Corporación para el Desarrollo
ARTÍC UL O SEXTO. - Por la Autoridad Nacional de Licencias Ambi entales - ANL A, comun icar el presente acto admi nistrativo a la Corporación para el Desarrollo Sostenible para el Area de Manejo Especial la Macarena - COR MACARENA, y a la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios. ARTÍC UL O SÉPTIMO. - Contra el presente Acto Admi nistrativo procede el Recurso de Reposición, el cual podrá interponerse ante el Director de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémi cos, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, dentro de los diez (1 O) dí as siguientes a la fecha de su notificación, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 14 37 del 18 de enero de 2011 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo."
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NOTI FÍ QUESE, COMUNÍQUESE Y CÚM PLASE O ARI STIZABAL Di rector de Bosques, B' diversidad y Servicio s Ecosistémico s Min isterio de mbi ente y Desa rrollo Sosteni ble
Concepto Técnico: Héctor Javier Grisales Gómez. I Abogado ANLA. lt',.
Maria Ximena Zara/e/ Abogada D.B.B.S.E. MADS t."(t No 41 20-Et-149 del 03/01/2013.
Expediente: SRF 0111
Fecha: 11/0312013.•
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